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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 548730
Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se incrementa el crédito y se modifica la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 14 de febrero de 2023, por la que se convocan ayudas correspondientes al año 2023 para el fomento de las razas autóctonas de las Illes Balears

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Texto

El 16 de febrero del 2023 se publicó en el BOIB núm. 21 la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 14 de febrero de 2023, por la que se convocan ayudas correspondientes al año 2023 para el fomento de las razas autóctonas de las Illes Balears. Esta resolución destina a su financiación un importe máximo de doscientos mil euros (200.000,00 €), que financiará el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Real decreto 1625/2011, con cargo a los presupuestos generales del Estado.

De acuerdo con dicho artículo, la financiación del Estado debe efectuarse con cargo al crédito disponible en la aplicación presupuestaria que se determine en los presupuestos generales del Estado para cada año, y la concesión de las ayudas, en la parte financiada por este Ministerio, estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la concesión. Además, determina que el Ministerio debe transferir a las comunidades autónomas las cantidades correspondientes para atender el pago de las subvenciones, que se establecerán para cada ejercicio, teniendo en cuenta, si procede, los remanentes de fondo que estén en poder de estas y el nivel de cumplimiento del programa de mejora.

Considerando la importancia de estas ayudas dentro del ámbito balear, así como las disponibilidades presupuestarias actuales, se considera conveniente complementar el crédito destinado a esta línea con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, por lo que corresponde modificar la financiación que preveía inicialmente dicha resolución.

Por otra parte, el régimen de ayuda, en el que tiene amparo esta convocatoria y que regula el Real decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, fue notificado por el Estado español a la Comisión, de acuerdo con el Reglamento (UE) 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda a los sectores agrícola y forestal y a zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea, y la Comisión le asignó el número de ayuda SA 40300 (2014XA). No obstante, dado que la vigencia prorrogada del Reglamento (UE) 702/2014, mencionado, acabó el 30 de junio de 2023, el Estado español adaptó el régimen de ayuda al vigente Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, mediante la modificación del Real decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, mencionado.

Esta modificación se realizará mediante la disposición final primera del Real decreto 663/2023, de 18 de julio, por el que se regula el control del rendimiento lechero para la evaluación genética en las especies bovina, ovina y caprina; se establecen las bases reguladoras de las subvenciones al control de rendimiento lechero, y se modifican varios reales decretos en materia agraria. Vista esta modificación, el Estado remitió una nueva notificación a la Comisión, que le asignó el número SA 108727, por lo que corresponde adaptar la convocatoria al nuevo régimen aprobado.

Por todo ello, haciendo uso de las atribuciones que tengo conferidas, a propuesta del director gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Incrementar en treinta y cinco mil trescientos cincuenta y siete euros con cincuenta céntimos (35.357,50 €) la convocatoria de ayudas que prevé la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 14 de febrero de 2023, por la que se convocan ayudas correspondientes al año 2023 para el fomento de las razas autóctonas de las Illes Balears, publicada en el BOIB núm. 21, de 16 de febrero del 2023, y queda destinado un crédito total para esta convocatoria de ayudas de doscientos treinta y cinco mil trescientos cincuenta y siete euros con cincuenta céntimos (235.357,50 €).

Segundo

Se modifica la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 14 de febrero de 2023, por la que se convocan ayudas correspondientes al año 2023 para el fomento de las razas autóctonas de las Illes Balears, publicada en el BOIB núm. 21, de 16 de febrero de 2023, que queda redactada de la siguiente manera:

1. Los puntos 1 y 2 del apartado segundo queda redactados de la siguiente manera:

“1. A esta convocatoria se destina un importe máximo de doscientos treinta y cinco mil trescientos cincuenta y siete euros con cincuenta céntimos (235.357,50 €), con la posibilidad de ampliación, con cargo a los presupuestos del FOGAIBA.

2. Las ayudas previstas en esta resolución las financiarán con ciento cincuenta y cinco mil trescientos cincuenta y siete euros con cincuenta céntimos (155.357,50 €) el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y con ochenta mil euros (80.000,00 €) la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (CAIB)”.

3. Todas las referencias al Reglamento (UE) 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio de 2014, deben entenderse efectuadas al Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda a los sectores agrícola y forestal y a zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Tercero

Esta resolución debe comunicarse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y debe publicarse en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

 

En el lugar y la fecha de la firma electrónica, (1 de setembre de 2023)

El presidente del FOGAIBA Joan Simonet Pons