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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE MANCOR DE LA VALL

Núm. 622884
Acuerdo del Pleno de fecha 6 de septiembre de 2023, del Ayuntamiento de Mancor de la Vall, por el cual se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos nº 13/2023 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencia de créditos entre diferentes áreas de gasto

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Texto

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de transferencia de crédito entre diferentes áreas de gasto, al no haberse presentado alegaciones, se publica éste para su general conocimiento a efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Altas en Aplicaciones de Gasto

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Modificaciones anteriores

Transferencia de crédito

Créditos finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

 

334

22609

Gastos actividades culturales y de ocio

37.500 €

20.660,55 €

10.000 €

68.160,55 €

334

24000

Gastos de edición de libros y revistas

4.500 €

0,00 €

5.000 €

9.500 €

341

22609

Contrato de prestación de servicios deportivos

18.000 €

0,00 €

3.000 €

21.000 €

342

21200

Mantenimiento de instalaciones deportivas

6.500 €

0,00 €

12.000 €

18.500 €

 

 

TOTAL

 

 

30.000 €

 

Esta modificación se financia con bajas de otras aplicaciones de gastos, sin alterar el global del presupuesto, en los siguientes términos:

Bajas en aplicaciones de gastos.

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Transferencia de crédito

Créditos finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

942

46300

Aportaciones a la Mancomunitat des Raiguer

205.000 €

-30.000 €

175.000 €

 

 

TOTAL

 

30.000 €

 

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, con sede a Palma, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, en conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de esto, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

 

Mancor de la Vall, a fecha de firma electrónica (3 de octubre de 2023)

El alcalde Josep Frontera Martorell