Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 639663
Acuerdo del Pleno del Consejo Insular de Menorca de carácter extraordinario de 25 de septiembre de 2023, relativo a la creación y determinación de la composición de la comisión informativa especial para la revisión del Reglamento Orgánico del Consejo Insular de Menorca (exp.03146-2023-000008)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Consejo aprobó inicialmente el vigente reglamento orgánico de la corporación el 16 de diciembre de 2002, y, al no haberse presentado reclamación ni sugerencia alguna dentro del plazo de exposición pública, se elevó el acuerdo a definitivo y se publicó su texto íntegro en el BOIB núm. 65 de 10/5/2003. Desde entonces se han llevado a cabo algunas modificaciones puntuales, pero sigue mayoritariamente vigente el texto aprobado en 2003.

Superados los veinte años desde la aprobación del reglamento orgánico, se hace del todo necesaria su revisión para adaptarlo a los cambios normativos que se han producido durante este período y particularmente los derivados de la aprobación y entrada en vigor, el 7 de agosto de 2022, de la Ley 4/2022 de 28 de junio, de consejos insulares, cuya disposición final primera establece que los consejos insulares deben adaptar el reglamento orgánico y cualquier otra disposición reglamentaria a lo establecido en esta ley en el plazo de dieciocho meses desde su entrada en vigor.

En estos momentos se dispone de un primer borrador de revisión del reglamento, por lo que se considera necesario y conveniente promover, a partir de ahora, la participación de todos los grupos políticos que integran el Consell Insular en los trabajos de modificación del reglamento mediante la constitución de una comisión informativa especial que se disolverá una vez se haya aprobado definitivamente el expediente.

El artículo 18 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, establece que el Pleno funciona también en comisiones permanentes o especiales, de acuerdo con lo que prevé el reglamento orgánico, integradas por los miembros que designen los grupos políticos, en proporción al número de consejeros insulares que les representen en el Pleno.

De conformidad con lo que prevé el artículo 96.2 del Reglamento orgánico del Consejo Insular de Menorca (en adelante ROCIM) en orden a la posibilidad de crear comisiones informativas de carácter especial, y lo que establecen el artículo 97 y siguientes del ROCIM por lo que se refiere a la creación, duración, composición, denominación y competencias de las comisiones informativas;

El Pleno en sesión de carácter extraordinario de fecha 25 de septiembre de 2023 adoptó por unanimidad de los consejeros presentes los siguientes acuerdos:

Primero.

Crear la Comisión Informativa Especial para la Revisión del Reglamento Orgánico del Consejo Insular de Menorca, con el objetivo principal de adaptar el texto reglamentario a los cambios normativos producidos desde su aprobación y, en especial, para la Ley 4 /2022, de 28 de junio, de consejos insulares, así como introducir el resto de cambios que se consideren necesarios para garantizar el buen funcionamiento de la corporación insular.

Segundo.

Determinar que la Comisión Informativa Especial para la Revisión del Reglamento Orgánico estará integrada por los representantes de los grupos políticos que forman la corporación en la siguiente proporción:

  • 3 consejeros del Grupo Popular
  • 2 consejeros del Grupo PSOE Menorca
  • 1 consejero/a del Grupo Más por Menorca
  • 1 consejera del Grupo Vox

Tercero.

La comisión será presidida por el presidente de la corporación y asistida por la persona titular de la Secretaría general; o bien por el consejero o consejera y funcionario o funcionaria en quienes éstos deleguen, respectivamente.

 

Cuarto.

La Comisión Informativa Especial para la Revisión del Reglamento Orgánico tendrá sus reuniones ordinarias con una periodicidad mínima mensual, el día y hora que acuerde la propia comisión en su sesión constitutiva, extinguiéndose una vez aprobado definitivamente el expediente de modificación reglamentaria.

 

Maó,  9 de octubre de 2023

Por delegación del presidente, ​​​​​​​La secretaria Rosa Salord Oleo (DP 129/2023, de 27 de julio) (Boib núm. 106, de 29 de julio de 2023)