Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE INDUSTRIAS CULTURALES DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 619554
Resolución del presidente del Instituto de Industrias Culturales de les Illes Balears por la cual se modifica la Resolución de 22 de julio de 2022 por la cual se convoca la subvención para apoyar a las salas de exhibición cinematográfica de las Islas Baleares, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Antecedentes

1. Mediante la Resolución del presidente del Instituto de Industrias Culturales de les Illes Balears de 22 de julio de 2022 se publicó la convocatoria de subvenciones para apoyar a las salas de exhibición cinematográfica de las Islas Baleares, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU)

2. Mediante la Resolución del presidente del Instituto de Industrias Culturales de les Illes Balears de 28 de julio de 2022 se corrigió un error en la Resolución de 22 de julio de 2022.

3. Se tiene que modificar el apartado 19.1 de la convocatoria de subvenciones mencionada.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en virtud del cual estas administraciones pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

2. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura. Por todo esto, de acuerdo con el que dispone el artículo 15 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, y en uso de las facultades que me atribuye el artículo 10.1.y) de los Estatutos del Instituto de Industrias Culturales de les Illes Balears, dicto la siguiente

 

Resolución

1. Modificar el apartado 19.1 de la mencionada Resolución de 22 de julio de 2022, en el sentido siguiente:

Donde dice:

- 19.1. El plazo para justificar los gastos compensables objeto de la ayuda terminará el 31 de diciembre de 2023.

 

Debe decir:

- 19.1. El plazo para justificar los gastos compensables objeto de la ayuda terminará el 17 de octubre de 2023.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears (BOIB).

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el presidente del ICIB, en el plazo de un mes contador a partir del día siguiente a haberse publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a haberse publicado, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Palma, en la fecha de la firma electrónica (2 de octubre de 2023)

El presidente del Instituto de Industrias Culturales de les Illes Balears Jaume Bauzá Mayol