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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA

Núm. 616865
Resolución núm. 130, de fecha del 19 de septiembre de 2023, del Ajuntament de Ciutadella de Menorca, referente al nombramiento como personal laboral fijo a la persona aspirante que ha superado el proceso de selección de la convocatoria de administrativo/va del Patronat Municipal de l’Hospital, del grupo C, subgrupo C1, con vínculo jurídico laboral, por el procedimiento de concurso, del proceso de estabilización

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Texto

Mediante el Decreto n.º 130, de fecha del 19 de septiembre de 2023, del Ajuntament de Ciutadella de Menorca, he dispuesto nombrar como personal laboral fijo a la persona aspirante que ha superado el proceso de selección de la convocatoria de administrativo/va del Patronat Municipal de l'Hospital, del grupo C, subgrupo C1, con vínculo jurídico laboral, por el procedimiento de concurso. Concretamente, se trata de la persona relacionada a continuación, que ya ha superado el periodo de prácticas:

- BOSCH BOSCH. DAMIÀ  ***3657**

Lo que hacemos público a los efectos del artículo 62 del Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y del artículo 25.2 del Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real decreto 364/1995, de 10 de marzo.

El personal nombrado deberá formalizar el contrato en el plazo de tres días, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB.

Requerimos a la persona contratada para que se incorpore a su puesto de trabajo el mismo día de la formalización del contrato, y tendrá que permanecer un mínimo de tres años en el destino de adscripción para poder participar en concursos de provisión de puestos del mismo nivel.

Establecemos que, dado que esta convocatoria tendrá posteriormente otra por el procedimiento de concurso oposición, de acuerdo con el artículo 10.2 de las bases específicas, las persones aspirantes que no han superado el proceso selectivo por el sistema de concurso no formarán bolsa de personal interino.

Sin embargo, las personas mencionadas en la resolución anterior podrán ser llamadas, hasta la constitución definitiva de la bolsa de trabajo, para nombramientos interinos por acumulación de tareas.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, publicada íntegramente en el tablón de edictos y en la sede electrónica del Ajuntament, se puede interponer, alternativamente: o bien recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de la publicación del presente anuncio ante la Alcaldia de este ayuntamiento, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de la publicación del presente anuncio, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no se podría interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel esté resuelto expresamente o cuando se haya producido la desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio que se pueda ejercer cualquier otro recurso que se estime pertinente.

 

En Ciutadella, en la fecha de la firma electrónica (21 de septiembre de 2023)

La presidenta delegada M. Àngels Torres Ribot