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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA

Núm. 615876
Convocatoria para la concesión de becas para la adquisición de libros de texto y/o material escolar sustitutivo, para el curso 2023-2024. Alcudia 2023

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Extracto de la convocatoria para la concesión de becas para la adquisición de libros de texto y/o material escolar sustitutivo, para el curso 2023-2024. Alcudia 2023

BDNS (Identif.): 717040.  De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:  

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/717040):

Primero. Beneficiarios: 

Podrán solicitar las ayudas o becas en representación del alumno/a, el padre, la madre, o tutor/a legal, empadronado/a en Alcudia, de aquellos alumnos empadronados en Alcudia también, y matriculados en cualquier curso de educación primaria o secundaria obligatoria en los centros públicos y concertados del municipio de Alcudia, durante el curso escolar 2023-2024.     

Segundo. Finalidad:

La finalidad de estas bases es dar apoyo económico a las familias del municipio de Alcudia, para la adquisición de libros de texto y/o material escolar sustitutivo de carácter obligatorio para el alumnado, para el curso 2023-2024.

Tercero. Bases reguladoras:  

Bases que regulan la concesión de becas para la adquisición de libros de texto y/o material escolar substitutivo, del curso 2023-2024. Publicadas en el BOIB núm. 128 de 16 de septiembre de 2023.

https://intranet.caib.es/eboibfront/es/2023/11803/677520/bases-reguladoras-de-becas-de-libros-de-texto-y-o-

Cuarto. Criterios de valoración

Para calcular los ingresos máximos de las unidades familiares o de convivencia utilizaremos como referencia el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Este índice, utilizado como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones, etc., se publica anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. El último IPREM oficial en vigor es el siguiente:

  • Anual (14 pagas): 8.400,00 €
  • Mensual: 600,00 €
  • Diario: 20,00 €

Podrán acceder a las becas les personas y unidades familiares o de convivencia que no dispongan de una renta per cápita superior a los siguientes porcentajes de l'IPREM anual multiplicado por 2,5:

IPREM anual (14 pagas) x 2,5= 21.000,00 €

Unidades de convivencia

Porcentaje IPREM

Ingresos máximos

Un adulto y un menor

125%

26250,00

Un adulto y dos menores

150%

31500,00

Un adulto y tres o más menores

200%

42000,00

Dos adultos y un menor

150%

31500,00

Dos adultos y dos menores

200%

42000,00

Dos adultos y tres o más menores

225%

47250,00

Unidades con más miembros

225%

47250,00

Las solicitudes que cumplan la fórmula anterior quedarán admitidas a trámite y las que no la cumplan quedarán excluidas.

Quinto. Importe: 

La dotación de esta convocatoria de subvenciones será de 30.000,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria EN 326 481001 BECAS LIBROS DE TEXTO del presupuesto municipal del Ayuntamiento de Alcudia para el año 2023, prorrogado del año 2022 y con la aprobación de la modificación presupuestaria 12/2023, por crédito extraordinario y suplemento de crédito financiado con remanente de tesorería para gastos generales.

Sexto. Solicitudes y documentación:

Las personas interesadas (tutor/a legal del alumno/a, en representación de éste) en solicitar una ayuda, que cumplan los requisitos que determinan estas bases o estén en condiciones de cumplirlas en el plazo de presentación de solicitudes, deben presentarlo preferentemente utilizando el trámite habilitado al efecto en la sede electrónica, (https://alcudia.eadministracio.cat/catalog/t/89ae8b5e-5690-4625-bc7e-ecb7710ba675), o en cualquiera de los registros que se relacionan en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 y aportar la siguiente documentación:

  1. Solicitud utilizando el trámite habilitado al efecto en la sede electrónica del ayuntamiento, que contendrá la declaración responsable de no encontrarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/a señalados en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; declaración responsable de no haber recibido ninguna otra ayuda por el mismo concepto y estar al corriente de las obligaciones tributarias y fiscales.

Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este extracto en el BOIB.

 

Alcudia, a la fecha de la firma electrónica (28 de septiembre de 2023)

La alcaldesa Josefina Linares Capó