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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 600881
Convocatoria: bases reguladoras de la campaña “Quédate en Andratx”

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Aprobada por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada día 18 de septiembre de 2023 las Bases reguladoras y convocatoria para la concesión, en el municipio de Andratx, de la subvenciones para llevar a cabo la campaña “Quédate en Andratx” para ayudar a promover el desarrollo socioeconómico del municipio. Se hace público el extracto publicado en la Base de datos Nacional de Subvenciones: «Extracto convocatoria para la campaña “Quédate en Andratx” para promover el desarrollo socioeconómico del municipio»

Código de la Convocatoria: 717386

En conformidad con el previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003. de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual puede consultarse en la Base de datos Nacional de Subvenciones.

Primero. Beneficiarios.

Pueden ser entidades beneficiarias de estas ayudas las personas físicas y jurídicas privadas, las agrupaciones de personas físicas y jurídicas privadas y las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aunque no tengan personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las acciones que se pretende fomentar, titulares de establecimientos abierto al público enmarcados dentro de los siguientes epígrafes del Impuesto de actividades Económicas:

-Grupo 651. Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzado ,pieles y artículos de cuero: 651.1 / 651.2 / 651.3 / 651.4 / 651.5 / 651.6 / 651.7

-Grupo 652. Comercio al por menor de medicamentos y de productos farmacéuticos; comercio al por menor de artículos de droguería y limpieza; perfumería y cosméticos de todas clases; y de productos químicos en general; comercio al por menor de hierbas y plantas en herbolarios: 652.2 / 652.3 / 65.4

-Grupo 653. Comercio al por menor de artículos para la equipación del hogar y construcción: 653.1 / 653.2 / 653.3 / 653.6 / 653.9

-Grupo 659 Otro comercio al por menor.

-Grupo 662. Comercio mixto o integrado al por menor.

-Grupo 971. Lavanderías, tintorerías y servicios similares: 971.1 / 971.2 / 97.3

-Grupo 972. Salones de peluquería e instituciones de belleza: 972.1 / 972.2

-Grupo 973. Servicios fotográficos, máquinas automáticas fotográficas y servicios de fotocopias: 973.1

Segundo. Objeto y finalidad de la convocatoria.

El objeto de esta convocatoria es la regulación de las condiciones que tienen que regir la concesión de subvenciones en régimen de evaluación individualizada, como medida de fomento de la economía. Consiste en una convocatoria de bonos de consumo para apoyar al comercio local de Andratx, y contribuir con la dinamización de los entornos urbanos y a la cohesión del tejido social a través de la actividad comercial.

Se pondrá a disposición de los comercios adheridos una serie de vales descuento que se podrán aplicar en la venta de productos y servicios a sus clientes dentro de la campaña “Quédate en Andratx”. Cada persona beneficiaria podrá acceder a un máximo de 2 bonos, cada bono tiene un valor de 20 euros sobre una compra mínima de 30 euros.

Tercero. Régimen jurídico

En todo aquello no previsto en estas bases reguladoras será aplicable la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; las bases de ejecución del Presupuesto Municipal del Ayuntamiento de Andratx del año 2023; la ordenanza general reguladora de la concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Andratx publicada en el BOIB n.º 47, de 20 de abril de 2017; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el Real decreto legislativo 2/2004 por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y cualquier otra disposición normativa que pueda ser aplicable.

 

Cuarto. Cuantía y crédito presupuestario

La cuantía destinada a atender esta subvención es de 65.000€, con cargo a la aplicación presupuestaria 430.47200 pertinente del presupuesto municipal 2023.

Siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan, se podrá aumentar el importe de la convocatoria hasta 15.000€ adicionales. Esto supondrá un incremento de los bonos de descuento, que se distribuirán en iguales condiciones que se determinan en estas bases reguladoras.

Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOIB, y finaliza 7 días después en su publicación. La presentación de solicitudes se realizará a través de una plataforma web diseñada para la gestión y la ejecución de esta convocatoria.

Lo cual se hace público para su general conocimiento.

 

(Firmado electrónicamente: 20 de septiembre de 2023

La alcaldesa presidenta Estefanía Gonzalvo Guirado)