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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y PATRIMONIO

Núm. 577285
Resolución de la vicepresidenta primera del Consejo Insular de Mallorca y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio por la cual se aprueba la concesión de las subvenciones para el fomento de la competitividad de la artesanía de Mallorca 2023

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Texto

La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio, el día 6 de septiembre de 2023 dictó la siguiente

RESOLUCIÓN

“Antecedentes

1. El día 3 de abril de 2023, el consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Promoción Económica y Desarrollo Local dictó la resolución de aprobación de la convocatoria de las subvenciones para el fomento de la competitividad de la artesanía de Mallorca 2023 y autorizó el correspondiente gasto, por un importe total de 150.000,00€, de acuerdo con la distribución siguiente: 100.000,00€, con cargo a la aplicación 65.43110.47900, 40.000,00€, con cargo a la aplicación 65.43110.48900 y 10.000,00€, con cargo a la aplicación 65.43900.46200 del presupuesto de gastos vigente del Consejo Insular de Mallorca.

2. La convocatoria y el extracto se publicaron en el BOIB nº. 49, de día 18 de abril de 2023 por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

3. Dentro del plazo establecido en la descrita convocatoria, se presentaron 55 solicitudes de subvención.

4. El secretario técnico de Cultura y Patrimonio, como órgano instructor del procedimiento informó que las entidades propuestas como beneficiarias de la convocatoria cumplen los requisitos para acceder a las subvenciones.

5. La Comisión de Evaluación emitió el informe que fundamenta la propuesta de resolución de aprobación de la concesión de las subvenciones.

6. La sección de Artesanía emitió informe jurídico favorable sobre la propuesta de aprobación de la concesión de las subvenciones.

7. En el presupuesto de gastos del Consejo Insular de Mallorca del 2023 se dispone del crédito adecuado y suficiente para atender el gasto que se deriva de la concesión de las subvenciones, por un importe total de 89.000,37€, de acuerdo con la distribución siguiente: 80.250,37€, con cargo a la aplicación 65.43900.47900, 6.000,00€, con cargo a la aplicación 65.43900.46200 y 2.750,00€, con cargo a la aplicación 65.43900.48900.

8. El día 28 de agosto de 2023, la Intervención Delegada (Centre La Misericòrdia) fiscalizó de conformidad la aprobación de la concesión de las subvenciones. ( FLP 2023/9922)

Fundamentos<A[Fundamentos|Cimientos]> de derecho

1. El Departamento de Cultura y Patrimonio tiene, entre otros, la atribución de fomentar la competitividad, la capacitación y el desarrollo de las empresas artesanas, y crear canales para comercializar la artesanía, de acuerdo con el Decreto de la Presidencia del Consejo Insular de Mallorca, de día 28 de julio de 2023 por<A[por|para]> el cual se establecen las competencias de los departamentos del Consejo Insular de Mallorca ( BOIB nº. 106 de 29 de julio de 2023

2. La consejera<A[consejera|consellera]> ejecutiva de Cultura y Patrimonio es el órgano competente para resolver la presente convocatoria de subvenciones, así como, para<A[por|para]> disponer el correspondiente gasto que se deriva, de acuerdo con los artículos 33.2 k) y 33.2 l) de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consejos Insulares, en relación al artículo 39.2h del Reglamento Orgánico del Consejo de Mallorca y la base 24.5 de las de ejecución del presupuesto de gastos del consejo de Mallorca del 2023.

3. De acuerdo con el punto 10.3 de la convocatoria, en relación al artículo 18.4a) de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca, la consejera<A[consejera|consellera]> ejecutiva de Cultura y Patrimonio tiene que dictar la resolución de aprobación de la concesión de las subvenciones, la cual se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB). La información relativa a la concesión se incluirá en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

4. Les bases reguladoras de la convocatoria son las establecidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca, aprobada por Acuerdo del Pleno de 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21, de 18.02.2017), modificada por Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 BOIB nº. 96, de 04.08.2018).

5. El procedimiento de concesión de las presentes subvenciones se tramita en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con el artículo 17.1 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca, en relación a los puntos 4, 10 y 11 de la convocatoria.

6. En el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva previsto en la presente convocatoria, las solicitudes presentadas se tienen que comparar mediante los criterios de valoración establecidos en el punto 11 de la convocatoria con la finalidad de establecer una prelación entre estas. De esta manera, se admitirán las solicitudes que obtengan una valoración más alta, de acuerdo con los criterios mencionados, siempre dentro de los límites previstos a los puntos 5 y 6 de la convocatoria y el crédito disponible.

No obstante, lo anterior, en el presente caso no ha sido necesario establecer un orden de prelación entre las solicitudes presentadas dado que el crédito consignado en la convocatoria ha resultado suficiente para atender el total de las solicitudes admitidas, en el sentido del segundo párrafo del artículo 17.1 del OGS, en relación con el punto 4.3 de la convocatoria.

7. El punto 5.6 de la convocatoria prevé que, si en el momento de la concesión no se concede el crédito inicialmente previsto a la convocatoria y hay un importe remanente en alguna de las aplicaciones del capítulo IV de la convocatoria, este importe remanente podrá aumentar el de la aplicación en la que el crédito no haya resultado suficiente para atender las solicitudes admitidas. Primero, se atenderán las solicitudes admitidas de la misma línea, y sucesivamente las solicitudes de acuerdo con el orden de línea siguiente: 1, 2, 3 i 4.

8. Dado que el crédito consignado en todas las aplicaciones ha resultado superior al crédito solicitado, el reparto del crédito se ha hecho de la manera siguiente:

a) En relación a las solicitudes de la aplicación 65.43900.47900 para empresas y autónomos, el crédito establecido a las líneas 1, 2 y 3 ha resultado superior al crédito solicitado, de manera que ha habido un remanente que ha permitido cubrir la falta de crédito de la línea 4 dentro de la misma aplicación por un importe de 15.861,19 €.

b) En relación a las solicitudes de la aplicación 65.43900.46200 para Ayuntamientos, el crédito total establecido a las líneas 1 y 3 es de 10.000,00 € (5.000,00 € para la Línea 1 y 5.000,00 € para la Línea 3).  El crédito solicitado para la Línea 1 ha sido de 6.000,00 € y de la línea 3 no se ha presentado ninguna solicitud. Por lo tanto, ha habido un remanente dentro de la línea 3 que ha permitido cubrir la falta de crédito de la línea 1 dentro de la misma aplicación por un importe de 1.000,00 €.

c) En relación a las solicitudes de la aplicación 65.43900.48900 para asociaciones, el crédito establecido a todas las líneas ha sido superior al crédito solicitado y ha habido un remanente por importe de 37.250,00€.

9. De acuerdo con los puntos 10.4, 10.6, 11 y 12 de la convocatoria, en relación al artículo 18 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca se ha constituido la Comisión de Evaluación, como órgano colegiado de valoración de las solicitudes que tiene que emitir informe en que se concreta el resultado de la evaluación efectuada y es el que sirve de base al órgano instructor para elaborar la propuesta de resolución definitiva.

10. El punto 11 de la convocatoria establece los criterios de valoración de las solicitudes y determina que será necesaria la obtención de un mínimo de 10 puntos para poder tener la consideración de beneficiario de la subvención.

11. El punto 10.5 de la convocatoria, en relación al artículo 18.2 de la OGS determina que se adjuntará al expediente un informe del secretario técnico, como órgano instructor, en el sentido que, de la información en su poder, las personas beneficiarias cumplen todos los requisitos necesarios para acceder, y específicamente están al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ante la Administración del Estado y con las obligaciones tributarias con el Consejo de Mallorca.

12. Les entidades propuestas como beneficiarias reúnen los requisitos para ser beneficiarios de esta convocatoria, de acuerdo con el punto 2 de la convocatoria, en relación al artículo 8 de la OGS.

13. L'article 9 e) de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca establece, como obligación de la persona beneficiaria, acreditar, antes de dictarse la propuesta de resolución de concesión, que está al corriente del cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de las obligaciones tributarias con el Estado y con el Consejo Insular de Mallorca y los organismos autónomos que de él dependen, y de las obligaciones con la Seguridad Social.

14. La propuesta de resolución de concesión de las presentes subvenciones se ajusta a la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca y específicamente, a lo previsto en el artículo 27.1 de la misma normativa.

15. La propuesta de resolución de concesión de las subvenciones se adecua a la base 35 de las de ejecución del presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca del 2023 relativa a los principios generales de la gestión y concesión de subvenciones.

16. El punto 10.5 de la convocatoria en relación al artículo 18.2.d) del OGS establece, entre otros que el órgano instructor, tiene que formular la propuesta de resolución definitiva a la vista del expediente y el informe del órgano colegiado de valoración

Por<A[Por|Para]> todo lo que se ha expuesto, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Admitir las solicitudes y conceder los importes, en concepto de subvenciones a las empresas, personas y entidades que se detallan en el Anexo I adjunto, para los proyectos y por los importes que constan, en el marco de la convocatoria de subvenciones para el fomento de la competitividad de la artesanía de Mallorca 2023.

2. Disponer el gasto que corresponde a la concesión anterior, por un importe total de 89.000,37€ (ochenta y nueve mil euros con treinta y siete céntimos), a favor de los beneficiarios que se detallan en el Anexo I adjunto, por los importes que figuran, de acuerdo con la distribución siguiente:

  • 80.250,37 € con cargo a la aplicación 65.43900.47900. (para empresas y autónomos)
  • 6.000,00€, con cargo a la aplicación 65.43900.46200. (para Ayuntamientos)
  • 2.750,00 €, con cargo a la aplicación 65.43900.48900. (para asociaciones)

3. Aceptar las solicitudes de renuncias que constan al Anexo II adjunto.

4. Tener por<A[para|por]> desistidas las solicitudes que figuran en el anexo III adjunto, por los motivos que se indican, de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

5. Anular el sobrante de la autorización del gasto, con cargo a la aplicación 65.43900.47900, por un importe de 19.749,63€ que es la diferencia entre el importe autorizado (100.000,00€) y el importe de la disposición del gasto en la concesión de las subvenciones (80.250,37€). ( A/ 920230010854).

6. Anular el sobrante de la autorización del gasto, con cargo a la aplicación 65.43900.48900, por el importe total de 37.250,00€, que es la diferencia entre el importe autorizado (40.000,00€) y el importe de la disposición del gasto (2.750,00€) en la concesión de las subvenciones. ( A/ 920230010856)

7. Anular el sobrante de la autorización del gasto, con cargo a la aplicación 65.43900.46200, por un importe total de 4.000,00€, que es la diferencia entre el importe autorizado (10.000,00€) y el importe de la disposición del gasto (6.000,00€) en la concesión de las subvenciones. ( A/ 920230010855).

8. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y que se remita la información en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

9. Contra esta resolución que no pone fin a la vía administrativa, pueden interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, que se ha de contar a partir del día siguiente de recibir esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante<A[ante|delante de]> este consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo/consejera<A[consejera|consellera]> ejecutiva o ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, pueden interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, que se contaran a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no han recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de seis meses, a contar a partir del día siguiente de la desestimación presunta.

No obstante lo anterior, pueden interponer, si procede<A[pega|ocurre]>, cualquier otro recurso que consideráis oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.”

 

(Firmado electrónicamente: 12 de septiembre de 2023

La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio Antònia Roca Bellinfante)

 

ANEXO I Solicitudes de subvención concedidas

Empresas y autónomos

Línea 1

Nº. Exp.

Nº. Segex

Línea

Nombre

Apellidos

Nº. DNI/NIE/NIF

Nombre del proyecto

Presupuesto

Importe Solicitado

Importe Subvención

ART2-30/23

949040M

L1

Damià

Mulet Vanrell

78211945P

Presentación nueva colección

451,06 €

451,06 €

451,06 €

ART2-43/23

949618P

L1

Antonio

Vallcaneras Bonet

41515706Q

Cata cafés.

3.025,00 €

3.000,00 €

3.000,00 €

Línea 2

ART2- 03/23

944571E

L2

Carlos Ernesto

Tellechea Voiron

50756414Z

Participación en la 23 Fería de Artesanía creativa de Sevilla

 

3.550,00 €

 

3.000,00 €

3.000,00 €

ART2- 04/23

944596P

L2

Anna Charlene

Arias Muller

47839656R

Participación en Winter Market Sitges 2022

 

588,05 €

 

588,05 €

588,05 €

ART2- 07/23

945491H

L2

Ferran

Permanyer Molist

47848213W

Asistencia mercados fuera de Mallorca, 22-23

 

852,58 €

 

852,58 €

852,58 €

ART2-12/23

946279C

L2

Nieves

Bosch Segui

43181596Q

Participación en Winter Market Sitges 2022

 

744,46 €

744,46 €

744,46 €

ART2-16/23

946984F

L2

Aïda

Rull Boldu

47653888G

Participación en Mercado de Navidad - 2022 Winter Market. y alojamiento hotel Sitges

 

624,82 €

624,82 €

624,82 €

ART2-22/23

948486R

L2

Celina

Bonansea Villalonga

07170455k

Mercado Medieval de Ibiza del 10 al 14 Mayo del 2023

 

524,74 €

524,74 €

524,74 €

ART2-35/23

949104A

L2

Catalina

Maestro Quetglas

37336678L

Participación Bearded Theory Festival

 

1.454,18 €

1.454,18 €

1.454,18 €

ART2-40/23

949340D

L2

Yenny Faisulier

Rios Henao

49867952L

Yenny F.Rios Henao - Muare hecho a mano.

 

2.987,60 €

2.987,60 €

2.987,60 €

ART2-44/23

949644A

L2

Antonio

Vallcaneras Bonet

41515706Q

Expositar feria Menorca

 

2.904,00 €

2.904,00 €

2.904,00 €

ART2-50/23

949821X

L2

Victor

Alarcón Valle

11895483K

Promoción de la cosmetica y perfumería artesana de Mallorca a en ferias internacionales

 

1.700,00 €

1.700,00 €

1.700,00 €

Línea 3

ART2-14/23

946860J

L3

Marina

Bonnin Morell

41540323T

Estudios de Torno avanzado.

 

 

421,65 €

421,65 €

421,65 €

ART2-15/23

946883Q

L3

Matías Guillermo

Bacalov Campos

49610832Q

Curso de Joyería

945,00 €

945,00 €

945,00 €

ART2-24/23

948854D

L3

Araceli

Iranzo Placer

25149096E

Formación Profesional organizada por la escuela artesana

3.000,00 €

3.000,00 €

3.000,00 €

ART2-26/23

948915N

L3

Laura

Batanea Álvarez

10899423E

Formación en porcelana y vidrio aplicado en joyería.

2.976,60 €

2.460,00 €

2.460,00 €

ART2-31/23

949049Z

L3

Damià

Mulet Vanrell

78211945P

Curso Joyería

2.191,36€

2.117,86 €

2.117,86 €

ART2-33/23

949066Y

L3

Horno Casa Navidad SL

 

B07698095

Asistencia curso formación Profesional de Pastelería.

2.850,00 €

2.850,00 €

2.850,00 €

ART2-45/23

949650J

L3

Antonio

Vallcaneras Bonet

41515706Q

Tostemos Café.

3.025,00 €

3.000,00 €

3.000,00 €

ART2-49/23

949805Z

L3

Ana Maria

Sanchez Tortosa

43063418N

Cursos de formación joyería avanzada

796,50 €

763,18 €

763,18 €

Línea 4

ART2- 01/23

944069H

L4

Joachim Chistophe

Pourque

Y4221534J

Embalaje para jabones, cajas y displays

2.400,00 €

2.400,00 €

2.400,00 €

ART2- 02/23

944248F

L4

Diego

Revilla Martinez

45685656C

Difusión de la Artesanía

2.500,00 €

2.500,00 €

2.500,00 €

ART2- 06/23

944881K

L4

Alejandra Marcela

Epifani

X4552484W

Difusión de oficio y marca

1.192,00 €

1.192,00 €

1.192,00 €

ART2- 09/23

946066F

L4

Ferran

Permanyer Molist

47848213W

Embalaje oficial Molta Muntanya 

1.020,00 €

1.020,00 €

1.020,00 €

ART2-10/23

946082D

L4

Horno I Pastelería Trias SL

B57899023

Difusión de los Oficios Artesanos

2.531,92 €

2.500,00 €

2.500,00 €

ART2-11/23

946123K

L4

Luciana

Luca Barriti

X8723846S

Difusión de los Oficios Artesanos

2.649,80 €

2.500,00 €

2.500,00 €

ART2-13/23

946461E

L4

Onofre

Martorell Ribera

4301719M

Bolsas personalizadas

2.031,74 €

2.031,74 €

2.031,74 €

ART2-17/23

947007N

L4

Matías Guillermo

Bacalov Campos

49610832Q

Mantenimiento y actualización pág. WEB

2.500,00 €

2.500,00 €

2.500,00 €

ART2-19/23

947845C

L4

Mª Magdalena

Beascoechea Gual

43028700R

Difusión de joyería en vidrio

2.500,00 €

2.500,00 €

2.500,00 €

ART2-23/23

948495E

L4

Galeries Vicens S. A.

A07210263

Fotos y Videos Vicens

2.896,55 €

2.500,00 €

2.500,00 €

ART2-25/23

948872D

L4

Jerónima

Siegue Torrens

78211544K

Difusión. 'Subvenc. Fomento competitividad Artesania Mca. 2023

700,00 €

700,00 €

700,00 €

ART2-27/23

948987N

L4

Aïda

Rull Boldu

47653888G

Publicidad y embalaje

1.278,97 €

1.278,97 €

1.278,97 €

ART2-29/23

949024P

L4

Patricia Daniela

Gonzalez Moreira

49484680L

Mima Tierra

2.500,00 €

2.500,00 €

2.500,00 €

ART2-32/23

949056J

L4

Damià

Mulet Vanrell

78211945P

Cajas y envoltorios

3.025,00 €

2.500,00 €

2.500,00 €

ART2-36/23

949125E

L4

Catalina

Maestro Quetglas

37336678L

Material difusión kaktus

1.400,00 €

1.400,00 €

1.400,00 €

ART2-38/23

949301Z

L4

Carlos Ernesto

Tellechea Voiron

50756414Z

Difusión de los oficios artesanos

3.025,00 €

2.500,00 €

2.500,00 €

ART2-39/23

949327K

L4

Olleria Su Roca Lisa CB

E57616344

Difusión de los oficios artesanos

3.025,00 €

2.500,00 €

2.500,00 €

ART2-41/23

949536A

L4

Yenny Faisulier

Rios Henao

49867952L

Difusión Oficios Artesanos

374,88 €

374,88 €

374,88 €

ART2-46/23

949682D

L4

Antonio

Vallcaneras Bonet

41515706Q

Mou-te per ciutat

2.420,00 €

2.420,00 €

2.420,00 €

ART2-47/23

949743N

L4

Vicenç

Sempere Pira

43188774H

Reforma sustancial de la pág. Web y publicidad

2.500,00 €

2.500,00 €

2.500,00 €

ART2-48/23

949796M

L4

Ana Maria

Sánchez Tortosa

43063418N

Packagins

663,60 €

663,60 €

663,60 €

ART2-54/23

950028J

L4

Jose

Gelabert Caldentey

41520858Q

Campaña para promocionar producto de mecedoras

2.380,00 €

2.380,00 €

2.380,00 €

ART2-55/23

951067C

L4

Isabel

Quesada Morote

42995681X

Organización de actividades de Fomento de la Artesanía de Mallorca

4.249,56 €

2.500,00 €

2.500,00 €

Importe total a conceder Líneas 1, 2, 3 y 4, Aplicación 65.43900.47900

80.250,37 €

Asociaciones:

Nº. exp.

Nº. Segex

Línea

Nombre entidad

NIF

Nombre del proyecto

Presupuesto

 Importe Solicitado

 Importe subvención

ART2-20/23

947885H

L1

Assoc. Art de La Pauma al Parc Natural de Llevant

G02747475

Organización de Actividades de Fomento de la Artesanía de Mallorca

           2.750,00 €

                     2.750,00 €

                           2.750,00 €

 Importe total a conceder Línea 1, Aplicación 65.43900.48900 

                           2.750,00 €

 

Ayuntamientos:

 

Nº exp.

Nº. Segex

Línea

Nombre entidad

NIF

Nombre del proyecto

Presupuesto

 Importe Solicitado

 Importe subvención

ART2- 08/23

945789X

L1

Ayuntamiento de Alaró

P0700100A

Organización de Actividades de fomento de la Artesanía de Mallorca

         22.293,67 €

                     3.000,00 €

                           3.000,00 €

ART2-18/23

947381H

L1

Ayuntamiento Santa Maria Del Camí

P0705600E

Nit de Blanc

           3.000,00 €

                     3.000,00 €

                           3.000,00 €

Importe total a conceder Línea 1, Aplicación 65.43900.46200

                           6.000,00 €

 

ANEXO II Solicitudes de renuncia

Nº exp.

Nº. Segex

Línea

Solicitante

DNI/NIE/NIF

Nombre del proyecto

ART2-21/23

947958J

L1

Associació Fira del Caragol

G44725695

XXI Fira del Caragol

ARTE 2-34/23

949088D

L4

Laura Micheleti

Y4213653K

Espai Kamàndalu

ARTE 2-28/23

949005N

L4

Araceli Iranzo Placer

25149096E

Publicidad en Facebook / Instagram y Google Ads de los cursos y maestros artesanos de la escuela

 

ANEXO III Solicitudes que se tienen por<A[para|por]> desistidas

Nº exp.

Nº. Segex

Línea

Solicitante

DNI/NIE/NIF

Nombre del proyecto

Motivo

 

ART2-42/23

949547Q

L4

Jaume de Puntiro SL

B57220782

Organización de actividades de Fomento de la Artesanía a Jaume de Puntiró

Tener por desistido de su solicitud al solicitante dado que se le requirió determinada documentación para completar la solicitud y habiendo transcurrido con creces el plazo establecido no la ha presentado ni en plazo ni en forma, de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015.

ART2-52/23

949951C

L4

Jose Cánaves Quetglas

41520434Y

Difusión del oficio de vinatero en 7103 petit celler

Tener por desistido de su solicitud al solicitante dado que se le requirió determinada documentación para completar la solicitud y habiendo transcurrido con creces el plazo establecido no la ha presentado ni en plazo ni en forma, de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015.

ART2-53/23

949992J

L4

Sebastià Ordinas Capó

43184869T

Difusión del oficio de vinatero en 7103 petit celler

Tener por desistido de su solicitud al solicitante dado que se le requirió determinada documentación para completar la solicitud y habiendo transcurrido con creces el plazo establecido no la ha presentado ni en plazo ni en forma, de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015.

ART2-51/23

949888P

L4

Associació Cellers Santa Maria del Camí

G16622235

Nit de vins blancs

Tener por desistida de su solicitud a la solicitante dado que se le requirió determinada documentación para completar la solicitud y habiendo transcurrido con creces el plazo establecido no la ha presentado ni en plazo ni en forma, de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015.

ART2-37/23

949287E

L4

Teulera Can Benito SL

B07861065

Camisetas

Tener por desistida de su solicitud a la solicitante dado que se le requirió determinada documentación para completar la solicitud y habiendo transcurrido con creces el plazo establecido no la ha presentado ni en plazo ni en forma, de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015.

ART2- 05/23

944836Y

L4

Antonia Company Cantallops

43040201W

Nueva imagen y etiquetas.

Tener por desistida de su solicitud a la solicitante dado que se le requirió determinada documentación para completar la solicitud y habiendo transcurrido con creces el plazo establecido no la ha presentado ni en plazo ni en forma, de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015.