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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 621801
Resolución n.º 104/2023, de 19 de septiembre de 2023, del consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes, relativa a la aprobación de la modificación del modelo normalizado por la comunicación de actividades de ocio educativo en Menorca (exp. 03121-2023-000007)

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Texto

Dado que el Decreto 23/2018, de 6 de julio, por el cual se despliegan varios aspectos de la normativa de juventud y de ocio, establece que cualquier actividad de ocio infantil y juvenil que se desarrolle en las Islas Baleares tiene que presentar una declaración responsable ante el órgano competente en materia de juventud de cada isla, según el modelo normalizado que apruebe por resolución el titular del departamento de juventud de cada isla (Art. 45).

Dado que mediante la Resolución del Consejero Ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes, n.º 2023/18, de 8 de marzo de 2023, se aprobó del modelo normalizado para la comunicación de actividades de ocio infantil y juvenil en Menorca, adaptado al cumplimiento de la normativa vigente.

Dado que posteriormente se ha visto necesario introducir tres modificaciones puntuales en el modelo normalizado, para facilitar la tramitación de la declaración responsable y el cumplimiento de las obligaciones de las entidades organizadoras.

Visto el informe de la técnica de Juventud de día 12 de septiembre de 2023, en el cual expone:

«Informe sobre la modificación del modelo normalizado por la comunicación de actividades de ocio educativo en Menorca

Antecedentes

1. Las actividades de ocio educativo infantiles y juveniles están reguladas en las Islas Baleares por la Ley 10/2022, de 23 de diciembre, de ocio educativo para niños y jóvenes de las Islas Baleares y por el Decreto 23/2018, de 6 de julio, por el cual se despliegan varios aspectos de la normativa de juventud y de ocio.

2. Mediante la Resolución del Consejero Ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes, n.º 2023/18, de 8 de marzo de 2023, se aprobó del modelo normalizado para la comunicación de actividades de ocio infantil y juvenil en Menorca, adaptado al cumplimiento de la normativa vigente.

3. Posteriormente se ha visto necesario introducir tres modificaciones puntuales en el modelo normalizado, para facilitar la tramitación de la declaración responsable y el cumplimiento de las obligaciones de las entidades organizadoras.

4. La primera modificación viene motivada por el artículo 21.1 de la Ley 10/2022, que establece que «en el supuesto de que la actividad lo ejecute una persona diferente en la organizadora, la declaración responsable lo tiene que presentar esta última».

Durante el verano de este año hemos detectado que es interpretable a quien se refiere el cumplimiento indirecto «esta última», pues tanto puede entender que hace alusión a «la persona diferente a la organizadora» como la propia «organizadora».

Visto que el Servicio de juventud del Gobierno Balear recomienda interpretar que la declaración responsable la debe presentar la persona o la entidad organizadora, independientemente de si existe o no una entidad ejecutora, se ve conveniente modificar el modelo normalizado para evitar confusiones. en el sentido siguiente:

a) Sustituir el título: 1. Datos de la persona solicitante, por: «1. Datos de la persona organizadora (En el supuesto de que la actividad lo ejecute una persona diferente a la organizadora, la declaración responsable lo tiene que presentar la organizadora, arte. 21 Ley 10/2022)».

b) Sustituir el título: «3. Datos de la persona o de la entidad que promueve la actividad, por: 3. Datos de la persona o de la entidad que ejecuta la actividad (solo en el supuesto de que sea distinta a la organizadora)»

c) Incluir la información: «Una vez presentada esta declaración responsable, si lo desea la persona o la entidad organizadora puede delegar la representación en la persona o la entidad ejecutora a efectos de cualquier actuación en el marco del expediente de esta declaración, rellenando el documento de representación voluntaria que se encuentra en la ficha del trámite en la web de la CIM».

d) Sustituir en el pie de firma, donde dice: «Firma de la persona solicitante, tiene que decir: Firma de la persona o la entidad organizadora».

5. En segundo lugar, el artículo 43 del Decreto 23/2018 dice que es obligación de la persona o la entidad organizadora recaudar de las personas participantes la documentación siguiente:

«Una declaración responsable sobre datos de salud, firmada por el participante o la participante, o por la persona que tenga la patria potestad, tutela o curatela en el caso de menores de edad, en la cual se haga constar que no se sufre ninguna infección contagiosa (conjuntivitis, hongos...), los impedimentos físicos o psíquicos para participar en la actividad, así como dietas especiales o intolerancias alimentarias, alergias y, si procede, medicaciones o cualquier otra circunstancia relevante que sea necesario conocer para participar en la actividad. Estos datos deberán ser destruidos cuando hayan dejado de ser necesarias para la finalidad concreta con la cual se solicitaron, y se considerarán especialmente protegidas, de acuerdo con la normativa vigente de protección de datos de carácter personal».

Por esta razón, es adecuada facilitar el cumplimiento de la normativa incluyente en la declaración responsable esta indicación.

6. En tercer lugar, para facilitar las tareas de control documental de las actividades, es necesario recordar en el modelo normalizado que se haga constar necesariamente el n.º de expediente de la actividad o el n.º de la actividad cuando se comunique al Consejo Insular cualquier modificación que se pueda producir en los datos declarados.

7. La cuarta modificación corresponde en el apartado de documentación opcional del formulario y consiste en sustituir donde dice: «os requerimos que lo presentéis cuando empiece la actividad (en referencia al proyecto educativo, el seguro de accidentes, el seguro de responsabilidad civil y el justificante de pago de los dos seguros), por el texto: os requeriremos que aportáis esta documentación cuando empiece la actividad».

El motivo es separar la declaración responsable del requerimiento de la documentación que se tiene que disponer durante la actividad.

8. Se tiene que requerir únicamente una firma, la de la persona física o jurídica organizadora de la actividad, o, si procede, de la persona que actúe en representación (Arte. 21 de la ley 10/21), motivo por el cual se elimina la petición de firma de la dirección de la actividad.

Normativa aplicable

1. Ley 21/2006, de 15 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de juventud y ocio.

2. Decreto 23/2018, de 6 de julio, por el cual se despliegan varios aspectos de la normativa de juventud y de ocio.

3. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personal y garantía de los derechos digitales.

4. Decreto 28/2021, de 10 de mayo, de modificación del Decreto 23/2018, de 6 de julio, por el cual se despliega parcialmente la Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de la juventud (BOIB n.º 61 de 11 de mayo de 2021).

5. Ley 5/2022, de 8 de julio, de políticas de juventud de las Islas Baleares.

6. Ley 10/2022, de 23 de diciembre, de ocio educativo para niños y jóvenes de las Islas Baleares (BOIB n.º 169 del 29 de diciembre de 2022).

Conclusiones

Por lo expuesto, propongo:

1. Modificar el modelo normalizado para la comunicación de actividades de ocio infantil y juvenil en Menorca, aprobado por Resolución del Consejero Ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes, n.º 2023/18, de 8 de marzo de 2023, para introducir los cambios siguientes:

  • Donde dice: «1. Datos de la persona solicitante, tiene que decir: 1. Datos de la persona organizadora (En el supuesto de que la actividad lo ejecute una persona diferente a la organizadora, la declaración responsable lo tiene que presentar la organizadora, arte. 21 Ley 10/2022)».
  • Donde dice: «3. Datos de la persona o de la entidad que promueve la actividad, tiene que decir:3. Datos de la persona o de la entidad que ejecuta la actividad (solo en el supuesto de que sea distinta a la organizadora)».
  • Incluir la información: «Una vez presentada esta declaración responsable, si lo desea la persona o la entidad organizadora puede delegar la representación en la persona o la entidad ejecutora a efectos de cualquier actuación en el marco del expediente de esta declaración, rellenando el documento de representación voluntaria que se encuentra en la ficha del trámite en la web de la CIM».
  • Donde dice: «Firma de la persona solicitante, tiene que decir: Firma de la persona o la entidad organizadora».
  • «Incluir en la relación de documentación que se tiene que disponer: Una declaración responsable sobre datos de salud, firmada por el participante o la participante, o por la persona que tenga la patria potestad, tutela o curatela en el caso de menores de edad, en la cual se haga constar que no se sufre ninguna infección contagiosa (conjuntivitis, hongos...), los impedimentos físicos o psíquicos para participar en la actividad, así como dietas especiales o intolerancias alimentarias, alergias y, si procede, medicaciones o cualquier otra circunstancia relevante que sea necesario conocer para participar en la actividad. Estos datos deben ser destruidos cuando hayan dejado de ser necesarias para la finalidad concreta con la cual se solicitaron, y se considerarán especialmente protegidas, de acuerdo con la normativa vigente de protección de datos de carácter personal».
  • Donde se declara el compromiso de: «comunicar a juventud del Consejo Insular de Menorca cualquier modificación que se pueda producir en los datos de esta comunicación, añadir que: se incluirá necesariamente el n.º de expediente de la actividad o el n.º de la actividad».
  • Donde dice: «En relación con el proyecto educativo y los dos seguros, os informamos que se tienen que disponer en el momento del inicio de la actividad y durante su desarrollo, y por tanto, si no lo adjuntáis ahora, os requerimos que el día del inicio de la actividad lo remitís por Carpeta Ciudadana al Consejo Insular».

Debe decir: «En relación con el proyecto educativo, los dos seguros y los justificantes de pago, os informamos que se tienen que disponer en el momento del inicio de la actividad y durante su desarrollo, y por tanto, si no lo adjuntáis ahora, os requeriremos esta documentación cuando se inicie la actividad».

2. Aprobar los documentos que se adjuntan a este informe:

  • El modelo normalizado de declaración responsable para la realización de actividades de ocio educativo infantil y juvenil.
  • El anexo I. Cuadro del equipo dirigente.

Visto lo que establece el artículo 70 de la Ley Orgánica 1/2007 de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, en orden a la determinación de las competencias propias de los consejos insulares.

Como titular del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 33 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, en relación con el Decreto de presidencia n.º 91/2023 de 10 de julio, de creación de los departamentos (BOIB n.º 95 de 11 de julio de 2023);

RESUELVO

PRIMERO. Aprobar la modificación del modelo normalizado por la comunicación de actividades de ocio educativo en Menorca, que se adjunta como anexo:

- Declaración responsable para la realización de actividades de ocio educativo infantil y juvenil en Menorca.

SEGUNDO. Publicar esta Resolución y los anexos correspondientes en lo Bulletí Oficial de las Islas Baleares.

Contra este acuerdo – que no agota la vía administrativa – puede interponerse recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

Dicho recurso se entenderá desestimado si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

 

Maó, 29 de septiembre de 2023

El consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes Juan Domingo Pons Torres (DP 92, de 10.7.2023) (BOIB núm. 95 de 11.7.2023)

Documentos adjuntos