Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ESPORLES
Núm. 616268
Bases que regulan la concesión de subvenciones para la adquisición de libros de texto, material escolar de carácter obligatorio y/o cuota de material, para el curso 2023-2024
Por Decreto de Alcaldía de fecha 27 de septiembre de 2023, se aprobaron las siguientes bases
BASES QUE REGULAN LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO, MATERIAL ESCOLAR DE CARÁCTER OBLIGATORIO Y/O CUOTA DE MATERIAL, PARA EL CURSO 2023-2024
1- OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El objeto de esta convocatoria es el otorgar, por parte del Ayuntamiento de Esporles, de subvenciones para la adquisición de libros de texto, material escolar obligatorio (incluidos medios electrónicos) y/o cuota de material para el curso 2023-2024, a las familias con niños que estén cursando alguno de los cursos de los distintos niveles de educación Infantil, Primaria, Secundaria y PISE.
Las subvenciones tienen la finalidad de apoyar económico al gasto que supone la compra de libros de texto, libros de lectura obligatorios, material escolar obligatorio y/o cuota de material, a las familias del municipio de Esporles.
Así mismo, con esta convocatoria se pretende fomentar y potenciar la reutilización de libros de texto y material educativos didácticos susceptibles de ser reutilizados.
2- REQUISITOS
Los solicitantes tienen que estar empadronados en el municipio de Esporles, con una antigüedad de tres meses anteriores a la solicitud.
Los alumnos tienen que estar matriculados en centros escolares ubicados en el municipio de Esporles.
Los solicitantes se tienen que comprometer a facilitar la reutilización de los libros y de los materiales escolares, susceptibles de ser reutilizados, por los cuales sean subvencionados.
a) Si el centro escolar donde están matriculados los alumnos o el APIMA, cuenta con programa de reutilización de libros de texto y material escolar obligatorio, tendrán que estar adheridos.
b) Si el centro escolar donde están matriculados los alumnos o el APIMA, no cuenta con programa de reutilización de libros de texto y material escolar obligatorio, los libros o material escolar obligatorio susceptible de ser reutilizado se depositará al centro en acabar el curso escolar. En este caso el centro escolar agasajará el anexo 4 y lo remitirá al Ayuntamiento.
3- DESTINATARIOS
Podrán solicitar las subvenciones el padre, la madre o quien tenga la tutoría legal y figure en el padrón de Esporles en representación del niño que también tendrá que figurar en el padrón de Esporles, y haber formalizado la matrícula en alguno de los diferentes niveles de Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria o PISE en los centros públicos del municipio de Esporles durante el curso escolar 2023-2024.
Se establecen criterios especiales para aquellas familias que puedan justificar una de las siguientes situaciones recogidas en el artículo 5 de la Ley 8/2018, de 31 de julio, de apoyo a las familias:
a) Familias numerosas.
b) Familias monoparentales.
c) Familias en riesgo social y víctimas de violencia machista.
d)Familias con personas en situación de dependencia o con personas con discapacidad.
En el caso de Familias en situación de vulnerabilidad económica especial recogidas a la misma ley y que puedan acreditar esta condición en el momento de la publicación de esta convocatoria, se puede acceder directamente a las ayudas sin necesidad de aportar la declaración de la renta. En el marco de esta convocatoria se entiende por familias en situación de vulnerabilidad económica especial las familias beneficiarias de la renta social garantizada, del ingreso mínimo vital o de las rentas mínimas de inserción o las que tienen el subsidio de desocupación como único ingreso.
4- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA
En los presupuestos municipales del Ayuntamiento de Esporles para el año 2023 existe una partida 320-48001 destinada a cubrir estas subvenciones dotada con 6.000 €.
5- FORMA Y DOCUMENTACIÓN DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
Las personas interesadas a solicitar una beca se tienen que dirigir al registro general del Ayuntamiento de Esporles y aportar la siguiente documentación:
-Solicitud (Anexo I)
-Fotocopia del DNI, NIE o pasaporte del solicitante.
-Fotocopia del Libro de Familia o certificado de nacimiento donde se pueda identificar el menor y sus progenitores.
-En caso de hijos con discapacidad, documento acreditativo oficial.
-Fotocopia de la declaración de la Renta del ejercicio 2022 de los progenitores del alumno o de sus representantes legales y personas que conformen la unidad familiar de convivencia. (veáis base 7)
-En caso de familias monoparentales el justificante donde se acredite que la patria potestad recae en un solo progenitor.
-En caso de que algún miembro de la unidad familiar no esté sujeto a hacer la declaración de la renta, CERTIFICADO DE IMPUTACIONES emitido por la Agencia Tributaria.
-En caso de separación de los padres, hay que presentar la sentencia judicial y el régimen de manutención.
-Factura original y/o justificante de pago de la compra de libros de texto, libros de lectura obligatorios, material escolar obligatorio y/o cuota de material.
-Documento bancario en que consten los datos de la cuenta y el titular de este. (se acreditará con una fotocopia de la libreta)
-Declaración jurada de no haber recibido ninguna otra beca o ayuda por el mismo concepto. (Anexo 2)
-Compromiso firmado en que se especifique que el alumno/a beneficiario/a, al acabar el curso, depositará los libros y materiales EDUCATIVOS didácticos susceptibles de ser reutilizados en el centro (Anexo 3).
- En caso de familias numerosas o monoparentales que no cumplan los criterios generales de renta del punto 10 se podrán acoger a los criterios destinados a estas familias mediante la acreditación a través del título de familia numerosa o monoparental.
Los datos relativos al empadronamiento y la convivencia en el mismo domicilio serán comprobados por el propio Ayuntamiento de Esporles y por tanto, no es necesario aportar los certificados. La Solicitud de la beca supone una autorización exprés al ayuntamiento de Esporles para acceder a los datos de los miembros de la unidad familiar que constan en el padrón municipal. Las facturas y/o justificantes que hacen referencia estas bases tendrán que reunir los siguientes requisitos:
- Tendrán que estar pagadas y debidamente justificadas (sello, justificando bancario...)
- Tienen que estar datadas durante el año escolar en curso.
- Tienen que hacer referencia en los libros de texto y/ o material escolar de adquisición obligatoria, del curso 2023-2024.
- Tienen que ser originales (no fotocopia) y contener los datos del emisor y el número de factura.
Las subvenciones se solicitarán mediante el modelo de solicitud (Anexo 1), dirigido al alcalde de Esporles y subscrito por el tutor/a legal del alumno/a en representación de este/a, al Registro de entrada del Ayuntamiento de Esporles en el plazo previsto.
La presentación de la solicitud implicará la autorización al Ayuntamiento, porque, en nombre del solicitante, realice las gestiones y comprobaciones pertinentes para la tramitación de las becas, singularmente para pedir certificado en los centros escolares, acreditando la matriculación de los hijos/hijas de los solicitantes.
6- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de estas bases en el BOIB.
7- DETERMINACIÓN DE LA UNIDAD FAMILIAR
A efectos de esta convocatoria, se considera que conforman la unidad familiar:
-Los padres y, si se tercia, el/la tutor/a o persona encargada de la guarda y protección del menor, no separados legalmente.
-Los hijos menores de edad, con excepción de los emancipados.
-Los hijos mayores de edad con discapacidad psíquica, física o sensorial, o incapacitados judicialmente.
-Los hijos solteros menores de veinticinco años y que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.
-Los ascendientes de los padres que justifiquen la residencia en el mismo domicilio que los anteriores a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.
Cuando no exista vínculo matrimonial, la unidad familiar se entenderá constituida por el padre, la madre y todos los hijos y ascendientes de los padres que convivan y reúnan los requisitos del apartado anterior. En caso de que no exista convivencia se tendrá que acreditar documentalmente, mediante certificado de convivencia.
En caso de separación o divorcio no se considerará miembro computable aquel que no cono viva con el solicitante de la subvención. No obstante, tendrá consideración de miembro computable la nueva pareja o persona unida por análoga relación, y por tanto, sus rentas se incluirán dentro del cómputo de la renta familiar. La separación o divorcio se acreditará de la siguiente manera:
-En la separación de hecho, se tendrá que presentar un documento justificando de interposición de demanda, u otros documentos que avalen esta situación.
-Si la separación es legal o divorcio, se tendrá que presentar la sentencia judicial o el convenio regulador donde conste la custodia del menor.
-A efectos de cálculo de renta per cápita, computarán por dos los hijos de la unidad familiar con una discapacidad igual o superior al 33 por ciento, situación que se tendrá que acreditar fehacientemente.
8- RENTA PER CÁPITA
La renta familiar será el resultado de sumar las rentas de todos los miembros de la unidad familiar computables que hayan generado ingresos. Se calculará realizando la suma de las casillas correspondientes a la base imponible general más la base imponible de ahorro, de la Declaración de IRPF del año 2022.
9- CUANTÍA Y NÚMERO DE BECAS
El número y la cuantía de subvenciones, se establecerá en función de la cantidad de alumnas con solicitud aprobada por la Comisión de Valoración y el total de la partida de los presupuestos municipales destinados a tal fin. Las becas no excederán en ningún caso el 80% del coste del gasto.
10- CRITERIOS DE VALORACIÓN
Para la concesión de las becas se aplicará la siguiente fórmula:
Criterio general: El Salario Mínimo Interprofesional del año anterior a la solicitud (el SMI de 2022 és de 1000€ /mes o 14.000€/año, según el Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero, por el cual queda fijado el salario mínimo interprofesional para 2022). La referencia se calculará a partir del 80% del SMI y se multiplicará por el número de miembros de la unidad familiar. Esta cantidad no tiene que ser superior a la renta per cápita familiar, es decir:
-Unidad familiar de 2 miembros, hasta una renta familiar máxima de 22.400 €
-Unidad familiar de 3 miembros, hasta una renta familiar máxima de 33.600 €
-Unidad familiar de 4 miembros, hasta una renta familiar máxima de 44.800 €
-Unidad familiar de 5 miembros. hasta una renta familiar máxima de 56.000 €
-Unidad familiar de 6 miembros, hasta una renta familiar máxima de 67.200 €
...
Criterio especial En caso de que la unidad familiar pueda justificar una de las siguientes situaciones recogidas en el artículo 5 de la Ley 8/2018, de 31 de julio, de apoyo a las familias: no se aplicará el coeficiente del 80% sobre el SMI, quedando como referencia las siguientes cantidades:
-Unidad familiar de 2 miembros, hasta una renta familiar máxima de 28.000 €
-Unidad familiar de 3 miembros, hasta una renta familiar máxima de 42.000 €
-Unidad familiar de 4 miembros, hasta una renta familiar máxima de 56.000 €
-Unidad familiar de 5 miembros. hasta una renta familiar máxima de 70.000 €
-Unidad familiar de 6 miembros, hasta una renta familiar máxima de 84.000 €
...
En el caso de Familias en situación de vulnerabilidad económica especial que puedan acreditar esta condición en el momento de la publicación de esta convocatoria, se puede acceder directamente a las ayudas sin necesidad de acreditar ninguna otra condición relacionada con los ingresos del año anterior. En el marco de esta convocatoria se entiende por familias se entiende por familias en situación de vulnerabilidad económica especial las familias beneficiarias de la renta social garantizada, del ingreso mínimo vital o de las rentas mínimos de inserción o las que tienen el subsidio de desocupación como único ingreso.
Las solicitudes que cumplan la condición anterior quedarán admitidas a trámite, y las que no la cumplan quedarán excluidas.
11- COMISIÓN DE VALORACIÓN Y OTORGAMIENTO
La Comisión de Valoración estará formada por una persona de cada uno de los siguientes estamentos: concejalía, cuerpo técnico y administración del Ayuntamiento, o personas en quienes deleguen.
Las funciones de la llamada comisión serán las siguientes:
1-Evaluar cada una de las solicitudes presentadas
2-Baremar cada una de las solicitudes presentadas.
3-Admitir o excluir las solicitudes que corresponda, en relación con los criterios que constan en estas bases.
4-En cuanto al proceso administrativo de concesión de las subvenciones, la Comisión de Valoración atenderá los siguientes periodos:
Una vez examinadas todas las solicitudes, dicha comisión emitirá un informe con la lista de admitidos y excluidos y los motivos de exclusión, que tiene que servir de base para elaborar la propuesta de la resolución provisional por parte del Regidor Delegado de Educación, de acuerdo con los criterios de valoración y los requisitos establecidos en estas bases. Esta lista se hará pública en la página web, al tablón de anuncios del Ayuntamiento. Los Solicitantes podrán presentar, en el plazo de 5 días hábiles contados a partir del siguiente a la exposición de la lista provisional, las oportunas reclamaciones acompañadas de la documentación que estimen conveniente, que tendrá que ser presentada al registro de entrada del Ayuntamiento de Esporles en horario de atención al público.
12- RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA
Una vez la Comisión de Valoración haya analizado la documentación aportada para enmendar y a la vista de las alegaciones presentadas, en el plazo de tres días hábiles, elaborará un informe que tiene que servir de base para elaborar la resolución definitiva de concesión o denegación de las subvenciones, que expresará la lista de personas beneficiarias y la cantidad de la subvención otorgada, y también las solicitudes excluidas con indicación de la causa de exclusión. El batle, a vista del informe, aprobará la resolución de la convocatoria, que será expuesta en los lugares de información señalados a las bases de esta convocatoria.
13- PAGO
El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por el solicitante.
14- COMPATIBILIDAD DE LAS SUBVENCIONES
Las subvenciones concedidas en virtud de la presente convocatoria no son compatibles con cualquier otra ayuda y/o beca que se pudiera percibir por la misma finalidad otras entidades públicas. A tal efecto, los solicitantes tendrán que firmar una declaración jurada (Anexo 2). En caso de que el beneficiario hubiera recibido una subvención por el mismo concepto y el mismo periodo de tiempo, tendrá que proceder al reintegro de la subvención.
15-RÉGIMEN DE INTERPOSICIÓN DE RECURSOS
Contra esta resolución se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes desde su publicación o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.
PODEIS DESCARGAR LOS ANEXOS DE LA PÁGINA WEB DEL AYUNTAMIENTO www.esporles.cat
Esporles, documento firmado electrónicamente (27 de septiembre de 2023 El alcalde Josep Maria Ferrà Terrassa)
ANEXO I SOLICITUD
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO I/O MATERIAL ESCOLAR CURSO 2023-2024
.......................................... ............................................ ................................
(NOMBRE Y APELLIDOS)
Como padre madre tutor/a lega l
Que vivo en .......................................................................nº.............piso.........
Población..............................................................................................................
Teléfono fijo.............................................Teléfono móvil......................................
Con DNI...............................................
Núm. Cuenta corriente (20 dígitos) _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _
EXPONGO:
Que tengo interés a solicitar en el Ayuntamiento de Esporles la subvención para la adquisición de libros de texto y/o material escolar para el curso escolar 2023/2024 para los siguientes alumnos de los cuales tengo la representación legal (padre/madre o tutor/a):
1.- Nombre y apellidos...................................................................................
En calidad de padre madre tutor/a legal
Centro educativo..............................................................................................
curso.... Educación infantil Primaria Secundaria PISE
2.- Nombre y apellidos.............................................................................
En calidad de padre madre tutor/a legal
Centro educativo....................................................................................................
curso.... .. Educación infantil Primaria Secundaria PISE
3.- Nombre y apellidos...........................................................................
En calidad de padre madre tutor/a legal
Centro educativo....................................................................................................
curso..... Educación infantil Primaria Secundaria PISE
4.- Nombre y apellidos.............................................................................
En calidad de padre madre tutor/a legal
Centro educativo....................................................................................................
curso............ Educación infantil Primaria Secundaria PISE
Que el número de miembros de la unidad familiar a la cual pertenecen la conforman un total de ....................persones.
Que les persones que integran la unidad familiar son (a excepción de los alumnos antes detallados):
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Nombre y apellidos |
DNI/NIE |
Relación con el alumno (padre, madre, hermano/a abuelo/a |
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Por eso, SOLICITO
Que se acepte a trámite esta solicitud de subvención en los términos que regula la convocatoria DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO I/O MATERIAL ESCOLAR, PARA EL CURSO 2023/2024.
Esporles a ........... de .............................. de 2023
Firma
ANEXO II DECLARACIÓN JURADA
Yo,....................................................................................................................... con DNI ...................................................
Declaro que
SI He solicitado otra beca para la misma finalidad en otra entidad pública.
NO He solicitado ninguna otra beca para la misma finalidad en ninguna otra entidad pública.
Y para que surta a efectos donde corresponda firmo este documento en
Esporles, ...................... de ..................................... de 2023
Firma
ANEXO III HOJA DE COMPROMISO
Yo,.........................................................................................................................
con DNI............................., como padre/madre tutor/a de .................................. ……………………, alumno/a del centro educativo ............................................, me comprometo a acogerme al programa de reutilización de libros de texto del centro del cual mi hijo/a es alumno/a
Y para que surta a efectos donde corresponda firmo este documento en
Esporles, ...................... de ..................................... de 2023
Firma