Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE CULTURA Y PATRIMONIO
Núm. 577285
Resolución de la vicepresidenta primera del Consejo Insular de Mallorca y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio por la cual se aprueba la concesión de las subvenciones para el fomento de la competitividad de la artesanía de Mallorca 2023
La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio, el día 6 de septiembre de 2023 dictó la siguiente
RESOLUCIÓN
“Antecedentes
1. El día 3 de abril de 2023, el consejero ejecutivo de Promoción Económica y Desarrollo Local dictó la resolución de aprobación de la convocatoria de las subvenciones para el fomento de la competitividad de la artesanía de Mallorca 2023 y autorizó el correspondiente gasto, por un importe total de 150.000,00€, de acuerdo con la distribución siguiente: 100.000,00€, con cargo a la aplicación 65.43110.47900, 40.000,00€, con cargo a la aplicación 65.43110.48900 y 10.000,00€, con cargo a la aplicación 65.43900.46200 del presupuesto de gastos vigente del Consejo Insular de Mallorca.
2. La convocatoria y el extracto se publicaron en el BOIB nº. 49, de día 18 de abril de 2023 por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
3. Dentro del plazo establecido en la descrita convocatoria, se presentaron 55 solicitudes de subvención.
4. El secretario técnico de Cultura y Patrimonio, como órgano instructor del procedimiento informó que las entidades propuestas como beneficiarias de la convocatoria cumplen los requisitos para acceder a las subvenciones.
5. La Comisión de Evaluación emitió el informe que fundamenta la propuesta de resolución de aprobación de la concesión de las subvenciones.
6. La sección de Artesanía emitió informe jurídico favorable sobre la propuesta de aprobación de la concesión de las subvenciones.
7. En el presupuesto de gastos del Consejo Insular de Mallorca del 2023 se dispone del crédito adecuado y suficiente para atender el gasto que se deriva de la concesión de las subvenciones, por un importe total de 89.000,37€, de acuerdo con la distribución siguiente: 80.250,37€, con cargo a la aplicación 65.43900.47900, 6.000,00€, con cargo a la aplicación 65.43900.46200 y 2.750,00€, con cargo a la aplicación 65.43900.48900.
8. El día 28 de agosto de 2023, la Intervención Delegada (Centre La Misericòrdia) fiscalizó de conformidad la aprobación de la concesión de las subvenciones. ( FLP 2023/9922)
Fundamentos de derecho
1. El Departamento de Cultura y Patrimonio tiene, entre otros, la atribución de fomentar la competitividad, la capacitación y el desarrollo de las empresas artesanas, y crear canales para comercializar la artesanía, de acuerdo con el Decreto de la Presidencia del Consejo Insular de Mallorca, de día 28 de julio de 2023 por el cual se establecen las competencias de los departamentos del Consejo Insular de Mallorca ( BOIB nº. 106 de 29 de julio de 2023
2. La consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio es el órgano competente para resolver la presente convocatoria de subvenciones, así como, para disponer el correspondiente gasto que se deriva, de acuerdo con los artículos 33.2 k) y 33.2 l) de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consejos Insulares, en relación al artículo 39.2h del Reglamento Orgánico del Consejo de Mallorca y la base 24.5 de las de ejecución del presupuesto de gastos del consejo de Mallorca del 2023.
3. De acuerdo con el punto 10.3 de la convocatoria, en relación al artículo 18.4a) de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca, la consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio tiene que dictar la resolución de aprobación de la concesión de las subvenciones, la cual se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB). La información relativa a la concesión se incluirá en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
4. Les bases reguladoras de la convocatoria son las establecidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca, aprobada por Acuerdo del Pleno de 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21, de 18.02.2017), modificada por Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 BOIB nº. 96, de 04.08.2018).
5. El procedimiento de concesión de las presentes subvenciones se tramita en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con el artículo 17.1 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca, en relación a los puntos 4, 10 y 11 de la convocatoria.
6. En el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva previsto en la presente convocatoria, las solicitudes presentadas se tienen que comparar mediante los criterios de valoración establecidos en el punto 11 de la convocatoria con la finalidad de establecer una prelación entre estas. De esta manera, se admitirán las solicitudes que obtengan una valoración más alta, de acuerdo con los criterios mencionados, siempre dentro de los límites previstos a los puntos 5 y 6 de la convocatoria y el crédito disponible.
No obstante, lo anterior, en el presente caso no ha sido necesario establecer un orden de prelación entre las solicitudes presentadas dado que el crédito consignado en la convocatoria ha resultado suficiente para atender el total de las solicitudes admitidas, en el sentido del segundo párrafo del artículo 17.1 del OGS, en relación con el punto 4.3 de la convocatoria.
7. El punto 5.6 de la convocatoria prevé que, si en el momento de la concesión no se concede el crédito inicialmente previsto a la convocatoria y hay un importe remanente en alguna de las aplicaciones del capítulo IV de la convocatoria, este importe remanente podrá aumentar el de la aplicación en la que el crédito no haya resultado suficiente para atender las solicitudes admitidas. Primero, se atenderán las solicitudes admitidas de la misma línea, y sucesivamente las solicitudes de acuerdo con el orden de línea siguiente: 1, 2, 3 i 4.
8. Dado que el crédito consignado en todas las aplicaciones ha resultado superior al crédito solicitado, el reparto del crédito se ha hecho de la manera siguiente:
a) En relación a las solicitudes de la aplicación 65.43900.47900 para empresas y autónomos, el crédito establecido a las líneas 1, 2 y 3 ha resultado superior al crédito solicitado, de manera que ha habido un remanente que ha permitido cubrir la falta de crédito de la línea 4 dentro de la misma aplicación por un importe de 15.861,19 €.
b) En relación a las solicitudes de la aplicación 65.43900.46200 para Ayuntamientos, el crédito total establecido a las líneas 1 y 3 es de 10.000,00 € (5.000,00 € para la Línea 1 y 5.000,00 € para la Línea 3). El crédito solicitado para la Línea 1 ha sido de 6.000,00 € y de la línea 3 no se ha presentado ninguna solicitud. Por lo tanto, ha habido un remanente dentro de la línea 3 que ha permitido cubrir la falta de crédito de la línea 1 dentro de la misma aplicación por un importe de 1.000,00 €.
c) En relación a las solicitudes de la aplicación 65.43900.48900 para asociaciones, el crédito establecido a todas las líneas ha sido superior al crédito solicitado y ha habido un remanente por importe de 37.250,00€.
9. De acuerdo con los puntos 10.4, 10.6, 11 y 12 de la convocatoria, en relación al artículo 18 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca se ha constituido la Comisión de Evaluación, como órgano colegiado de valoración de las solicitudes que tiene que emitir informe en que se concreta el resultado de la evaluación efectuada y es el que sirve de base al órgano instructor para elaborar la propuesta de resolución definitiva.
10. El punto 11 de la convocatoria establece los criterios de valoración de las solicitudes y determina que será necesaria la obtención de un mínimo de 10 puntos para poder tener la consideración de beneficiario de la subvención.
11. El punto 10.5 de la convocatoria, en relación al artículo 18.2 de la OGS determina que se adjuntará al expediente un informe del secretario técnico, como órgano instructor, en el sentido que, de la información en su poder, las personas beneficiarias cumplen todos los requisitos necesarios para acceder, y específicamente están al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ante la Administración del Estado y con las obligaciones tributarias con el Consejo de Mallorca.
12. Les entidades propuestas como beneficiarias reúnen los requisitos para ser beneficiarios de esta convocatoria, de acuerdo con el punto 2 de la convocatoria, en relación al artículo 8 de la OGS.
13. L'article 9 e) de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca establece, como obligación de la persona beneficiaria, acreditar, antes de dictarse la propuesta de resolución de concesión, que está al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y con el Consejo Insular de Mallorca y los organismos autónomos que de él dependen, y de las obligaciones con la Seguridad Social.
14. La propuesta de resolución de concesión de las presentes subvenciones se ajusta a la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca y específicamente, a lo previsto en el artículo 27.1 de la misma normativa.
15. La propuesta de resolución de concesión de las subvenciones se adecua a la base 35 de las de ejecución del presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca del 2023 relativa a los principios generales de la gestión y concesión de subvenciones.
16. El punto 10.5 de la convocatoria en relación al artículo 18.2.d) del OGS establece, entre otros que el órgano instructor, tiene que formular la propuesta de resolución definitiva a la vista del expediente y el informe del órgano colegiado de valoración
Por todo lo que se ha expuesto, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Admitir las solicitudes y conceder los importes, en concepto de subvenciones a las empresas, personas y entidades que se detallan en el Anexo I adjunto, para los proyectos y por los importes que constan, en el marco de la convocatoria de subvenciones para el fomento de la competitividad de la artesanía de Mallorca 2023.
2. Disponer el gasto que corresponde a la concesión anterior, por un importe total de 89.000,37€ (ochenta y nueve mil euros con treinta y siete céntimos), a favor de los beneficiarios que se detallan en el Anexo I adjunto, por los importes que figuran, de acuerdo con la distribución siguiente:
3. Aceptar las solicitudes de renuncias que constan al Anexo II adjunto.
4. Tener por desistidas las solicitudes que figuran en el anexo III adjunto, por los motivos que se indican, de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. Anular el sobrante de la autorización del gasto, con cargo a la aplicación 65.43900.47900, por un importe de 19.749,63€ que es la diferencia entre el importe autorizado (100.000,00€) y el importe de la disposición del gasto en la concesión de las subvenciones (80.250,37€). ( A/ 920230010854).
6. Anular el sobrante de la autorización del gasto, con cargo a la aplicación 65.43900.48900, por el importe total de 37.250,00€, que es la diferencia entre el importe autorizado (40.000,00€) y el importe de la disposición del gasto (2.750,00€) en la concesión de las subvenciones. ( A/ 920230010856)
7. Anular el sobrante de la autorización del gasto, con cargo a la aplicación 65.43900.46200, por un importe total de 4.000,00€, que es la diferencia entre el importe autorizado (10.000,00€) y el importe de la disposición del gasto (6.000,00€) en la concesión de las subvenciones. ( A/ 920230010855).
8. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y que se remita la información en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
9. Contra esta resolución que no pone fin a la vía administrativa, pueden interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, que se ha de contar a partir del día siguiente de recibir esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante este consejero ejecutivo/consejera ejecutiva o ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, pueden interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, que se contaran a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no han recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de seis meses, a contar a partir del día siguiente de la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, pueden interponer, si procede , cualquier otro recurso que consideráis oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.”
(Firmado electrónicamente: 12 de septiembre de 2023
La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio Antònia Roca Bellinfante)
ANEXO I Solicitudes de subvención concedidas
Empresas y autónomos
Línea 1
Nº. Exp. |
Nº. Segex |
Línea |
Nombre |
Apellidos |
Nº. DNI/NIE/NIF |
Nombre del proyecto |
Presupuesto |
Importe Solicitado |
Importe Subvención |
|
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
ART2-30/23 |
949040M |
L1 |
Damià |
Mulet Vanrell |
78211945P |
Presentación nueva colección |
451,06 € |
451,06 € |
451,06 € |
|
ART2-43/23 |
949618P |
L1 |
Antonio |
Vallcaneras Bonet |
41515706Q |
Cata cafés. |
3.025,00 € |
3.000,00 € |
3.000,00 € |
|
Línea 2 |
||||||||||
ART2- 03/23 |
944571E |
L2 |
Carlos Ernesto |
Tellechea Voiron |
50756414Z |
Participación en la 23 Fería de Artesanía creativa de Sevilla |
3.550,00 € |
3.000,00 € |
3.000,00 € |
|
ART2- 04/23 |
944596P |
L2 |
Anna Charlene |
Arias Muller |
47839656R |
Participación en Winter Market Sitges 2022 |
588,05 € |
588,05 € |
588,05 € |
|
ART2- 07/23 |
945491H |
L2 |
Ferran |
Permanyer Molist |
47848213W |
Asistencia mercados fuera de Mallorca, 22-23 |
852,58 € |
852,58 € |
852,58 € |
|
ART2-12/23 |
946279C |
L2 |
Nieves |
Bosch Segui |
43181596Q |
Participación en Winter Market Sitges 2022 |
744,46 € |
744,46 € |
744,46 € |
|
ART2-16/23 |
946984F |
L2 |
Aïda |
Rull Boldu |
47653888G |
Participación en Mercado de Navidad - 2022 Winter Market. y alojamiento hotel Sitges |
624,82 € |
624,82 € |
624,82 € |
|
ART2-22/23 |
948486R |
L2 |
Celina |
Bonansea Villalonga |
07170455k |
Mercado Medieval de Ibiza del 10 al 14 Mayo del 2023 |
524,74 € |
524,74 € |
524,74 € |
|
ART2-35/23 |
949104A |
L2 |
Catalina |
Maestro Quetglas |
37336678L |
Participación Bearded Theory Festival |
1.454,18 € |
1.454,18 € |
1.454,18 € |
|
ART2-40/23 |
949340D |
L2 |
Yenny Faisulier |
Rios Henao |
49867952L |
Yenny F.Rios Henao - Muare hecho a mano. |
2.987,60 € |
2.987,60 € |
2.987,60 € |
|
ART2-44/23 |
949644A |
L2 |
Antonio |
Vallcaneras Bonet |
41515706Q |
Expositar feria Menorca |
2.904,00 € |
2.904,00 € |
2.904,00 € |
|
ART2-50/23 |
949821X |
L2 |
Victor |
Alarcón Valle |
11895483K |
Promoción de la cosmetica y perfumería artesana de Mallorca a en ferias internacionales |
1.700,00 € |
1.700,00 € |
1.700,00 € |
|
Línea 3 |
||||||||||
ART2-14/23 |
946860J |
L3 |
Marina |
Bonnin Morell |
41540323T |
Estudios de Torno avanzado. |
421,65 € |
421,65 € |
421,65 € |
|
ART2-15/23 |
946883Q |
L3 |
Matías Guillermo |
Bacalov Campos |
49610832Q |
Curso de Joyería |
945,00 € |
945,00 € |
945,00 € |
|
ART2-24/23 |
948854D |
L3 |
Araceli |
Iranzo Placer |
25149096E |
Formación Profesional organizada por la escuela artesana |
3.000,00 € |
3.000,00 € |
3.000,00 € |
|
ART2-26/23 |
948915N |
L3 |
Laura |
Batanea Álvarez |
10899423E |
Formación en porcelana y vidrio aplicado en joyería. |
2.976,60 € |
2.460,00 € |
2.460,00 € |
|
ART2-31/23 |
949049Z |
L3 |
Damià |
Mulet Vanrell |
78211945P |
Curso Joyería |
2.191,36€ |
2.117,86 € |
2.117,86 € |
|
ART2-33/23 |
949066Y |
L3 |
Horno Casa Navidad SL
|
B07698095 |
Asistencia curso formación Profesional de Pastelería. |
2.850,00 € |
2.850,00 € |
2.850,00 € |
||
ART2-45/23 |
949650J |
L3 |
Antonio |
Vallcaneras Bonet |
41515706Q |
Tostemos Café. |
3.025,00 € |
3.000,00 € |
3.000,00 € |
|
ART2-49/23 |
949805Z |
L3 |
Ana Maria |
Sanchez Tortosa |
43063418N |
Cursos de formación joyería avanzada |
796,50 € |
763,18 € |
763,18 € |
|
Línea 4 |
||||||||||
ART2- 01/23 |
944069H |
L4 |
Joachim Chistophe |
Pourque |
Y4221534J |
Embalaje para jabones, cajas y displays |
2.400,00 € |
2.400,00 € |
2.400,00 € |
|
ART2- 02/23 |
944248F |
L4 |
Diego |
Revilla Martinez |
45685656C |
Difusión de la Artesanía |
2.500,00 € |
2.500,00 € |
2.500,00 € |
|
ART2- 06/23 |
944881K |
L4 |
Alejandra Marcela |
Epifani |
X4552484W |
Difusión de oficio y marca |
1.192,00 € |
1.192,00 € |
1.192,00 € |
|
ART2- 09/23 |
946066F |
L4 |
Ferran |
Permanyer Molist |
47848213W |
Embalaje oficial Molta Muntanya |
1.020,00 € |
1.020,00 € |
1.020,00 € |
|
ART2-10/23 |
946082D |
L4 |
Horno I Pastelería Trias SL |
B57899023 |
Difusión de los Oficios Artesanos |
2.531,92 € |
2.500,00 € |
2.500,00 € |
||
ART2-11/23 |
946123K |
L4 |
Luciana |
Luca Barriti |
X8723846S |
Difusión de los Oficios Artesanos |
2.649,80 € |
2.500,00 € |
2.500,00 € |
|
ART2-13/23 |
946461E |
L4 |
Onofre |
Martorell Ribera |
4301719M |
Bolsas personalizadas |
2.031,74 € |
2.031,74 € |
2.031,74 € |
|
ART2-17/23 |
947007N |
L4 |
Matías Guillermo |
Bacalov Campos |
49610832Q |
Mantenimiento y actualización pág. WEB |
2.500,00 € |
2.500,00 € |
2.500,00 € |
|
ART2-19/23 |
947845C |
L4 |
Mª Magdalena |
Beascoechea Gual |
43028700R |
Difusión de joyería en vidrio |
2.500,00 € |
2.500,00 € |
2.500,00 € |
|
ART2-23/23 |
948495E |
L4 |
Galeries Vicens S. A. |
A07210263 |
Fotos y Videos Vicens |
2.896,55 € |
2.500,00 € |
2.500,00 € |
||
ART2-25/23 |
948872D |
L4 |
Jerónima |
Siegue Torrens |
78211544K |
Difusión. 'Subvenc. Fomento competitividad Artesania Mca. 2023 |
700,00 € |
700,00 € |
700,00 € |
|
ART2-27/23 |
948987N |
L4 |
Aïda |
Rull Boldu |
47653888G |
Publicidad y embalaje |
1.278,97 € |
1.278,97 € |
1.278,97 € |
|
ART2-29/23 |
949024P |
L4 |
Patricia Daniela |
Gonzalez Moreira |
49484680L |
Mima Tierra |
2.500,00 € |
2.500,00 € |
2.500,00 € |
|
ART2-32/23 |
949056J |
L4 |
Damià |
Mulet Vanrell |
78211945P |
Cajas y envoltorios |
3.025,00 € |
2.500,00 € |
2.500,00 € |
|
ART2-36/23 |
949125E |
L4 |
Catalina |
Maestro Quetglas |
37336678L |
Material difusión kaktus |
1.400,00 € |
1.400,00 € |
1.400,00 € |
|
ART2-38/23 |
949301Z |
L4 |
Carlos Ernesto |
Tellechea Voiron |
50756414Z |
Difusión de los oficios artesanos |
3.025,00 € |
2.500,00 € |
2.500,00 € |
|
ART2-39/23 |
949327K |
L4 |
Olleria Su Roca Lisa CB |
E57616344 |
Difusión de los oficios artesanos |
3.025,00 € |
2.500,00 € |
2.500,00 € |
||
ART2-41/23 |
949536A |
L4 |
Yenny Faisulier |
Rios Henao |
49867952L |
Difusión Oficios Artesanos |
374,88 € |
374,88 € |
374,88 € |
|
ART2-46/23 |
949682D |
L4 |
Antonio |
Vallcaneras Bonet |
41515706Q |
Mou-te per ciutat |
2.420,00 € |
2.420,00 € |
2.420,00 € |
|
ART2-47/23 |
949743N |
L4 |
Vicenç |
Sempere Pira |
43188774H |
Reforma sustancial de la pág. Web y publicidad |
2.500,00 € |
2.500,00 € |
2.500,00 € |
|
ART2-48/23 |
949796M |
L4 |
Ana Maria |
Sánchez Tortosa |
43063418N |
Packagins |
663,60 € |
663,60 € |
663,60 € |
|
ART2-54/23 |
950028J |
L4 |
Jose |
Gelabert Caldentey |
41520858Q |
Campaña para promocionar producto de mecedoras |
2.380,00 € |
2.380,00 € |
2.380,00 € |
|
ART2-55/23 |
951067C |
L4 |
Isabel |
Quesada Morote |
42995681X |
Organización de actividades de Fomento de la Artesanía de Mallorca |
4.249,56 € |
2.500,00 € |
2.500,00 € |
|
Importe total a conceder Líneas 1, 2, 3 y 4, Aplicación 65.43900.47900 |
80.250,37 € |
Asociaciones:
Nº. exp. |
Nº. Segex |
Línea |
Nombre entidad |
NIF |
Nombre del proyecto |
Presupuesto |
Importe Solicitado |
Importe subvención |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
ART2-20/23 |
947885H |
L1 |
Assoc. Art de La Pauma al Parc Natural de Llevant |
G02747475 |
Organización de Actividades de Fomento de la Artesanía de Mallorca |
2.750,00 € |
2.750,00 € |
2.750,00 € |
Importe total a conceder Línea 1, Aplicación 65.43900.48900 |
2.750,00 € |
Ayuntamientos:
Nº exp. |
Nº. Segex |
Línea |
Nombre entidad |
NIF |
Nombre del proyecto |
Presupuesto |
Importe Solicitado |
Importe subvención |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
ART2- 08/23 |
945789X |
L1 |
Ayuntamiento de Alaró |
P0700100A |
Organización de Actividades de fomento de la Artesanía de Mallorca |
22.293,67 € |
3.000,00 € |
3.000,00 € |
ART2-18/23 |
947381H |
L1 |
Ayuntamiento Santa Maria Del Camí |
P0705600E |
Nit de Blanc |
3.000,00 € |
3.000,00 € |
3.000,00 € |
Importe total a conceder Línea 1, Aplicación 65.43900.46200 |
6.000,00 € |
ANEXO II Solicitudes de renuncia
Nº exp. |
Nº. Segex |
Línea |
Solicitante |
DNI/NIE/NIF |
Nombre del proyecto |
---|---|---|---|---|---|
ART2-21/23 |
947958J |
L1 |
Associació Fira del Caragol |
G44725695 |
XXI Fira del Caragol |
ARTE 2-34/23 |
949088D |
L4 |
Laura Micheleti |
Y4213653K |
Espai Kamàndalu |
ARTE 2-28/23 |
949005N |
L4 |
Araceli Iranzo Placer |
25149096E |
Publicidad en Facebook / Instagram y Google Ads de los cursos y maestros artesanos de la escuela |
ANEXO III Solicitudes que se tienen por desistidas
Nº exp. |
Nº. Segex |
Línea |
Solicitante |
DNI/NIE/NIF |
Nombre del proyecto |
Motivo |
---|---|---|---|---|---|---|
ART2-42/23 |
949547Q |
L4 |
Jaume de Puntiro SL |
B57220782 |
Organización de actividades de Fomento de la Artesanía a Jaume de Puntiró |
Tener por desistido de su solicitud al solicitante dado que se le requirió determinada documentación para completar la solicitud y habiendo transcurrido con creces el plazo establecido no la ha presentado ni en plazo ni en forma, de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015. |
ART2-52/23 |
949951C |
L4 |
Jose Cánaves Quetglas |
41520434Y |
Difusión del oficio de vinatero en 7103 petit celler |
Tener por desistido de su solicitud al solicitante dado que se le requirió determinada documentación para completar la solicitud y habiendo transcurrido con creces el plazo establecido no la ha presentado ni en plazo ni en forma, de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015. |
ART2-53/23 |
949992J |
L4 |
Sebastià Ordinas Capó |
43184869T |
Difusión del oficio de vinatero en 7103 petit celler |
Tener por desistido de su solicitud al solicitante dado que se le requirió determinada documentación para completar la solicitud y habiendo transcurrido con creces el plazo establecido no la ha presentado ni en plazo ni en forma, de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015. |
ART2-51/23 |
949888P |
L4 |
Associació Cellers Santa Maria del Camí |
G16622235 |
Nit de vins blancs |
Tener por desistida de su solicitud a la solicitante dado que se le requirió determinada documentación para completar la solicitud y habiendo transcurrido con creces el plazo establecido no la ha presentado ni en plazo ni en forma, de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015. |
ART2-37/23 |
949287E |
L4 |
Teulera Can Benito SL |
B07861065 |
Camisetas |
Tener por desistida de su solicitud a la solicitante dado que se le requirió determinada documentación para completar la solicitud y habiendo transcurrido con creces el plazo establecido no la ha presentado ni en plazo ni en forma, de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015. |
ART2- 05/23 |
944836Y |
L4 |
Antonia Company Cantallops |
43040201W |
Nueva imagen y etiquetas. |
Tener por desistida de su solicitud a la solicitante dado que se le requirió determinada documentación para completar la solicitud y habiendo transcurrido con creces el plazo establecido no la ha presentado ni en plazo ni en forma, de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015. |