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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE VALLDEMOSSA

Núm. 620248
Aprobación definitiva de Reglamento de honores y distinciones de la policía local de Valldemossa

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Al no haberse presentado ninguna reclamación o sugerencia durante el plazo de exposición al público, el acuerdo inicialmente adoptado de aprobación de REGLAMENTO DE HONORES Y DISTINCIONES DE LA POLICIA LOCAL DE VALLDEMOSSA, se debe entender definitivamente aprobado sin necesidad de nuevo acuerdo expreso de conformidad con lo establecido en los artículos 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 102.1.d) de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de Régimen Local de las Illes Balears.

El texto íntegro de REGLAMENTO DE HONORES Y DISTINCIONES DE LA POLICIA LOCAL DE VALLDEMOSSA., se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

«REGLAMENTO DE HONORES Y DISTINCIONES DE LA POLICÍA LOCAL DE VALLDEMOSSA

La Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de los policías locales de los Islas Baleares, ha supuesto un punto de inflexión para regular cada uno de los aspectos que afecten estos cuerpos de policía. En este sentido, el Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de mesures urgentes de los policías locales de los Islas Baleares, establece en el título VIII (premios y distinciones) los tipos, procedimientos y causes para obtener los reconocimientos mencionados en el marco de nuestra Comunidad Autónoma. De un tiempo acá, el Ayuntamiento de Valldemossa, a través de la Policía Local, ha ido concediendo diferentes tipos de distinciones y reconocimientos; mediante felicitaciones de Alcaldía o felicitaciones de pleno, según el motivo y la causa del premio.

Para regularlo en detalle y uniforme, se ha considerado necesario elaborar este Reglamento que, todavía en un solo título, recoge los diversas distinciones, los causes para otorgar-los y revocarlos, el proceso para conseguir-los; todo esto respetando el marco de competencias entre administraciones y legitimado por la autonomía que como ente local tiene este Ayuntamiento de acuerdo con la Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases de régimen local, según la redacción dada por la Ley 57/ 2003, de 16 de diciembre, de mesures para la modernización del gobierno local.

PREMIOS Y DISTINCIONS

Articulo 1

El personal integrante de la Policía Local de Valldemossa que se distingan notoriamente en el ejercicio de los sus funciones a través de actos destacados y extraordinarios o por el mantenimiento duna conducta ejemplar a lo largo de su trayectoria profesional poden ser condecorados con los distinciones que el Ayuntamiento de Valldemossa aprueba en este título, sin perjuicio de los otras distinciones que pueda recibir por estos u otras actas al ámbito de los Islas Baleares.

Igualmente, es poden conceder distinciones a persones físicas, jurídicas u organizaciones que tengan relación con la Policía Local en el ejercicio de los suyas tareas.

Artículo 2.

Clases de medallas, distinciones y felicitaciones

En función del grado de mérito que es valore, los premios y distinciones es poden clasificar de la manera siguiente:

1. Medalla al Mérito Policial con Distintivo Azul del Ayuntamiento de Valldemossa.

Se otorga al colectivo de agentes con una trayectoria profesional de carácter meritorio excepcionalmente, siempre que hayan transcurrido 15 años de servicio activo.

2. Medalla al Mérito Policial con Distintivo Verde del Ayuntamiento de Valldemossa.

Se otorga al colectivo de agentes que han destacado por actuaciones meritorias especialmente defiende de los derechos y los libertades de la ciudadanía.

Así mismo, es puede conceder instituciones o persones que de manera manifiesta y permanente han colaborado con la Policía Local de Valldemossa o que, puntualmente y en situación de emergencia, han demostrado un valor o predisposición a la ayuda ciudadana.

3. Cruz al Sacrificio en Cumplimiento del Deber con Distintivo Rojo del Ayuntamiento de Valldemossa.

Se concede al agente que en servicio activo o en relación directa con los funciones propias del cargo sufre lesiones corporales que provoquen la muerte, por pérdida de algún miembro funcional o cualquier otra secuela que merezca la incapacidad permanente para el servicio policial.

4. Cree al Sacrificio en Cumplimiento del Deber con Distintivo Blanco del Ayuntamiento de Valldemossa.

Se concede al agente que en acto de servicio o en relación directa con los funciones propias del cargo sufre lesiones graves que no suponen pérdidas de miembros u otro tipo de secuela que imposibilite permanentemente para el servicio.

También se concede a quién, a pesar de no encontrar-se en los circunstancias expresadas, como consecuencia de los suyas funciones o el cumplimiento de su cargo, ha pasado por un tratamiento médico prolongado con la consiguiente incapacidad temporal.

A todas los persones condecoradas con los recompenses reguladas en estos primeros 4 puntos del artículo 2, se les librará un diploma o certificado en que conste el correspondiente acuerdo de concesión.

5. Felicitaciones del Pleno y de Alcaldía para la Policía Local

Las mencionadas felicitaciones es poden conceder por reconocimiento profesional, actuación policíaca destacada o por cualquier otro motivo que no es recoja al resto de distinciones.

Las felicitaciones por reconocimiento profesional son:

a) Felicitación de Alcaldía.

b) Felicitación del pleno.

c) Felicitación de la o la jefa/cabe de la Policía Local.

d) Felicitación pública colectiva: Otorgadas al reconocimiento de todo el personal integrante de un dispositivo de servicio, división, unidad o sección cuando colectivamente hayan destacado en su tasca meritoria. En esta felicitación tiene que figurar el nombre, los apellidos y el carné profesional de cada uno de los funcionarios a los cuales, en conjunto, los ha sido reconocida su tasca profesional y tiene que ser tenida en cuenta en caso de méritos para promocionar horizontalmente y verticalmente.

Las felicitaciones por actuación destacada no es rigen por criterios de antigüedad al servicio.

6. Así mismo, es puede conceder el ascenso honorífico a la categoría inmediatamente superior a los agentes de la Policía Local de Valldemossa siempre que es encuentren en situación de segunda actividad o de jubilación, siguiendo el mismo procedimiento regulado en el artículo 5.

El formato, los medidas y los contenidos que tiene que llevar cada medalla se tienen que regular mediante un decreto de Alcaldía.

7. Medalla de antigüedad: Paralelamente al cual establece la orden de uniformidad vigente dictada por la Consellería de Administraciones Públicas a través de la Dirección General de Interior, Emergencias y Justicia en relación con lo divisa de antigüedad que poden lucir los uniformes policiales, lo /la funcionario/aria de policía que lo desee, podrá lucir en su uniforme de gala una medalla que distinguirá su antigüedad al servicio correspondiente a los 20, 30 y 40 años o más de servicio en activo, siempre que la conducta haya estado ejemplar a lo largo de la trayectoria profesional.

Los características y normas de uso de esta medalla serán reguladas por instrucción de servicio.

Artículo 3. Competencia para otorgar distinciones

Las distinciones se otorgan de la manera siguiente:

Los felicitaciones de Alcaldía, Pleno y del/de la Jefa de la Policía Local, son otorgadas por el Alcalde/sano, el Pleno y el/la Jefe de la Policía Local, respectivamente, de acuerdo con el procedimiento de felicitaciones elaborado por la Policía Local de Valldemossa y recogido en el artículo 6 de este Reglamento.

Conceder medallas y cruces es competencia del Pleno de la corporación, que decide si ratifica las propuestas de las distinciones presentadas por el alcalde/ese y/o el/la jefe de la Policía Local, una vez seguido el procedimiento descrito en el artículo 4.

 

Artículo 4. Instrucción

El alcalde/sa podrá solicitar circunstancias que aconsejen y justifiquen el otorgamiento, a excepción de los felicitaciones que serán objeto de tramitación simplificada conforme al cual establece este reglamento.

Artículo 5. Procedimiento para conceder cruz o medalla

Aquestes distinciones es conceden de acuerdo con el procedimiento siguiente:

1. La propuesta la podrán hacer el alcalde/ese, el/la jefe de la Policía Local y cualquier ciudadano o ciudadana, acompañada del informe sobre los hechos que motiven la propuesta.

2. El/la jefe de policía, estudiará la propuesta y la información que lo acompañe, emitirá el correspondiente informe en el alcalde/ese.

3. El alcalde/ese analizará y decidirá si es aceptada o denegada la propuesta, trasladando al Pleno su decisión por la aprobación.

4. No siguen este procedimiento las propuestas de cualquier grupo municipal, los cuales, una vez presentadas con el correspondiente informe motivado el/la jefe de la Policía Local, se envían al Pleno para su aprobación.

Artículo 6. Procedimiento para otorgar felicitaciones

Las felicitaciones de pleno y Alcaldía, previstas en el artículo 2.5 de este reglamento, es conceden siguiendo este procedimiento:

1. Cualquiera puede proponer una felicitación a favor duna persona integrando de la Policía Local, enviando un informe motivado a la Jefatura de la Policía Local.

El/la jefe de la Policía Local estudiará la propuesta y la trasladará al alcalde/ese, que en caso de aprobación, informará al Pleno.

2. Los felicitaciones de Alcaldía, serán propuestas por el alcalde/ese, informadas por el jefe de policía y en caso de aprobación, es comunicará al Pleno.

3. Los felicitaciones del Pleno, serán propuestas por el Pleno, informadas por el/por la Jefa de Policía y se someterán para su aprobación a votación al Pleno.

Artículo 7. Publicación y uso de los distinciones

1. La concesión de cualquier distinción recogida en este Reglamento se ha de difundir mediante instrucción de servicio o cualquier otro medio que la dirección de la Policía Local considere oportuno.

Cualquier tipo de distinción se tiene que otorgar, como regla general, en el marco del programa de actas de la Fiesta de la Policía Local o cuando el alcalde/ese lo encuentren oportuno.

2. Los y los agentes condecorados tienen que llevar la medalla o cruz sobre la cazadora, a la banda izquierda en simetría con la placa del pecho, siempre que es trate del uniforme de gala.

3. Sobre el uniforme de diario, poden llevar los insignias a la banda izquierda en simetría con la placa del pecho.

4. Los/los funcionarios/arias de policía que hayan sido reconocidos profesionalmente mediante felicitación otorgada por la alcaldía o por el pleno, poden sustituir esta felicitación en actas oficiales luciendo en su uniformidad de gala con los pasadores correspondientes de la medalla al mérito policial con el distintivo correspondiente, de acuerdo con el motivo por el cual le fue concedida la felicitación. Todo esto sin perjuicio de la valoración al mérito profesional que corresponda por la felicitación de alcaldía o del pleno en caso de promoción horizontal y vertical.

Artículo 8. Expediente personal y pérdida de la concesión

1. Los distintivos se incluyen al expediente personal del colectivo de agentes y poden valer como mérito profesional en caso de promoción horizontal y vertical.

2. Si un agente, como consecuencia de la incoacción de un expediente disciplinario, es sancionado en firme por la comisión de una falta grave o muy grave, no podrá recibir ninguna distinción de los previstas en los artículos 2.1 y 2.7 de este Reglamento exceptuando los que pudiera tener el agente antes de ser sancionado.

3. La jefatura del cuerpo tiene que llevar uno registre de medallas, distinciones y felicitaciones y comunicarlo al departamento de personal del Ayuntamiento a los efectos previstos en este reglamento.

 

Disposición única

No es prevé ningún tipo de retribución económica, fruto del otorgamiento de honores, y distinciones a los miembros de la Policía Local.

Disposición final

Este Reglamento es aplicable sin perjuicio otros reconocimientos y distinciones que en el ámbito de esta Administración u otra es puedan otorgar por motivos iguales o similares.

Todo aquello que no prevé este Reglamento es regula por la legislación aplicable y los disposiciones de este Ayuntamiento en cuanto a su interpretación.

Diseño y dimensiones de los medallas.

Los medallas al Mérito de la Policía Local de Valldemossa, están compostes por la misma medalla y un pasador, para todos los distintivos el diseño y los dimensiones son invariables, se especifiquen a continuación y es recogen en este Reglamento.

a. Medalla al Mérito de la Policía Local de Valldemossa con distintivo azul.

Pasador:

Fabricado en forma rectangular apaisado con la superficie aproximada de 35 mm. en horizontal por 10 mm en vertical, de color dorado a los dos lados y cierre imperdible a la parte posterior, estará compuesto de dos partes exactamente iguales a los partos exteriores de 3 mm. cada una, de fondo blanco.

Medalla:

De color azul, puerta a todo el perímetro un corte dorado con dibujo de línea estrecha o dentada de 1 mm de grosor.

A cada uno de los lados de la cruz, ia 5 mm de los extremos, hay una barra perpendicular en moratón marino de 3 mm de anchura.

Sobre esta barra y centrado aparece el escudo del Ayuntamiento de Valldemossa.

En la parte superior, sobre una varilla, puerta una corona real dorada.

La medida de la cruz no puede ser de más de 43 mm.

La medida del escudo no puede ser de más de 22 mm de diámetro.

Pasador de 37 mm de anchura y 13 mm de altura, del cual cuelga una cinta de color azul marino de 30 mm de anchura, a la parte central de la cual lleva una franja azul celeste de 10 mm de anchura.

b. Medalla al Mérito de la Policía Local de Valldemossa con distintivo blanco.

Pasador:

Fabricado en forma rectangular apaisado con la superficie aproximada de 35 mm. en horizontal por 10 mm en vertical, de color dorado a los dos lados y cierre imperdible a la parte posterior, estará compuesto de dos partes exactamente iguales a los partos exteriores de 2 mm. cada una, de fondo blanco.

Medalla:

De color blanco, puerta a todo el perímetro un corte dorado con dibujo de línea estrecha o dentada de 1 mm de grosor.

A cada uno de los lados de la cruz, ia 5 mm de los extremos, hay una barra perpendicular en moratón marino de 3 mm de anchura.

Sobre esta barra y centrado aparece el escudo del Ayuntamiento de Valldemossa. En la parte superior, sobre una varilla, puerta una corona real dorada.

La medida de la cruz no puede ser de más de 43 mm.

 

La medida del escudo no puede ser de más de 22 mm de diámetro.

Pasador de 37 mm de anchura y 13 mm de altura, del cual cuelga una cinta de color azul marino de 30 mm de anchura, a la parte central de la cual lleva una franja blanca de 10 mm de anchura.

Una pieza plana metálica de grosor de 20 mm. en color dorado contorneada conforme al diseño que figura al anexo, en forma de placa policial con motivos y la inscripción “POLICÍA LOCAL VALLDEMOSSA” en semi relevo 1.5mm. de manera semicircular de color blanco alrededor del escudo del municipio de Valldemossa.

A la parte posterior, con motivos y la inscripción “MÉRITO POLICIAL” en semi relevo 1.5 mm. en forma semicircular de color blanco.

c. Cree al sacrificio en el cumplimiento del tener que, de la Policía Local de Valldemossa con distintivo rojo.

Pasador:

Fabricado en forma rectangular apaisado con la superficie aproximada de 35 mm. en horizontal por 10 mm en vertical, de color dorado a los dos lados y cierre imperdible a la parte posterior, estará compuesto de dos partes exactamente iguales a los partos exteriores de 2 mm. cada una, de fondo.

Medalla:

Modelo de formato vertical integrado por dos peces, que se unen con una pieza metálica en dorado con forma de corona, y una anilla metálica en dorado:

Una pieza de tela con una mesure aproximada de 30 mm en horizontal por 35 mm. en vertical, compuesto de dos partes exactamente iguales a los partos exteriores de 2 mm. cada una, de fondo rojo.

En la parte superior una hebilla metálica en dorado de 35 mm. de longitud por 10mm. de alto al dorso donde se aloja el imperdible.

Una pieza plana metálica de grosor de 20 mm. en color dorado contorneada conforme al diseño que figura al anexo, en forma de placa policial con motivos y la inscripción “POLICÍA LOCAL VALLDEMOSSA” en semi relevo 1.5mm. de manera semicircular de color blanco alrededor del escudo del municipio de Valldemossa. A la parte posterior, con motivos y la inscripción “AL SACRIFICIO EN CUMPLIMIENTO DEL DEBER” en semi relevo 1.5 mm. en forma semicircular de color blanco.

Bajo el cuerpo circular central es disponen 5 figures geométricas regulares con el color del distintivo rojo. Los dimensiones de esta pieza, a los extremos de mayor longitud, son de 20 mm. y a sus extremos de menor longitud, son 10 mm.

d. Cruz al sacrificio en cumplimiento del deber, de la Policía Local de Valldemossa con distintivo verde.

Pasador:

Fabricado en forma rectangular apaisado con la superficie aproximada de 35 mm. en horizontal por 10 mm en vertical, de color dorado a los dos lados y cierre imperdible a la parte posterior, estará compuesto de dos partes exactamente iguales a los partos exteriores de 2 mm. cada una de fondo verde columna de la parte de la izquierda de 6mm. de color azul.

Medalla:

Modelo de formato vertical integrado por dos peces, que se unen con una pieza metálica en dorado con forma de corona, y una anilla metálica en dorado:

De color verde, puerta a todo el perímetro un corte dorado con dibujo de línea estrecha o dentada de 1 mm de grosor.

A cada uno de los lados de la cruz, hay 5 mm de los extremos, hay una barra perpendicular en moratón marino de 3 mm de anchura. Sobre esta barra y centrado aparece el escudo del Ayuntamiento de Valldemossa.

Una pieza plana metálica de grosor de 20 mm. en color dorado contorneada conforme al diseño que figura al anexo, en forma de placa policial con motivos y la inscripción “POLICÍA LOCAL VALLDEMOSSA” en medio relevo 1.5mm. de manera semicircular de color blanco alrededor del escudo del municipio de Valldemossa.

La cual cosa es hace pública para conocimiento general y a los efectos pertinentes.»

 

​​​​​​​Contra el presente Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares con sede en Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 2 de octubre de 2023

El alcalde Nadal Torres Bujosa)