Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
INSTITUTO DE ESTUDIOS BALEARICOS
Núm. 595319
Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se aprueba la lista de aspirantes que han superado el proceso de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de asesoramiento lingüístico (grupo A), documentalista (grupo B), técnico de tramitación (grupo B), administrativo (grupo C) y auxiliar administrativo (grupo D) del Instituto de Estudios Baleáricos, y se adjudican los puestos de trabajo correspondientes
Antecedentes
1. Mediante la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos (IEB) de 21 de diciembre de 2022 (BOIB núm. 168, de 27 de diciembre de 2022; corrección de errores, BOIB núm. 22, de 18 de febrero de 2023), se aprobó la convocatoria del proceso de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal laboral del IEB.
2. Los tribunales de dicho proceso, nombrados mediante la Resolución del presidente del IEB de 4 de abril de 2023 (BOIB núm. 47, de 13 de abril de 2023), después de elaborar y publicar las listas definitivas con las puntuaciones obtenidas por los aspirantes respectivos, han elevado al presidente del IEB la propuesta de aspirantes que han superado el proceso selectivo del concurso, de acuerdo con el punto 13.3 de las bases de la convocatoria.
Fundamentos de derecho
1. El Consejo de Dirección del IEB aprobó, en fecha de 25 de mayo de 2022 (BOIB núm. 70, de 31 de mayo de 2022), la oferta pública de estabilización correspondiente al personal laboral al servicio del IEB, en el marco de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
2. El artículo 10.n) de los Estatutos del IEB, aprobados mediante el Decreto 48/2018, de 21 de diciembre (BOIB núm. 6, de 12 de enero de 2019), establece que una de las funciones del presidente del IEB es dictar los actos que sean necesarios para desarrollar los acuerdos del Consejo de Dirección.
3. El punto 14.1 del anexo 2 de la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos de 21 de diciembre de 2022 por la que se aprueba la convocatoria del proceso de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal laboral del Instituto de Estudios Baleáricos (BOIB núm. 168, de 27 de diciembre de 2022; corrección de errores, BOIB núm. 22, de 18 de febrero de 2023), dispone que el presidente del IEB, de acuerdo con las propuestas de aspirantes que han superado el proceso selectivo del concurso elaboradas por los diferentes tribunales, debe dictar una resolución para aprobar la lista de aspirantes que han superado el concurso extraordinario de méritos, la cual se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el sitio web del IEB, y tiene que contener la adjudicación de los puestos de trabajo.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar, de acuerdo con lo indicado en el anexo, la lista de aspirantes que han superado el proceso de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de asesoramiento lingüístico (grupo A), documentalista (grupo B), técnico de tramitación (grupo B), administrativo (grupo C) y auxiliar administrativo (grupo D) del Instituto de Estudios Baleáricos (IEB), convocado por la Resolución del presidente del IEB de 21 de diciembre de 2022, y adjudicar a estas personas los puestos de trabajo correspondientes.
2. Informar que, de acuerdo con los puntos 14.2 y 14.3 de las bases de la convocatoria, la persona interesada tiene que formalizar el contrato como personal laboral fijo del IEB de la categoría y especialidad correspondientes, cuya firma debe efectuarse en el plazo de tres días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 37 del Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso del Personal al Servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
De acuerdo con el punto 14.3 de las bases de la convocatoria, antes de la firma del contrato del puesto adjudicado, la persona interesada debe hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni realiza ninguna actividad en el sector público de los indicados en el artículo 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Por otro lado, si la persona interesada lleva a cabo alguna actividad privada, incluidas las de carácter profesional, debe declararlo en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la firma del contrato con el fin de que el órgano competente acuerde la declaración de compatibilidad o de incompatibilidad.
3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en los webs del IEB y en la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse un recurso potestativo de reposición ante el presidente del Instituto de Estudios Baleáricos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También podrá interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 7 de septiembre de 2023)
El presidente del Instituto de Estudios Baleáricos Jaime Bauzá Mayol