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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 568731
Acuerdo del Consejo de Gobierno de día 8 de septiembre de 2023 de modificación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de mayo de 2021 por el que se crea la Comisión Interdepartamental de Inversiones Estratégicas

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Texto

Por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de mayo de 2021, publicado en Boletín Oficial de las Illes Balears, n.º 62, de 13 de mayo, se creó la Comisión Interdepartamental de Inversiones Estratégicas (en adelante, la Comisión), como órgano colegiado para la coordinación de los departamentos en los que se estructura la Administración autonómica en la selección, el análisis, el seguimiento y la información de los proyectos financiados con fondos Next Generation EU que tiene que ejecutar el Gobierno de las Illes Balears. Este órgano se adscribió a la Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura.

Con la aprobación del Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, se ha extinguido la antigua Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura, y la competencia en materia de fondos europeos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se atribuye a la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, a través de la Dirección General de Fondos Europeos.

Con objeto de agilizar el funcionamiento de la Comisión y también para adaptarla a la nueva estructura administrativa, se considera necesario modificar los puntos segundo y tercero del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de mayo de 2021.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Economía, Hacienda e Innovación, en la sesión de día 8 de septiembre de 2023, adoptó entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero. Modificar los puntos segundo y tercero del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de mayo de 2021 en los términos que se indican a continuación:

Segundo. Disponer que la Comisión Interdepartamental de Inversiones Estratégicas es un órgano colegiado de gobernanza, que tiene por objeto la coordinación, el asesoramiento, el seguimiento y la información de los proyectos de inversiones estratégicas que lleve a cabo el Gobierno de las Illes Balears y se adscribe a la consejería competente en materia de fondos europeos.

Tercero. Establecer la composición de la Comisión.

1. La Comisión tiene la siguiente composición:

a) Presidencia: el director o directora general competente en materia de fondos europeos.

b) Vocalías:

El director o directora general competente en materia de presupuestos.

El interventor o interventora general.

Un abogado o una abogada de la Dirección de la Abogacía de la Comunidad Autónoma, designado por la persona titular de ésta.

El secretario o la secretaria general de cada consejería.

2. Tiene que ejercer la Secretaría de esta Comisión el funcionario o funcionaria del cuerpo superior de la consejería competente en materia de fondos europeos que designe la Presidencia de la Comisión. El secretario o secretaria no forma parte de la Comisión pero participa con voz y sin voto.

3. En caso de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, el presidente o la presidenta será sustituido por el director o directora general competente en materia de presupuestos y, en su defecto, por el secretario o secretaria general de la consejería competente en materia de fondos europeos.

Los vocales pueden ser suplidos, en caso de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, por un funcionario o funcionaria con rango mínimo de jefe de servicio que designe el titular de la vocalía correspondiente, con la comunicación previa al secretario o secretaria de la Comisión.

3. El presidente o presidenta, por iniciativa propia o a propuesta de cualquiera de los miembros, puede convocar, en calidad de asistentes, con voz pero sin voto, al personal de la dirección general competente en materia de fondos europeos que considere; los directores de los proyectos para la gestión de los fondos, altos cargos o directivos bajo la responsabilidad de los que se desarrollen y que sean objeto de discusión a la sesión correspondiente; así como los expertos u otras personas que, por su rango orgánico o representativo, se considere necesario o conveniente que participen en la misma, de acuerdo con las materias que deben tratarse.

Segundo. Disponer que las referencias al Decreto Ley 3/2021, de 12 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para ejecutar las actuaciones y los proyectos que deben financiarse con fondos europeos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que contiene el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de mayo de 2021, se entienden hechas a la Ley 4/2021, de 17 de diciembre, de medidas extraordinarias y urgentes para ejecutar las actuaciones y los proyectos que se tienen que financiar con fondos europeos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Tercero. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 8 de septiembre de 2023

La secretaria del Consejo de Gobierno Antònia Maria Estarellas Torrens