Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
AGENCIA TRIBUTARIA DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 578602
Corrección de errores del anuncio de la Agencia Tributaria de les Illes Balears de notificación colectiva de liquidaciones y anuncio de cobranza de determinados tributos del Ayuntamiento de Santa Margalida correspondientes al ejercicio 2023, publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 112, de 12 de agosto de 2023
Habiéndose advertido un error en la versión castellana del anuncio de la Agencia Tributaria de les Illes Balears de notificación colectiva de liquidaciones y anuncio de cobranza de determinados tributos del Ayuntamiento de Santa Margalida correspondientes al ejercicio 2023 (edicto núm. 7609, publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 112, de 12 de agosto de 2023), de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 56.2 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, se publica la corrección siguiente:
Donde dice:
“1. Según lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, a los efectos de notificación colectiva de las correspondientes liquidaciones, se pone en conocimiento de los contribuyentes que quedan expuestos en la sede del Ayuntamiento de Santa Margalida durante el periodo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears, los padrones correspondientes al ejercicio 2023 del impuesto sobre actividades económicas, del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento del dominio público por entradas de vehículos (vados), de la tasa de alcantarillado y de la tasa de recogida, transporte, transferencia y eliminación de basuras.
Contra las liquidaciones contenidas en los padrones se podrá interponer recurso de reposición ante el Ayuntamiento de Santa Margalida, previo al contencioso administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período de exposición pública de los correspondientes padrones (art. 14.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo).
2. A los efectos previstos en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 939/2005, de 29 de julio), se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados del Ayuntamiento de Santa Margalida que la Agencia Tributaria de las Illes Balears (a la que corresponde la función recaudatoria) procederá al cobro, en período voluntario, del impuesto sobre actividades económicas, del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento del dominio público por entradas de vehículos –vados–, de la tasa de alcantarillado, de la tasa de recogida, transporte, transferencia y eliminación de basuras y de otras tasas y precios públicos correspondientes al ejercicio 2023, en el plazo y en las formas que se indican a continuación […]”
Debe decir:
“1. Según lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, a los efectos de notificación colectiva de las correspondientes liquidaciones, se pone en conocimiento de los contribuyentes que quedan expuestos en la sede del Ayuntamiento de Santa Margalida durante el periodo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears, los padrones correspondientes al ejercicio 2023 del impuesto sobre actividades económicas, del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento del dominio público por entradas de vehículos (vados) y de la tasa de recogida, transporte, transferencia y eliminación de basuras.
Contra las liquidaciones contenidas en los padrones se podrá interponer recurso de reposición ante el Ayuntamiento de Santa Margalida, previo al contencioso administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período de exposición pública de los correspondientes padrones (art. 14.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo).
2. A los efectos previstos en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 939/2005, de 29 de julio), se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados del Ayuntamiento de Santa Margalida que la Agencia Tributaria de las Illes Balears (a la que corresponde la función recaudatoria) procederá al cobro, en período voluntario, del impuesto sobre actividades económicas, del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento del dominio público por entradas de vehículos –vados–, de la tasa de recogida, transporte, transferencia y eliminación de basuras y de otras tasas y precios públicos correspondientes al ejercicio 2023, en el plazo y en las formas que se indican a continuación […]”
Palma, 13 de septiembre de 2023
El administrador tributario Justo Alberto Roibal Hernández (Por suplencia por motivo de vacancia de la Dirección de la ATIB –art. 5.3 de la Orden de la Consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 22 de diciembre de 2016 por la que se regula la estructura organizativa y funcional de la Agencia Tributaria de las Illes Balears; BOIB núm. 163, de 29/12/2016–)