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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 600161
Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de corrección de errores de la Resolución de fecha 22 de diciembre de 2022 por la cual se aprueba la convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario de la Agencia Tributaria de las Illes Balears (BOIB n.º 168, de 27 de diciembre)

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Texto

Antecedentes

1. En fecha 27 de diciembre de 2022 se publicó en el BOIB n.º 168 la Resolución de la consejera Presidencia, Función Pública e Igualdad por la cual se aprueba la convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario de la Agencia Tributaria de las Illes Balears.

2. En esta resolución se ha advertido un error en el punto 17.1 de las bases específicas, dado que prevé incluir la adjudicación del lugar de trabajo en la resolución de la consejera por la cual se aprueban las listas de aspirantes que hayan superado el concurso extraordinario de méritos, cuando lo correcto es incluirla en la resolución de nombramiento que dicte la Presidenta de la ATIB.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que estas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos que haya en sus actos.

2. Por otro lado, el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativos corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.

3. El artículo 15 de la Ley 3/2008, de 14 de abril, de creación y regulación de la Agencia Tributaria de las Illes Balears, en relación con el convenio de colaboración entre la Consellería de Presidencia, Función Pública e Igualdad, la Escuela Balear de Administración Pública y la Agencia Tributaria de las Illes Balears de delegación de la competencia para la convocatoria y la gestión del proceso de estabilización de este ente público (BOIB n.º 116, de 3 de septiembre).

4. El Decreto 16/2023, de 20 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

5. El Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las lles Balears.

6. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Rectificar en los términos que establece el anexo de la presente Resolución, el error advertido en la Resolución de la consejera Presidencia, Función Pública e Igualdad por la cual se aprueba la convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario de la Agencia Tributaria de las Illes Balears (BOIB n.º 168, de 27 de diciembre de 2022).

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en el Portal del Opositor/a de la Dirección General de Función Pública y en la sede electrónica de la Administración de la CAIB.

Interposición de Recursos

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas en el plazo de un mes, contador desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

También se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses, contadores desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 21 de septiembre de 2023)

La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antònia Maria Estarellas Torrens

 

ANEXO

Donde dice:

17.1 Lista de aspirantes seleccionados

De acuerdo con la propuesta del tribunal, la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad dictará una resolución por la cual se aprueban las listas de aspirantes que hayan superado el concurso extraordinario de méritos para los diferentes cuerpos o escalas, separadas por islas, que se ha de publicar en el tablón de anuncios del EBAP y en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Esta resolución incluirá la adjudicación del lugar de trabajo.

17.2 Nombramiento

Las personas que hayan superado el proceso selectivo serán nombradas, por resolución de la presidenta de la ATIB, personal funcionario de carrera del cuerpo o escala correspondiente de la administración de la ATIB. Esta resolución se publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears el mismo día que la publicación de la lista de aspirantes que han superado el concurso.

Ha de decir:

17.1 Lista de aspirantes seleccionados

De acuerdo con la propuesta del tribunal, la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad dictará una resolución por la cual se aprueban las listas de aspirantes que hayan superado el concurso extraordinario de méritos para los diferentes cuerpos o escalas, separadas por islas, que se ha de publicar en el tablón de anuncios de la EBAP y en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

17.2 Nombramiento

Las personas que hayan superado el proceso selectivo serán nombradas, por resolución de la presidenta de la ATIB, personal funcionario de carrera del cuerpo o escala correspondiente de la administración de la ATIB. Esta resolución incluirá la adjudicación de los lugares de trabajo y se publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears el mismo día que la publicación de la lista de aspirantes que han superado el concurso.