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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TERRITORIO Y MOVILIDAD

Núm. 599307
Acuerdo de encomienda de gestión al Consorcio de Transportes de Mallorca para la redacción de los pliegos de prescripciones técnicas, la valoración técnica de las ofertas, los informes y la dirección técnica del contrato en lo referente a la ejecución de la actuación «Solución tecnológica para la modernización del servicio del taxi y el transporte a la demanda en las Illes Balears», con cargo a los fondos europeos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

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Texto

 

Primero Antecedentes

A consecuencia de la especialidad tecnológica del contrato anteriormente mencionado, se considera conveniente que la Consejería de Vivienda, Territorio y Movilidad realice una encomienda de gestión al Consorcio de Transportes de Mallorca (en adelante, CTM), en virtud de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y el artículo 30 Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para que CTM ponga a disposición de la Dirección General de Movilidad los medios de carácter técnico y material necesarios para la ejecución de la actuación mencionada en el encabezamiento.

Mediante esta encomienda de gestión, el jefe de informática de CTM dará apoyo a la Dirección General de Movilidad para la redacción de los pliegos técnicos, los informes, la valoración técnica de las ofertas y la dirección técnica del mencionado contrato.

Segundo Justificación de la necesidad

Para llevar a cabo la actuación antes mencionada, la Consejería de Vivienda, Territorio y Movilidad licitará la contratación del objeto con la redacción previa de los pliegos administrativos y técnicos. Así mismo, la Consejería de Vivienda, Territorio y Movilidad supervisará la correcta ejecución del contrato.

La Consejería de Vivienda, Territorio y Movilidad tan solo dispone de un jefe de la Sección de Informática, que está asistido por tres técnicos con formación de FP y que, dado el volumen de trabajo de la Consejería, no pueden apoyar este proyecto.

El Consorcio de Transportes de Mallorca tiene, como personal informático, un jefe del Departamento y catorce técnicos informáticos de sistemas y desarrollo, que llevan a cabo las tareas de desarrollo de una aplicación de ticketing, lo que supone una gran experiencia en este ámbito.

Por este motivo, se considera de interés para la Dirección General de Movilidad colaborar con CTM para redactar los pliegos técnicos, los informes, la valoración técnica de las ofertas y la dirección técnica del contrato mencionado.

Los objetivos son los siguientes:

— Antes del día 30 de septiembre de 2023 se tiene que haber licitado el 100 % del importe recibido.

— Antes del día 30 de junio de 2024 se tiene que haber adjudicado el 100 % del importe recibido.

— La inversión tiene que estar finalizada y justificada antes del 30 de junio de 2026.

Tercero Justificación de la oportunidad

Se considera que la formalización de la encomienda de gestión mediante el acuerdo es el procedimiento más oportuno para lograr las necesidades planteadas por los siguientes motivos:

1. El acuerdo de colaboración tiene justificación por razones de eficacia.

CTM dispone de ingenieros e informáticos plenamente calificados para llevar a cabo con eficacia las tareas que se incluirán en este acuerdo de colaboración.

En particular, los estatutos de CTM, aprobados por el Decreto 58/2013, de 20 de diciembre, establecen que tiene como finalidad la planificación, el establecimiento y el mantenimiento de un sistema común de transportes en el ámbito de Mallorca, mediante la coordinación y la interconexión de las redes, los servicios y las actividades que lo integran, las actuaciones de los diferentes órganos y las de las administraciones públicas competentes.

2. Las tareas relativas a la contratación de la ejecución del objeto mencionado serán llevadas a cabo por el órgano de contratación de la Consejería de Vivienda, Territorio y Movilidad. Las prestaciones incardinadas a este acuerdo de colaboración no tendrán cabida en contratos regulados por la normativa de contratación del sector público.

Las tareas reservadas al personal adscrito al acuerdo de colaboración no podrán ser contratadas externamente.

3. La Consejería de Vivienda, Territorio y Movilidad no tiene medios técnicos idóneos para la ejecución del proyecto.

Cuarto Tareas por desarrollar

1. Redacción de los pliegos de prescripciones técnicas

El personal de CTM redactará los pliegos técnicos para la licitación del contrato relativo a la «Solución tecnológica para la modernización del servicio del taxi y el transporte a la demanda en las Illes Balears», con cargo a los fondos europeos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dada su experiencia en otros proyectos informáticos.

2. Valoración técnica de las ofertas e informes

Los técnicos de CTM elaborarán los informes de valoración técnica de las ofertas presentadas, así como cualquier otro informe que sea necesario durante el desarrollo del contrato.

3. Dirección técnica del contrato

El equipo de técnicos informáticos de CTM, con los conocimientos y la experiencia exigida, controlarán el correcto desarrollo en la ejecución de la aplicación de gestión integral del uso del taxi en el ámbito de las Illes Balears (objeto del contrato de licitación).

Quinto Medios adscritos al acuerdo

Las tareas objeto de este acuerdo ser´án llevadas a cabo por el jefe de informática de CTM.

Sexto Régimen económico

Este acuerdo no supondrá ningún gasto; sin embargo, los gastos sobrevenidos se instrumentalizarán mediante el procedimiento que resulte de aplicación de acuerdo con la normativa económico-financiera de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Séptimo Plazo de vigencia

El plazo de vigencia de este acuerdo será de treinta meses, que es la duración del contrato, sin perjuicio de que pueda prorrogarse.

Octavo Titularidad

El acuerdo no supondrá la cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos del ejercicio atribuidos a la Dirección General Movilidad.

 

Noveno Protección de datos

La Dirección General de Movilidad tendrá la condición de encargada del tratamiento de los datos de carácter personal a los que pueda tener acceso en ejecución del acuerdo, siéndole de aplicación lo dispuesto en la normativa de protección de datos de carácter personal.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (21 de septiembre de 2023)

La consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad y presidenta del Consejo de Administración del Consorcio de Transportes de Mallorca Marta Vidal Crespo