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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Núm. 565325
Concesión definitiva de ayudas para los centros que imparten educación primaria o secundaria adheridos al programa para el financiamiento de libros de texto y material didáctico para el curso 2022-23 o programa equivalente, que tienen alumnado empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia

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Texto

 

Concesión definitiva de ayudas para los centros que imparten educación primaria o secundaria adheridos al programa para el financiamiento de libros de texto y material didáctico para el curso 2022-23 o programa equivalente, que tienen alumnado empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia

Por Decreto de Alcaldía n.º 2023-2400, de 5 de junio de 2023, se adoptó la siguiente resolución:

 

“(...) RESOLUCIÓN:

1. Conceder las siguientes subvenciones a los centros que imparten educación primaria o secundaria adheridos al programa para la financiación de libros de texto y material didáctico para el curso 2022-23 o programa equivalente, que tienen alumnado empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia, más abajo especificadas:

CIF

N.º niñ@s empadronad@s (35 € x niñ@ empadronad@)

Cantidad concedida

R07003 44E

99 x 35 = 3.465,00 €

3.465,00 €

Q07005 24B

209 x 35 = 7.315,00 €

7.315,00 €

S07180 73J

9 x 35 = 315,00 €

315,00 €

S07181 57A

243 x 35 = 8.505,00 €

8.505,00 €

S07181 94D

2 x 35 = 70,00 €

70,00 €

Q0700544J

60 x 35 = 2.100,00 €

2.100,00 €

S07181 58I

104 x 35 = 3.640,00 €

3.640,00 €

S07181 10J

283 x 35 = 9.905,00 €

9.905,00 €

S07181 96I

102 x 35 = 3.570,00 €

3.570,00 €

S07181 09B

8 x 35 = 280,00 €

280,00 €

Q07007 04J

130 x 35 = 4.550,00 €

4.550,00 €

S07181 31F

298 x 35 = 10.430,00 €

10.430,00 €

S07001 01I

97x35 = 3.395,00 €

3.395,00 €

Q07004 31J

306 x 35 = 10.710,00 €

10.710,00 €

S07181 15I

3 x 35 = 105,00 €

105,00 €

TOTAL

 

68.355,00 €

2. Dar cuenta de ello a los interesados, de acuerdo con la base 5.3 de la convocatoria, a través del tablón de anuncios del Ayuntamiento y la página web del Ayuntamiento (www.santjosep.org). También se publicará en el tablón de anuncios de la sede digital.

3. Dar cuenta de ello a la base de datos nacional de subvenciones de acuerdo con lo que dispone el art. 20 de la LGS y el art. 36 del RGS.

4. De acuerdo con el artículo 17 de la Ordenanza General de Subvenciones de este Ayuntamiento, las subvenciones de importe superior a 3.000,00 € se tendrán que publicar en el BOIB.”

 

Lo que se publica para general conocimiento.

    

(Firmado electrónicamente: 29 de agosto de 2023

El alcalde Vicente Roig Tur)