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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 550177
Propuesta de aprobación de subvención nominativa del Consell Insular de Formentera al Cosmitos Esportiu Club

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Texto

La Junta de Gobierno del Consejo Insular de Formentera, en sesión de carácter Ordinario de 11 de agosto de 2023, celebrada en forma presencial, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

(...)

Primero. - APROBAR el otorgamiento de subvención nominativa directa por el importe de 7.000€, al Cosmitos Deportivo Club con CIF G16643231, para la contratación de personal técnico y material para llevar a cabo las actividades de la Escuela Fútbol sala femenino para el año 2023, que se adjunta como Anexo I.

Segundo. -La gestión de la subvención se llevará a cabo de acuerdo con la firma del convenio anexo a la propuesta.

Tercero. _ AUTORIZAR Y DISPONER EL GASTO con cargo a la partida presupuestaria 2023.1.341.48000 de los presupuestos para el año 2023

Cuarto. _ RECONOCER la obligación del importe concedido, ordenar el pago y pagar el importe del 50% de 7.000€de la subvención y registrar la operación como pendiente de justificar hasta que el beneficiario proceda a la justificación de esta de acuerdo con las normas de la concesión.

Quinto. -FACULTAR al señor presidente, según el artículo 21.k de la Ley de Consejos 4/2022, de 28 de junio, de consejo insulares, del Consejo Insular de Formentera, para que una vez esté aprobada esta subvención de concesión nominativa directa, pueda firmar el convenio anexo.

Sexto. - GUARDAR copia de este convenio en el Registro de Convenios que se encuentra ubicado en la secretaría de la Corporación.

Séptimo. - NOTIFICAR este acuerdo al Cosmitos Deportivo Club.

Octavo. - PUBLICAR el Convenio en BOIB y en la página web del Consejo Insular de Formentera.

 

ANEXO I Convenio de colaboración entre el Consejo Insular de Formentera y el Cosmitos Deportivo Club para el desarrollo, coordinación y dinamización de las categorías inferiores del club para el año 2023

Reunidos

Por un lado, el señor Lorenzo Córdoba Marí, mayor de edad, vecino de Formentera, domiciliado en la plaza de la constitución núm. 1 en Formentera, con Documento Nacional de Identidad núm. ***5363**

Dª. Daisee Aguilera Fletcher mayor de edad, con DNI ***6025**, y con domicilio a efectos de comunicación a C/ Pla del Rei, 92, 07860 San Francisco de Formentera.

Intervienen

El Sr. Lorenzo Córdoba Marí, como presidente del Consejo Insular de Formentera, actuando en nombre y representación de esta Corporación, con CIF P0702400C y con domicilio en la plaza de la Constitución núm. 1, de San Francisco Javier (Formentera), en virtud del Decreto de Presidencia de 26 de junio de 2023, de atribuciones competenciales a los miembros del equipo de Gobierno, de acuerdo con el artículo 136 del Reglamento Orgánico del Consell Insular de Formentera (ROC) y en virtud del artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de régimen electoral general y de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, asistido por el Secretario de la Corporación, sr. Ángel C. Navarro Sánchez, de conformidad con el artículo 161 del ROC.

Dª. Daisee Aguilera Fletcher, presidenta del Cosmitos Deportivo Club, quien actúa en nombre y representación de ésta, con CIF G-16643231, y con domicilio a efectos de notificación en C/ Pla del Rei,92, 07860 San Francisco de Formentera, en virtud del Acta de la Asamblea General Extraordinaria de socios del Cosmitos Deportivo Club, celebrada en fecha 14 de agosto de 2019.

Ambas partes actúan en representación de sus respectivas entidades, se reconocen mutuamente plena capacidad jurídica para obrar, y

Manifiestan

PRIMERO. En virtud de lo que dispone la Ley 2/2023, de 7 de febrero, de la actividad física y el deporte de las Illes Balears y, concretamente lo que establece el artículo 9, entre otros, la competencia del Consejo Insular de Formentera por colaborar, en su ámbito territorial, con las entidades en el desarrollo del deporte.

SEGUNDO. Para el desarrollo de la referida competencia, el Consejo Insular de Formentera se encuentra facultado para suscribir los acuerdos o convenios que resulten precisos a fin de establecer los términos de la cooperación a desarrollar con otras entidades de naturaleza pública o privada.

TERCERO. El artículo 86 de la Ley 39/2015 de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, prevé la posibilidad de que aquéllas celebren convenios, que tengan por objeto satisfacer el interés público que tienen encomendado.

CUARTO. Que en el marco de la planificación deportiva del Consell Insular de Formentera existe la promoción del deporte y la educación deportiva de los jóvenes de la isla, como uno de sus objetivos.

En virtud de lo expuesto anteriormente, ambas partes acuerdan formalizar este convenio, de acuerdo con las siguientes:

Cláusulas

1. Objeto del convenio

El objeto del presente convenio es regular la colaboración entre el Consejo Insular de Formentera y el Cosmitos Deportivo Club para el desarrollo, coordinación y dinamización de las categorías inferiores del Club de fútbol sala femenino y sufragar así parte de los gastos que el club pueda tener que se deriven de la práctica y el fomento del deporte, la promoción de los valores deportivos en virtud de lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears y en el artículo 6 de la Ley 6/2001, de 11 de abril, de patrimonio de las Illes Balears.

2. Obligaciones del Cosmitos Deportivo Club

El Cosmitos Deportivo Club se hará cargo de la puesta en marcha y el desarrollo de la actividad concertada mediante una planificación anual de la actividad convenida. Esta planificación anual será presentada en el área de deportes del Consejo mediante la OAC/OVAC antes de la firma del Convenio.

3. Obligaciones de las partes respecto a la promoción y gestión de las categorías inferiores del fútbol femenino.

- Por parte del Cosmitos Deportivo Club:

a) Todo el personal empleado por la entidad dependerá laboralmente del club sin que exista ningún vínculo laboral con el Consell insular de Formentera de forma que la retribución y la asignación de sus tareas corresponderán al Cosmitos Deportivo Club que será el responsable de aplicar el convenio colectivo que corresponda. El club se compromete a tener regularizadas las relaciones laborales en todo momento de todos sus monitores/as-entrenadores/as desde el inicio de la actividad.

b) El Cosmitos Deportivo Club deberá desarrollar:

Una planificación de la temporada con los objetivos, contenidos y actividades para la enseñanza de los valores en cada uno de los grupos de deportistas que conforman las diferentes categorías del Club.

Un programa de difusión de la actividad en el que conste la colaboración del Área de Deportes del Consejo Insular de Formentera y se realizará siguiendo el calendario escolar y según el análisis de la demanda de los usuarios y usuarias.

c) El Cosmitos Deportivo Club deberá asumir todas las responsabilidades que pudieran derivarse de la realización de las actividades del fútbol femenino y del cumplimiento de los compromisos convenidos.

d) El Cosmitos Deportivo Club hará constar explícitamente la leyenda del Área de Deportes del Consejo Insular de Formentera, junto a la entidad deportiva, en toda publicidad escrita, gráfica o hablada que se realice para el fútbol femenino base. El logotipo del Área de Deportes deberá incluirse en lugar preferente en toda la publicidad gráfica que se edite por la entidad.

e) El Cosmitos Deportivo Club deberá atender y observar puntualmente las eventuales indicaciones, órdenes e instrucciones cursadas por el Área de Deportes del Consejo Insular de Formentera, admitiendo la eventual presencia y control de personal designado por la Corporación.

f) Los técnicos y técnicas del Cosmitos Deportivo Club tendrán que asistir en la medida de lo posible a los cursos de formación que el Área de Deportes organice dentro del Plan de Valores anual.

g) El Cosmitos Deportivo Club deberá trasladar semanalmente mediante un correo electrónico que se les comunicará, los eventos que se llevarán a cabo la semana siguiente (durante la semana o en fin de semana) para facilitar su difusión y la coordinación en la organización.

4. Pago de la subvención

El Consejo Insular de Formentera realizará una aportación máxima de 7.000€ IVA incluido para la efectiva realización de la gestión de la escuela de fútbol sala femenino mencionada en el manifiesto tercero de este convenio, con carga en la partida presupuestaria2023.1.341.48000 de los presupuestos generales del Consell Insular de Formentera para el año 2023.

La forma de pago por parte del Consejo Insular de Formentera será la siguiente:

  • Se abonará al Cosmitos Deportivo Club un primer pago del 50% (3.500 euros), en el momento de la firma del convenio.
  • Se abonará un segundo pago del 50% (3.500€) restante, cuando se presente una cuenta justificativa del primer 50%, aportando una memoria responsable con el contenido que determinen el Área de Deportes y la de Intervención.
  • El Técnico del área de deportes emitirá un informe favorable en el que diga que la contratación conveniada se lleva a cabo con normalidad, dentro de los objetivos marcados en este convenio.
  • Durante el mes de enero de 2024 el Club deberá justificar el 100% de su actuación. Éste será requisito indispensable para poder firmar un nuevo convenio con el Consejo. Esto no exenta de devolver la cantidad correspondiente en caso de no poder justificar el 100% de las cantidades recibidas.
  • El beneficiario está eximido de presentar garantías atendiendo a la naturaleza de las actividades subvencionadas y sus características como beneficiario, de conformidad con el artículo 42 y siguientes del Real Decreto 88/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En Cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11 del decreto legislativo 2/2005, de 25 de diciembre, texto refundido de la ley de subvenciones de las Illes Balears, el Cosmitos Deportivo Club queda sometido, entre otros, a las siguientes obligaciones:

  • Realizar las actividades o la inversión o adoptar el comportamiento que fomenta la concesión de la subvención.
  • Presentar durante el mes de enero de 2024, los documentos acreditativos de la justificación de la subvención.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación que lleven a cabo los órganos competentes en cualquier momento.
  • Notificar al CIF cualquier modificación que se pretenda realizar en la contratación de los trabajadores, inicialmente presentado, en relación con las actuaciones subvencionables.
  • El Cosmitos Deportivo Club se compromete a incluir los logos del Consejo Insular de Formentera, en todos aquellos actos de difusión y en el material divulgativo que se realice en dichos eventos.
  • Dejar constancia de la percepción y aplicación de la subvención en los libros de contabilidad o en los libros de registro que deba llevar el beneficiario de acuerdo con la legislación mercantil o fiscal que sea de aplicación.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos percibidos en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
  • Reintegrar los fondos percibidos en los supuestos previstos en el artículo 44 de esta ley.

5. Justificación de la subvención

El Cosmitos Deportivo Club presentará en el registro general de entrada del CIF, ubicado en la OAC/OVAC, dirigida al Área de Deportes de este Consejo, como fecha límite a 31 de enero de 2024 la cuenta justificativa simplificada del 100% del gasto realizado por todas las actividades llevadas a cabo y que tienen relación con el objeto del Convenio. El técnico del área de Deportes del Consell de Formentera deberá emitir un informe que corrobore que efectivamente se ha realizado este gasto y que todo es correcto para cerrar el expediente.

La documentación requerida por parte del Consejo para llevar a cabo la justificación de la subvención otorgada se detalla a continuación:

  • Organigrama del Club (tanto de la directiva como del área técnica)
  • Memoria de Actividad Anual con Grupos, Horarios, Monitores/as, etc...
  • Memoria de RR.HH: personal contratado, tipo de contrato, funciones, horario que lleva a cabo, salario, etc. . .
  • Cuenta Justificativa Simplificada Anual del 100% del gasto realizado.
  • Programa de Desarrollo (formación para los monitores/as, cursos, charlas para usuarios, padres, etc.).
  • Programa de Eventos (eventos llevados a cabo a lo largo del año, breve descripción).
  • Medios de Promoción: cartelería, posters, trípticos, uniformidad del personal, etc. donde venga la imagen del Consejo.

El Técnico del Área de Deportes del Consell Insular de Formentera deberá emitir un informe, que corrobore que efectivamente se ha realizado este gasto y que todo es correcto para cerrar el expediente.

Acreditación de estar al corriente de pago de todas las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social, o autorización en favor del CIF, para que pueda solicitar los certificados necesarios ante el Ministerio de Economía y Hacienda y el Departamento de Economía y Hacienda de la Comunidad Balear.

Presupuesto de ingresos y gastos realizados, en el que deberá incluirse la Cuenta Justificativa de Gastos que de conformidad con lo establecido en el artículo 72 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

En caso de que la documentación no se presente dentro del plazo establecido, el Consejo Insular de Formentera hará un requerimiento al Cosmitos Deportivo Club para que en el plazo de 15 días presente la documentación correspondiente a la justificación del convenio. En caso de que no se atienda a este requerimiento, el Consejo llevará a cabo los trámites necesarios para el reintegro de la subvención otorgada.

6. Reintegro de la subvención

Se establece la obligación por parte del Cosmitos Deportivo Club de reintegrar los fondos en el supuesto de incumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidas para la concesión, y en todo caso, en los supuestos regulados en el artículo 44 del decreto legislativo 2 /2005, de 28 de diciembre, texto refundido de la ley de subvenciones de las Islas Baleares.

Además, el CIF se reserva el derecho a disminuir proporcionalmente su aportación, en el supuesto de incumplimiento parcial del Convenio, o en caso de que los gastos justificados no lleguen al total de los gastos presupuestados.

7. Concordancia con otras subvenciones

El Cosmitos Deportivo Club deberá informar al Consejo Insular de Formentera, a través del órgano competente en la materia, la subvención o subvenciones que reciba para la misma finalidad. En esta comunicación hará constar el dinero obtenido, así como todas las condiciones aplicables.

En ningún caso, la cuantía total de las subvenciones podrá superar el coste total de la actividad, puesto que, si es así, la subvención concedida por esta Corporación se reducirá de forma proporcional.

8. Vigencia

Este convenio está vigente hasta el 31 de diciembre de 2023 e incluye todas aquellas actividades llevadas a cabo entre el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023.

Este convenio se podrá resolver, previa audiencia de las partes, entre otras, por las siguientes causas:

  1. El mutuo acuerdo entre las partes, que debe formalizarse por escrito
  2. El incumplimiento de las normativas de aplicación y/o de los pactos establecidos.
  3. No realizar la prestación de las actividades objeto del presente convenio.

En caso de que la resolución del convenio fuera por incumplimiento por parte del Cosmitos Deportivo Club, éste deberá reintegrar la totalidad a las cantidades económicas percibidas.

9. Procedimiento de otorgamiento de la subvención y naturaleza del presente convenio

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y constituye el instrumento a través del cual se canaliza una subvención por el procedimiento de concesión directa previsto en el artículo 7.1 c) del decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, texto refundido de la ley de subvenciones de las Islas Baleares, y en el artículo 22.2 c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, porque se acreditan razones de interés público, social, económico o humanitario que dificultan su convocatoria pública , de acuerdo con los informes que constan en el Área de Deportes del Consell Insular de Formentera.

10. Normativa de aplicación

En lo no previsto en el presente convenio, habrá que ajustarse a lo que disponen las bases de ejecución del presupuesto general del Consejo Insular de Formentera para 2023, en el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, texto refundido de la Ley de Subvenciones de las Illes Balears, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Plan Estratégico de Subvenciones para 2022 y primer semestre de 2023, aprobado inicialmente por el Pleno de 25 de febrero de 2022 y publicado en el BOIB número 36, de 12 de marzo de 2022, y de acuerdo con lo que establece el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y los artículos 10 y siguientes de su Reglamento, así como, dado lo establecido en el artículo 6 y concordantes del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones, aplicable a las Islas Baleares.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman este convenio de colaboración por duplicado.

Formentera,21 de agosto de 2023

El presidente del Consejo Insular de Formentera                                                                         La presidenta del Cosmitos Deportivo Club

Sr. Lorenzo Córdoba Marí                                                                                                                              Dª.Daisee Aguilera Fletcher

Ante mí, la secretaria accidental

Paola Sales Jiménez

Lo que se hace público por conocimiento

 

Formentera a fecha de la firma electrónica (22 de agosto de 2023)

El presidente Lorenzo Córdoba Marí