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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

Núm. 629914
Resolución de la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública mediante la cual se convoca el proceso de reclasificación del personal funcionario del Servicio de Bomberos del Consejo Insular de Mallorca con las categorías de bombero-a conductor-a y de cabo

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Texto

1. El punto 1 de la disposición adicional segunda de la Ley 17/2019, de 8 de abril, de concesión de créditos suplementarios por<A[por|para]> atender gastos inaplazables derivados de sentencias judiciales pendientes de pago en el ámbito de la Ley 4/2008, de 14 de mayo, de medidas urgentes para un desarrollo territorial sostenible en las Illes Balears, con cargo a los presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2018, y de modificación del Decreto ley 2/2018, de 18 de octubre, por<A[por|para]> el cual se establecen ayudas y otras medidas urgentes para<A[por|para]> reparar las pérdidas y los daños producidos por las lluvias intensas y las inundaciones del día 9 de octubre de 2018 en la comarca de Levante de Mallorca, determina que los cuerpos de bomberos de las administraciones locales pertenecen a la escala<A[escalera|escala]> de administración especial y que cada administración local clasificará al personal funcionario operativo de los servicios de prevención y extinción de incendios (SPEIS) de acuerdo con la estructura de subescalas<A[subescaleras|subescalas]>, clases y categorías que prevé, de forma que los cabos y cabos especialistas, los/las bomberos –as y bomberos –as especialistas y los/las operadores –as de comunicaciones quedan<A[quedan|restan]> encuadrados dentro del subgrupo C1, escala<A[escalera|escala]> operativa básica, subescala<A[subescalera|subescala]> de servicios especiales y clase de extinción de incendios.

En el punto 4 de la misma disposición adicional se prescribe que las administraciones locales, en el plazo de cinco años desde la entrada en vigor de esta Ley, adaptarán sus relaciones de puestos de trabajo a aquello que disponen los apartados anteriores y que, igualmente, en el plazo de cinco años, los funcionarios de la escala operativa básica pasarán a integrarse en el subgrupo C1, una vez acreditada la formación y superado el proceso selectivo que se determine.

Visto lo anterior, el plazo para proceder a la reclasificación de este personal finaliza el próximo 7 de mayo de 2024.

2. Mediante la Resolución del consejero de Hacienda y Función Pública de 6 de junio de 2023 (BOIB nº. 78, de 13 de junio de 2023) se han aprobado las bases que tienen que regir la convocatoria del proceso de reclasificación del personal funcionario del Servicio de Bomberos del Consejo Insular de Mallorca con las categorías de bombero –a conductor –a, cabo y operador –a de comunicaciones, derivado del cambio de encuadre de estas plazas del subgrupo C2 al subgrupo C1.

De acuerdo con la base 5.1, en fecha 15 de septiembre de 2023 se ha dictado la Resolución de la consejera<A[consejera|consellera]> de Hacienda y Función Pública que ordena la publicación de las baterías de preguntas del proceso de reclasificación del personal funcionario del Servicio de Bomberos del Consejo Insular de Mallorca de las categorías de bombero-a conductor-a, cabo y operador-a de comunicaciones, derivado del cambio de encuadre de estas plazas del subgrupo C2 al subgrupo C1.

3. De acuerdo con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligados a relacionarse mediante medios electrónicos con las Administraciones Públicas, los empleados de las administraciones públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas en razón de su condición de empleado público.

4. Corresponde al consejero ejecutivo o consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública la adopción de la presente resolución, por delegación del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, según acuerdo de este órgano adoptado en sesión ordinaria de 28 de septiembre de 2022 (BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022).

Por todo lo que se ha expuesto, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero.- Convocar el proceso de reclasificación del personal funcionario del Servicio de Bomberos del Consejo Insular de Mallorca con las categorías de bombero-a conductor-a y de cabo, derivado del cambio de encuadre de estas plazas del subgrupo C2 al subgrupo C1, de acuerdo con las bases que tienen que regir la convocatoria aprobadas por la Resolución del consejero<A[consejero|conseller]> de Hacienda y Función Pública, de 6 de junio de 2023 (BOIB nº. 78, de 13 de junio de 2023).

Segundo. Publicar la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) y en la Sede electrónica del Consejo de Mallorca.

Tercero. Establecer un plazo de veinte días naturales para presentar solicitudes, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Quart. Establecer que la solicitud se tiene que completar a través del trámite electrónico que se encuentra en la Sede electrónica del Consejo de Mallorca (http://seu.conselldemallorca.net).

Quinto. Establecer que con la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas que se publicará en la Sede electrónica del Consejo de Mallorca, se incluirá la información relativa a los dos días diferentes para realizar el ejercicio del procedimiento de selección previsto en la base 5, la hora y el lugar<A[lugar|sitio]> donde se llevará a cabo, así como el listado de las personas que tienen que asistir cada uno de los días.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de este recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de la resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

No obstante, si corresponde<A[pega|ocurre]>, se puede interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (5 de octubre de 2023)

La consejera ejecutiva del Departamento de Hacienda y Función Pública (Por delegación del Consejo Ejecutivo, según acuerdo de día 28 de septiembre de 2022, BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022) María del Pilar Bonet Escalera