Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 560904
Prórroga del Plan estratégico de subvenciones para el 2022 y el primer semestre de 2023 (hasta el 31 de diciembre de 2023)
Se hace público el acuerdo adoptado por el Pleno del Consell insular de Formentera, por unanimidad de los presentes, en sesión ordinaria de 31 de agosto de 2023.
PARTE EXPOSITIVA Y JUSTIFICATIVA
Dado que el Plan Estratégico de Subvenciones del Consell Insular de Formentera, para el año 2022 y primer semestre del 2023, se aprobó en fecha 22 de febrero de 2022 por el Pleno de la corporación y la publicación se realizó el 12 de marzo de 2022, *BOIB n.º 36.
Dado que este Plan tenía una aplicación entre 2022 y el primer semestre de 2023, por lo cual el plazo de ejecución se encuentra agotado, ahora es necesario poder prorrogar este Plan hasta la finalización del año 2023, atendida la necesidad de poder ejecutar todas las subvenciones incluidas en aquel y que no se han podido llevar a efecto, en particular por el hecho que si bien las nominativas cuentan con las derivaciones previstas en el Presupuesto general del Consell Insular para el año 2023 (*BOIB n.º 11, de 24 de enero de 2023), que sí que lo permitirían, abstractamente, las restantes quedaron limitadas a la fecha del 30 de junio de 2023, si no estaban iniciadas antes, y no se han podido hacer (aprobar las Bases y las convocatorias respectivas, para las de concurrencia competitiva y para aquellas que no tienen concurrencia competitiva).
Vista la voluntad del equipo de Gobierno surgido de las elecciones del 28 de mayo pasado, y que tomó posesión el 17 de junio pasado, de elaborar un nuevo Plan estratégico de Subvenciones por los años 2024 y 2025, con todas las actualizaciones y modificaciones precisas que exija el anterior Plan y que puedan ser necesarias, incluidas las nuevas necesidades que surjan; junto con la elaboración y posterior aprobación del Presupuesto general de la corporación por el año 2024 (y, en su día, para el año 2025), conforme con el principio de anualidad propio del Derecho financiero local, así como también se voluntad de este equipo de Gobierno la aprobación de una Ordenanza general de subvenciones del Consell Insular de Formentera que marque el campo normativo de las subvenciones y actúe, de manera desglosada y específica, como marco general de todas las Bases reguladoras que se tengan que aprobar en el futuro.
Atendidas las consultas hechas en las diferentes áreas implicadas en las subvenciones incluidas en el Plan que se ha venido aplicando hasta el 30 de junio, que se toma como modelo, y viste que hay algunas subvenciones que a fecha de hoy no se han podido ejecutar en el ámbito correspondiente, y que no pueden quedar suspendidos en estos momentos los diversos ámbitos de la acción pública de que se trata, por falta de tener vigente un Plan estratégico de subvenciones, para poder ejecutarlas correctamente durante el año 2023, se considera adecuado y obligado prorrogar la aplicación del anterior Plan por un plazo máximo de hasta el 31 de diciembre, contador desde el 1 de julio pasado, e iniciar las actuaciones para aprobar un Plan estratégico de subvenciones entero para el periodo 2024 y 2025, en el muy entendido de ir acompasado con los Presupuestos generales correspondientes, por años o anualidades enteras y no por periodos de seis meses, a pesar de que razonable o justificado por el hecho de tratarse de un nuevo mandato electoral.
PARTE RESOLUTIVA
ACUERDO
Primero.- Prorrogar el plazo de aplicación del PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES PARA EL 2022 Y EL PRIMER SEMESTRE DE 2023 (publicado al *BOIB n.º 36, de 12 de marzo de 2022) en el SEGUNDO SEMESTRE de 2023 (con efectos desde el 1 de julio al 31 de diciembre de 2023), todo en conformidad con el que establece el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; los artículos 10 y siguientes de su Reglamento, así como atendido el establecido en el artículo 6 y concordantes del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones y, sobre todo, conforme con aquello establecido en el artículo 96.2 y en la disposición adicional novena de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consells insulars, en relación a la legislación de haciendas locales y los principios de anualidad y de una mayor y mejor gestión presupuestaria y ejecutarlo en todo aquello que, previsto, no se haya podido hacer por mor de la limitación temporal que marcaba el 30 de junio pasado, en el muy entendido que, si fuera necesario, se efectuarán las actualizaciones o modificaciones pertinentes ad hoc, hasta su completa ejecución.
Segundo.- Considerar que se iniciarán de inmediato por el equipo de Gobierno las actuaciones precisas para presentar a aprobación del Pleno un Plan estratégico de subvenciones completo para el periodo 2024 y 2025, en el muy entendido de ir acompasado con el Presupuesto general correspondiente de cada año, fundamentado en actuaciones por anualidades enteras, con lo cual se tendrá que aprobar antes de que finalice el año presente.
Así mismo, también se tiene en cuenta la voluntad de aprobar lo antes posible una Ordenanza general de subvenciones del Consell Insular de Formentera que marque el campo normativo de las subvenciones y actúe, de manera desglosada y específica, como marco general de todas las Bases reguladoras que se tengan que aprobar en el futuro, como norma del sistema de subvenciones al sí del Consell Insular.
Tercero.- Publicar al Boletín Oficial de las Islas Baleares (*BOIB), al tablón de anuncios y en la página web del Consell Insular de Formentera el acuerdo presente.
Formentera, con fecha de la firma electrónica (4 de septiembre de 2023)
El presidente Lorenzo Córdoba Marí