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CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 599153
Lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a la beca de investigación del área de Igualdad y LGTBI del Consell Insular de Formentera de 2023
Por resolución de Presidencia núm. 2023/3432, de 20 de octubre, se aprueba la lista provisional de admitidos y excluidos a la Beca de investigación del área de Igualdad y LGTBI del Consell Insular de Formentera de 2023, de conformidad con lo siguiente:
La Comisión de Gobierno del Consell Insular de Formentera, en sesión celebrada el 21 de julio de 2023, aprobó la convocatoria y las bases para regular la concesión de una Beca de investigación por el impulso de la investigación científica vinculada a la recuperación histórica de las mujeres en la isla de Formentera teniendo en cuenta todas las etapas de la vida. Estas bases fueron publicadas en el BOIB número 2022/107, de 1 de agosto.
Vista la documentación presentada por los aspirantes que se ha tramitado según el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Visto que la cláusula séptima de las bases de la convocatoria establece que a la finalización del periodo de presentación de solicitudes el Consell Insular de Formentera publicará la lista provisional de admitidos y excluidos en el procedimiento, estableciéndose un plazo desde el día siguiente de la publicación del listado en la web de la institución y en el tablón de anuncios, para enmendar las causas especificadas como motivo de exclusión.
Por todo lo anterior, y en uso de las competencias que me confiere la legislación vigente
HE RESUELTO
1. Aprobar la siguiente lista provisional de aspirantes admitidos, por haber presentado la documentación completa:
Núm. Orden |
Investigadores |
---|---|
1 |
DNI: 46997648-T DNI: 21780270-Y |
2 |
NIE: X-8664286-W NIE: X-5654098-P |
2. Hacer público que ningún proyecto de los presentados ha quedado excluido
3. Recordar que de acuerdo con la Base 7 de las Bases de la convocatoria, las personas solicitantes disponen de un plazo de 10 DÍAS HÁBILES para que enmienden los defectos detectados en la documentación presentada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, a partir del día siguiente de la publicación de este en el tablón de anuncios virtual de la web del Consell.
4. Publicar esta resolución en el tablón de anuncios y en la página web de la Corporación para que, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación, las personas interesadas puedan formular las reclamaciones o presentar la documentación que estimen pertinente.
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa; y, por tanto, no procede interponer recurso en este momento. Todo lo anterior, sin perjuicio de las demás alegaciones, reclamaciones o impugnaciones que el interesado considere oportunas, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente acuerdo."
Formentera, a la fecha de la firma electrónica (20 de septiembre de 2023)
El presidente Lorenzo Córdoba Marí