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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE INCA

Núm. 612839
Aprobación de la dedicación exclusiva a una regidora

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Texto

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 14 de septiembre de 2023, adoptó el siguiente acuerdo:

«PROPUESTA DE LA ALCALDÍA

I.- El art. 75.1 de la Ley de Bases de Régimen Local, en cuanto a los regidores y regidoras en dedicación exclusiva, dispone que: “Los miembros de las Corporaciones Locales percibirán retribuciones por el ejercicio de sus cargos cuando los desarrollen con dedicación exclusiva, en este caso serán dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, asumiendo las Corporaciones el pago de las cuotas empresariales que corresponda, salvo lo que se dispone en el artículo anterior.

En el supuesto de estas retribuciones, su percepción será incompatible con la de otras retribuciones con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas y de sus entes, organismos o empresas dependientes, así como por el desarrollo de otras actividades, todo esto en los términos de la ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas”

II.- La declaración de compatibilidad de la dedicación, sea exclusiva o parcial, con otras actividades, exige, aparte de la normativa antes expresada, el cumplimiento de un catálogo de normas de conducta que ha estado perfilando la normativa, y que además están ahora incorporadas en el plan antifraude del Ayuntamiento. Entre otros y a título enunciativo, podemos enumerar las siguientes:

1.ª La dedicación preferente a las tareas propias del cargo, no pudiendo el ejercicio de sus ocupaciones privadas originar detrimento a su dedicación a la Corporación.

2.ª No invocar o hacer uso de su condición pública en el ejercicio de la profesión privada.

3.ª No ejercer la profesión en aquellos asuntos que se relacionen directamente con los que desarrolla el Ayuntamiento.

4.ª No ejercer actividades privadas en las cuales tengan que intervenir por razón de su cargo público.

5.ª No pertenecer a Consejos de Administración o órganos rectores de empresas o entidades privadas cuando su actividad esté directamente relacionada con las cuales gestione el Ayuntamiento.

6.ª No ejercer, por sí o persona interpuesta, cargos de todo orden en empresas o sociedades concesionarias, contratistas de obras, servicios o suministros, arrendatarias o administradoras de monopolios, o con participación o aval del sector público.

7.ª No tener participación superior al 10 por 100 en el capital de las empresas o sociedades a que se refiere el párrafo anterior.

III.- Se propone al pleno municipal la dedicación exclusiva de la regidora Sra. Helena Cayetano Gómez, la cual ha sido declarada con efectos de día 1 de septiembre de 2023 en la situación de servicios especiales respecto de su plaza de profesora de la Consejería de Educación y Universidades.

Por lo tanto, se elevan a la consideración del Pleno del Ayuntamiento las siguientes PROPUESTAS De ACUERDO:

Primero.- Declarar, en conformidad con el que dispone el art. 75 de la Ley de Bases de Régimen Local, en la situación de dedicación exclusiva y una retribución por importe íntegro anual de 41.624,48.- euros, con efectos de día 1 de septiembre de 2013, dándola de alta al régimen general de la seguridad social, a la regidora Sra. Helena Cayetano Gómez.

Segundo.- La percepción de esta retribución imposibilita la percepción de indemnizaciones por asistencia a sesiones de organismos colegiados.

Tercero.- La anterior retribución será actualizada en los momentos y con las mismas condiciones que prevea la Ley de Presupuestos Generales del Estado u otra normativa con rango de Ley que regule y fije las retribuciones de los trabajadores públicos.

Cuarto.- Publicar los anteriores acuerdos en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de conformidad con lo que dispone el art. 75.5 de la Ley de Bases de Régimen Local.»

Documento firmado electrónicamente (18 de septiembre de 2023)

El alcalde Virgilio Moreno Sarrió