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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 592201
Modificación de las bases generales que deben regir los procesos de selección de personal laboral del Consell Insular d’Eivissa

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Texto

En reunión ordinaria del Consejo Ejecutivo del Consell Insular d'Eivissa, de fecha 16 de diciembre de 2022, se acordó:

(...)

PRIMERO. Modificar la base tercera, punto 1, de las Bases generales que deben regir los procesos de selección de personal laboral del Consell Insular d'Eivissa, de las correspondientes ofertas de ocupación pública, en la forma que seguidamente se detalla:

Donde dice:

"La tasa se fija de acuerdo con el artículo 7 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos del CIE (BOIB núm. 174 EXT., de 21 de noviembre de 2005)."

Debe decir:

"La tasa se fija de acuerdo con el artículo 7 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos del CIE (BOIB núm. 174 EXT., de 21 de noviembre de 2005) modificada y publicado el texto íntegro consolidado en el BOIB núm. 106., de 11 de agosto de 2022."

SEGUNDO. Modificar la base tercera, punto 4, de las Bases generales que deben regir los procesos de selección de personal laboral del Consell Insular d'Eivissa, de las correspondientes ofertas de ocupación pública, en la forma que seguidamente se detalla:

Donde dice:

"3.4. Quedan exentas del pago de la tasa las personas que se encuentren en situación de desempleo, las familias numerosas y las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

(...)"

Debe decir:

"3.4. Las bonificaciones se fijan de acuerdo con el artículo 8 de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos del CIE (BOIB núm. 106, de 11 de agosto de 2022), y tendrán derecho a bonificación del pago de la tasa, las siguientes personas y según los porcentajes que se indican:

- Personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33% - Bonificación del 50%

- Personas que figuren como demandantes de empleo - Bonificación del 50%

- Miembros de familia numerosa general - Bonificación del 50%

- Miembros de familia numerosa especial - Bonificación del 75%

(...)"

TERCERO. Modificar la base tercera, punto 5, de las Bases generales que deben regir los procesos de selección de personal laboral del Consell Insular d'Eivissa, de las correspondientes ofertas de ocupación pública, en la forma que seguidamente se detalla:

Donde dice:

"3.5. La falta de justificación del abono de la tasa o del derecho de exención determina la exclusión de la persona aspirante."

 

Debe decir:

"3.5. La falta de justificación del abono de la tasa determina la exclusión de la persona aspirante."

CUARTO. Eliminar de la base tercera, el punto 3.6, de las Bases generales que deben regir los procesos de selección de personal laboral del Consell Insular d'Eivissa, de las correspondientes ofertas de ocupación pública.

QUINTO. Publicar la modificación de las bases en el Boletín Oficial de les Illes Balears (BOIB) y en la sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa, seu.conselldeivissa.es.

 

Eivissa, 18 de septiembre de 2023

El jefe de servicio de Recursos Humanos Agustín Goerlich López