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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 588085
Departamento de Planeamiento y Gestión urbanística. Servicio jurídico-administrativo de Planeamiento. Exp: PJ22-0001. Aprobar definitivamente el Proyecto de Modificación del ámbito de las UE/71-03 y UE/71-04, y cambio de la modalidad del sistema de reparcelación

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Texto

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el 27 de julio de 2023, aprobó definitivamente el Proyecto de Modificación del ámbito de las UE/71-03 y UE/71-04, y cambio de la modalidad del sistema de reparcelación, de cooperación a compensación en la UE/71-04, redactado por los Servicios técnicos municipales, y que ya fue objeto de aprobación inicial por acuerdo de la Junta de Gobierno de 08/03/2023, atendido el resultado de la información pública, con el siguiente acuerdo:

“INFORME DE LA TAG JEFA DE SERVICIO.- En fecha 08/03/2023, por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma se aprobaba inicialmente el proyecto de Modificación del ámbito de las UE/71-03 y UE/71-04, y cambio de la modalidad del sistema de reparcelación, de cooperación a compensación en la UE/71-04. Esta modificación fue solicitada por METROVACESA SA como propietaria de la UE/71-04, y el proyecto fue redactado por los servicios técnicos municipales.

El mencionado proyecto fue sometido a información pública por un plazo de veinte días, mediante su publicación en el BOIB n.º 36 de día 21/03/2023 (edicto 2438 ), en el diario “Diario de Mallorca ” de día 24/03/2023, y en el tablón  electrónico de anuncios y edictos de la sede electrónica de esta Corporación de día 17/03/2023 hasta día 18/04/2023 y citación personal a los propietarios afectados. 

Durante el plazo de información pública no se han presentado alegaciones.  

En fecha 23 de abril de 2023 ha entrado en vigor el nuevo Reglamento general de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares para la isla de Mallorca, que ha derogado el anterior RLOUS. El nuevo Reglamento regula en el artículo 118 la delimitación de las unidades de ejecución, y no introduce ningún cambio normativo de carácter sustantivo que pudiera afectar el presente expediente.

Visto  el artículo 73 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares (LUIB) junto con el artículo 118 del Reglamento general de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares para la isla de Mallorca.

Vistos   los artículos 172 y 175 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales; los art.123.1.y), 122-4-a), y con el quórum establecido en el artículo 123.2 del capítulo II, título X de la Ley 7/85 de 2 de abril, modificada por la Ley 57/03, de 16 de diciembre de Medidas por la modernización del gobierno local, RDL 781/86, de 18 de abril; se considera que el Consejo de la Gerencia puede adoptar la siguiente resolución:

Proponer a la Junta de Gobierno la aprobación definitiva del Proyecto de Modificación del ámbito de las UE/71-03 y UE/71-04, y cambio de la modalidad del sistema de reparcelación, de cooperación a compensación en la UE/71-04, para que sea elevado al Pleno del  Ayuntamiento, previo dictamen de la Comisión Informativa la adopción del siguiente

ACUERDO

1.º- Aprobar definitivamente el Proyecto de Modificación del ámbito de las UE/71-03 y UE/71-04, y cambio de la modalidad del sistema de reparcelación, de cooperación a compensación en la UE/71-04, redactado por los Servicios técnicos municipales, y que ya fue objeto de aprobación inicial por acuerdo de la Junta de Gobierno de 08/03/2023, atendiendo al resultado de la información pública.

2.º- Publicar este acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, con la localización de las unidades de ejecución afectadas. Este acuerdo, junto con el contenido íntegro del Proyecto que se aprueba definitivamente (también, por lo tanto, el documento económico elaborado por el Servicio municipal de Valoraciones), se publicará en el tablón electrónico de anuncios y edictos de la sede electrónica de esta Corporación.

3.º- Notificar el presente acuerdo a los titulares afectados.

4.º- Comunicar el presente acuerdo al Archivo de Urbanismo, al Consejo Insular de Mallorca y a la Delegación de Gobierno, con una copia del proyecto que ha sido aprobado.

5.º- Comunicar el presente acuerdo a todos los servicios municipales que se puedan encontrar afectados, particularmente al Servicio de Gestión Urbanística y a la Oficina de la Revisión del Plan General.”

Cumpliendo con el art. 118 del Reglamento general de la ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares para la isla de Mallorca,  se publica para el conocimiento general y a los efectos oportunos.

Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo de conformidad con el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 45 y ss. de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdic­ción contenciosa administrativa, modificada por la Ley orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, ante la Sala contenciosa administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de la publicación. Esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere pertinente.

En cumplimiento del art. 12.4.d) de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares, el contenido íntegro del Proyecto aprobado definitivamente está disponible a través del siguiente enlace:

https://ajtpalma.sharepoint.com/:f:/s/Planejament/EuIjOnUGxftKimIDXnq2R80BbsWDdepe22mbv_Nw5ojQ7Q?e=31YTds

Se publica la localización de las unidades de ejecución afectadas, correspondientes a las  UE/ 71-03 y 71-04

 

(Firmado electrónicamente: 4 de septiembre de 2023)

La jefa de servicio p.d. Decreto de Alcaldía nº  3000/2014, de 26/02/2014 (BOIB nº  30 de  4-03-2014) Sara Lozano Ibáñez

Documentos adjuntos