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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 556694
Primera modificación del Plan Estratégico de Subvenciones año 2023 del Ayuntamiento de Eivissa

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El pleno del Ayuntamiento de Ibiza, en sesión ordinaria celebrada el 27 de julio de 2023, aprueba la Primera Modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del año 2023, la cual afecta al siguiente articulado:

ARTÍCULO 7. SUBVENCIONES EN MATERIA DE VIVIENDA

B) AYUDAS PARA LA PROMOCIÓN DE VIVIENDAS PÚBLICAS DESTINADAS A ALQUILER SOCIAL.

a) Objetivo: El objeto de esta subvención es la promoción de viviendas de titularidad pública para ser destinadas al alquiler asequible y social en Ibiza. Las viviendas deberán ser calificadas como protegidas por parte de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares conforme a los parámetros y condiciones establecidas.

b) Efectos que se pretenden: Adoptar las medidas necesarias, tanto de carácter normativo como en el ámbito de la gestión que proceda, para que el IBAVI promueva las 66 viviendas públicas para ser destinadas a alquiler social en Ibiza, correspondientes a la siguiente promoción: HPP Can Escandell (PE Can Escandell, Ibiza).

c) Procedimiento: Concesión mediante subvención directa al IBAVI.

d) Coste previsible: 1. 000. 000,00 euros.

e) Financiación: La financiación se llevará a cabo con aportaciones procedentes de una subvención nominativa por este objeto recibida por parte de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, con cargo al capítulo séptimo de los presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaria 15200 75100.

f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.

ARTÍCULO 9. SUBVENCIONES EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES Y PROMOCIÓN SOCIAL

B) PROMOCIÓN Y ATENCIÓN SOCIO SANITARIA

a) Objetivo: Potenciar y colaborar en actividades que se lleven a cabo en el municipio de Ibiza y que beneficien a sus ciudadanos, en relación a la atención a aquellas personas, grupos o colectivos que sufren algún tipo de enfermedad, discapacidad, afectación o cualquier otra patología que afecte al normal desarrollo de su vida diaria.

b) Efectos que se pretenden: La subvención tiene como objeto la mejora de las condiciones de vida de las personas afectadas por cualquier tipo de afectación de la salud o bien otras circunstancias de carácter social o sanitario que impiden el desarrollo de una vida plena.

c) Coste previsible: 291. 000,00 euros

d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaria 23200-48903.

e) Procedimiento: Concesión mediante subvención en régimen de concurrencia competitiva, pero con carácter excepcional se podrán otorgar mediante concesión directa aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública.

f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.

ARTÍCULO 11. SUBVENCIONES EN MATERIA DE CULTURA

A) APORTACIÓN CONVENIOS CULTURA:

a) Objetivos: Teniendo en cuenta la necesidad, por parte del Ayuntamiento de Ibiza, de promover la enseñanza del folclore y la enseñanza del teatro, así como disfrutar de unas actividades culturales importantes para la población del municipio, a la vez que puede ayudar a descubrir vocaciones a aquellas personas que quieran dedicarse profesionalmente a su enseñanza.

b) Efectos que se pretenden: Que las asociaciones con una reconocida trayectoria profesional, lleven a cabo de manera singular cursos, destacando el baile payes y el aprendizaje para tocar diferentes instrumentos musicales característicos de nuestro folclore y clases de teatro. Ya que son las únicas asociaciones en el municipio de Ibiza que ofrecen un proyecto de enseñanza de calidad y adecuado a las expectativas de la Concejalia, que presentan diferentes cursos dirigidos a todo tipo de público y que disponen de la infraestructura apropiada.

c) Coste previsible: 60. 000 euros.

d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaria 33400-48901.

e) Procedimiento: Concesión mediante subvención con régimen de concurrencia competitiva, pero con carácter excepcional se podrán otorgar mediante concesión directa aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública.

f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.

ARTÍCULO 12. SUBVENCIONES EN MATERIA DE DEPORTES

A) APORTACIÓN CONVENIOS VARIOS DEPORTES 2023

a) Objetivos: El objetivo principal de esta línea de subvenciones es hacer posible la realización de un número importante de eventos deportivos en la Ciudad de Ibiza durante 2023. Dichos eventos deberán ser de carácter nacional o/e internacional y se organizarán de la mano de las principales entidades deportivas de nuestro entorno con el objetivo de, por una parte, promover la práctica deportiva entre nuestros ciudadanos y por la otra, situar a la Ciudad de Ibiza como un destino comprometido con el deporte y capaz de atraer a un gran número de deportistas visitantes.

b) Efectos que se pretenden: En concreto, se pretende que los mencionados acontecimientos deportivos incluyan un abanico muy variado de las modalidades deportivas más practicadas en nuestros días y que más aceptación tienen. En este sentido, también es fundamental aprovechar estas ayudas para impulsar aún más la práctica deportiva por parte de las mujeres. Así, las pruebas de realizar deberán estar guiadas por el principio de igualdad de género para que todo el mundo tenga las mismas oportunidades de participación.

Los deportes con más protagonismo, por la habitual presencia masiva de participantes, serán las carreras atléticas en ruta, carreras de montaña o trial, triatlón, motociclismo, baloncesto y bádminton. Y las entidades beneficiarias de las ayudas deberán ser clubes o federaciones con un reconocido prestigio en el ámbito de la organización de grandes eventos deportivos.

c) Coste previsible: 273. 000,00 euros

d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaria 34000 – 48900

e) Procedimiento: Concesión mediante subvención con régimen de concurrencia competitiva, pero con carácter excepcional se podrán otorgar mediante concesión directa aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública.

f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.

ARTÍCULO 13. SUBVENCIONES EN MATERIA DE COMERCIO, TURISMO Y PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

C) APORTACIÓN CONVENIOS VARIOS TURISMO

a) Objetivos: Potenciar Ibiza como destino turístico.

b) Efectos que se pretenden: Promover diversos eventos y acciones promocionales a lo largo del año para posicionar Ibiza como destino turístico.

c) Coste previsible: 165. 000,00 euros

d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaria 43200-48900.

e) Procedimiento: Concesión mediante subvención con régimen de concurrencia competitiva, pero con carácter excepcional se podrán otorgar mediante concesión directa aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública.

f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.

 

Eivissa, firmado electrónicamente, 1 de septiembre de 2023

La concejala delegada Gema Marí Planells