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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 575990
Resolución de la directora gerente de la Escuela Balear de Administración Pública por la que se aprueba la convocatoria para seleccionar el personal y enviar la relación de las personas candidatas para la realización de cursos impartidos por la Guardia Civil

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Texto

Hechos

1. En conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, la consejería competente en materia de coordinación de policías locales realizará la tarea de formación mediante la Escuela Balear de Administración Pública.

2. Por otro lado, el artículo 5.9 del Decreto 31/2012, de 13 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Escuela Balear de Administración Pública, indica que entre sus funciones se encuentra la promoción, organización y gestión de la formación de capacitación y perfeccionamiento del personal de los cuerpos de policía local.

3. En data 16 de febrero de 2023 se publicó el Acuerdo del Consejo de Dirección de la Escuela Balear de Administración Pública de 10 de febrero de 2023 por el que se aprueba la oferta de cursos y las instrucciones que rigen los planes de Formación Policial; de Formación Policial de Corporaciones Locales; de Formación de Seguridad, Emergencias y Bomberos, y de Formación de Voluntarios de Protección Civil, para el año 2023.

Esta formación la organiza, la gestiona y la imparte la Escuela Balear de Administración Pública de manera exclusiva y dentro de sus atribuciones.

Aún así, en determinados casos la Escuela Balear de Administración Pública puede actuar como gestora en algunos ámbitos en aquella formación no impartida por esta, bien sea mediante un convenio, dentro de las funciones del artículo 5.7 del Decreto 31/2012, o bien mediante otros instrumentos jurídicos, para que el personal que integra los cuerpos de policía local de las Illes Balears pueda recibir formación de perfeccionamiento a otros organismos con funciones análogas.

4. En fecha 8 de agosto de 2023, el coronel director de la Escuela de Tráfico de la Guardia Civil firmó las bases de la convocatoria del Curso de tráfico, seguridad vial y transportes para el personal ajeno a la Guardia Civil, publicado también en https://www.guardiacivil.es/es/servicios/tablonanuncios/cursos_seminarios/index.html.

Estos cursos se consideran de gran interés para el personal de los cuerpos de policía local.

El punto 4.2 de esta resolución, referido a las prioridades, establece que para los cuerpos de policía local tendrán prioridad las solicitudes que se tramiten mediante las academias de seguridad pública correspondientes, y que el personal se seleccionará tanto por los criterios de la presente convocatoria como por criterios operativos propios. Dado que en las Illes Balears no hay una academia de seguridad ciudadana, estas funciones las realiza la Escuela Balear de Administración Pública.

Para poder seleccionar las personas candidatas para esta formación, hay que efectuar esta convocatoria.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 28.3 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears.

2. El artículo 5.9 del Decreto 31/2012, de 13 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Escuela Balear de Administración Pública.

3. La resolución del coronel director de la Escuela de Tráfico de la Guardia Civil de 12 de enero de 2023, de bases y convocatoria que han de regir para los cursos de tráfico, seguridad vial y transportes para el personal ajeno a la Guardia Civil.

Por todo esto, dicto la siguiente

 

RESOLUCIÓN

1. Aprobar la convocatoria para seleccionar el personal y enviar la solicitud con la relación de las personas candidatas para la realización de cursos en la Escuela de Tráfico de la Guardia Civil.

2. Aprobar las bases que tienen que regir la convocatoria así como también el modelo de solicitud de reserva de plazas de los cursos.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la sede electrónica de la EBAP.

De acuerdo con el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, en los litigios entre administraciones públicas no se pueden interponer recursos en vía administrativa. Sin embargo, cuando se interpone un recurso contencioso administrativo contra otra administración, se puede requerir previamente que se anule o se revoque el acto.

 

(Firmado electrónicamente: 12 de septiembre de 2023)

La directora gerente de la EBAP Maria Violeta Rodríguez Martínez

 

ANEXO 1 Bases de la convocatoria para seleccionar el personal y enviar la solicitud con la relación de las personas candidatas para la realización de cursos en la Escuela de Tráfico de la Guardia Civil

Primera Alumnos del curso

1. Pueden ser alumnos de los cursos las personas que formen parte de los cuerpos de policía local de los municipios de las Illes Balears y que realicen de manera habitual actividades de la materia de los respectivos cursos.

2. No pueden ser alumnas aquellas personas que hayan efectuado este mismo curso con anterioridad. Tampoco en el supuesto de que hayan realizado un curso de características parecidas en los últimos 2 años.

3. En cumplimiento de los requisitos que establece la convocatoria que debe regir para el Curso de tráfico, seguridad vial y transportes para el personal ajeno a la Guardia Civil, tampoco podrán tener grabado, en cualquier zona visible del cuerpo, tatuaje alguno que pueda considerarse obsceno u ofensivo.

Segunda Cursos, fechas y plazas

1. Módulo 001. Dirección de unidades de tráfico. Del 15 al 19 de enero (ambos incluidos). Veinte (20) alumnos.

2. Módulo 001. Dirección de unidades de tráfico. Del 22 al 26 de enero (ambos incluidos). Veinte (20) alumnos.

3. Módulo 002. Inspección y control del transporte de mercaderías peligrosas. Del 15 al 19 de enero (ambos incluidos). Treinta (30) alumnos.

4. Módulo 002. Inspección y control del transporte de mercaderías peligrosas. Del 22 al 26 de enero (ambos incluidos). Treinta (30) alumnos.

5. Módulo 004. Iniciación a la investigación de siniestros viales. Del 15 al 26 de enero (ambos incluidos). Cincuenta (50) alumnos.

6. Módulo 005. Perfeccionamiento en la investigación de siniestros viales. Del 15 al 26 de enero (ambos incluidos). Cincuenta (50) alumnos.

7. Módulo 006. Específico para la detección de drogas. Del 15 al 19 de enero (ambos incluidos). Cincuenta (50) alumnos.

8. Módulo 006. Específico para la detección de drogas. Del 22 al 26 de enero (ambos incluidos). Cincuenta (50) alumnos.

9. Módulo 007. Iniciación a la conducción operativa de vehículos (motocicletas). Del 15 al 19 de enero (ambos incluidos). Cincuenta (50) alumnos.

10. Módulo 008. Perfeccionamiento en la conducción operativa de vehículos (motocicletas). Del 22 al 26 de enero (ambos incluidos). Cincuenta (50) alumnos.

Tercera Priorización

Los ayuntamientos tienen que presentar la relación de personas que soliciten para el curso y que tengan que ser aspirantes; la relación debe presentarse por orden de prioridad en el modelo de solicitud.

Una vez acabado el plazo de presentación, la EBAP elaborará una lista ordenada con los criterios siguientes:

― Se ordenarán las solicitudes por orden de entrada de registro.

― De cada solicitud ordenada se trasladará a la lista la primera persona de la lista a la solicitud, de tal manera que haya una persona de cada municipio incluida en la lista.

 

 

― El proceso se repetirá hasta que no queden aspirantes para trasladar a la lista.

Esta lista se trasladará a la Escuela de Tráfico de la Guardia Civil, que publicará posteriormente la lista de personas admitidas y excluidas según lo que establece la base 4 de la convocatoria que debe regir para el Curso de tráfico, seguridad vial y transportes para el personal ajeno a la Guardia Civil.

Cuarta Lugar y realización del curso

1. La asignación de los alumnos a las distintas ediciones las realizará de oficio la Escuela de Tráfico de la Guardia Civil de entre las personas solicitantes.

2. El curso se llevará a cabo en la Escuela de Tráfico de la Guardia Civil, con la dirección avenida del Duque de Ahumada, s/n, de Mérida (Badajoz).

3. La incorporación es en el lugar y la fecha indicados en la base segunda y en el punto 2 de esta base cuarta. Las personas aspirantes tienen que vestir el uniforme de servicio y portar la documentación de asistencia sanitaria correspondiente.

Quinta Solicitudes de reserva de plazas

1. Los ayuntamientos que tengan personal interesado en realizar este curso y lo consideren conveniente, deben tramitar la solicitud de la manera siguiente:

Las solicitudes se tienen que presentar de forma electrónica a través del Sistema de Interconexión de Registros (SIR) dirigidas a la Escuela Balear de Administración Pública (DIR3: A04035968), de acuerdo con el modelo que figura en el anexo 2, junto con el anexo 1 y 2 de la convocatoria que debe regir para el Curso de tráfico, seguridad vial y transportes para el personal ajeno a la Guardia Civil, a disposición de los ayuntamientos en la sede electrónica de la EBAP y en el enlace siguiente: https://www.guardiacivil.es/es/servicios/tablonanuncios/cursos_seminarios/index.html.

El envío de la solicitud implica la autorización por parte del ayuntamiento para que la persona aspirante realice el curso.

2. El plazo para presentar las solicitudes es de diez días desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín oficial de las Illes Balears.

3. Una vez publicada la lista definitiva de aspirantes ordenados según la priorización indicada en la base tercera, la EBAP enviará la solicitud al coronel director de la Escuela de Tráfico de la Guardia Civil.

5. Las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido no se tendrán en cuenta.

Sexta Régimen económico

Los gastos que se puedan originar en caso de la aceptación de uno o más aspirantes al curso, sea en concepto de dietas, alojamiento u otros, serán asumidos íntegramente por los ayuntamientos de los que forman parte.

La EBAP no incurrirá en ningún tipo de gasto por este curso.

Séptima Régimen general del curso

El contenido de los cursos será elaborado por la Escuela de Tráfico de la Guardia Civil y se pondrá a disposición de los alumnos, así como el resto de material que se considere de interés, al inicio de los cursos.

Los motivos de causa de baja del curso se recogen en el punto 5.3 de la convocatoria que debe regir para el Curso de tráfico, seguridad vial y transportes para el personal ajeno a la Guardia Civil.

Octava Certificación

Una vez acabado el curso, la Escuela de Tráfico de la Guardia Civil expedirá a las personas que lo hayan superado un diploma acreditativo de la superación de cada módulo que hayan cursado. En caso de no superarlo, les expedirá un certificado de asistencia.

Novena Protección de datos de carácter personal

En cuanto a la protección de datos, se debe estar a lo que indica el punto 8 de la convocatoria que debe regir para el Curso de tráfico, seguridad vial y transportes para el personal ajeno a la Guardia Civil.

Documentos adjuntos