Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FUNDACIÓ INSTITUT D'INVESTIGACIÓ SANITÀRIA ILLES BALEARS (IDISBA)
Núm. 548206
Resolución del director gerente de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears por la que se convoca un proceso selectivo para la contratación de un investigador o investigadora posdoctoral para el programa FOLIUM del proyecto «CONSCIENCIA IdISBa: consolidar la ciencia IdISBa», convocatoria financiada por el plan anual 2022 del Impuesto de Turismo Sostenible (ITS2023-057) para la línea de investigación «Genómica traslacional para medicina de precisión en cáncer de mama» Código de expediente: FOLIUM-CANCER2023
El Decreto 68/2012, de 27 de julio, por el que se regula el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), establece en el artículo 15 la competencia para ordenar la inserción de edictos en el BOIB y, en el punto 4, especifica que las instituciones o entes públicos no citados en los tres primeros puntos deben acreditar los órganos y las personas que, de acuerdo con su normativa específica, están facultados para ordenar o solicitar la inserción de textos en el BOIB. Si no hay acreditación específica, se debe entender que corresponde a quien ejerza la representación del órgano, el ente o la institución de que emana el texto.
Por otra parte, de acuerdo con el artículo 27 de los estatutos de la Fundación, el director gerente de la Fundación es la persona competente para desarrollar la política de personal aprobada por el Patronato y, con esta finalidad, seleccionar el personal, suscribir o rescindir los contratos, ejecutar los acuerdos del Patronato en materia de retribuciones, acordar las sanciones, ejercer la dirección superior del personal al servicio de la Fundación y mantener las relaciones con los órganos de representación de personal, además de todas aquellas actuaciones que en esta materia le sean encomendadas, sin perjuicio de las funciones que corresponden al presidente.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de las Illes Balears de la convocatoria para la contratación de una investigadora o investigador posdoctoral para el programa FOLIUM del proyecto «CONSCIENCIA IdISBa: consolidar la ciencia IdISBa», convocatoria financiada por el plan anual 2022 del Impuesto de Turismo Sostenible (ITS2023-057) para la línea de investigación «Genómica traslacional para medicina de precisión en cáncer de mama» (ver anexo adjunto).
Palma, en la fecha de la firma electrónica (31 de agosto de 2023)
El director gerente de la Fundación Sergi Camacho Clavijo
ANEXO 1
Convocatoria para la contratación de un investigador o investigadora posdoctoral para el programa FOLIUM del proyecto «CONSCIENCIA IdISBa: consolidar la ciencia IdISBa», convocatoria financiada por el plan anual 2022 del Impuesto de Turismo Sostenible (ITS2023-057) para la línea de investigación «Genómica traslacional para medicina de precisión en cáncer de mama»
La Fundación tiene encomendadas, entre otras, la función de gestionar los medios y recursos al servicio de ejecución de programas de investigación clínica, básica y aplicada, el desarrollo tecnológico y la innovación en el campo de la salud.
Para poder llevar a cabo estas funciones, la Fundación necesita efectuar la incorporación de personal investigador posdoctoral para el programa FOLIUM del proyecto «CONSCIENCIA IdISBa: consolidar la ciencia IdISBa», convocatoria financiada por el plan anual 2022 del Impuesto de Turismo Sostenible (ITS2023-057).
El proyecto «CONSCIENCIA IdISBa: consolidar la ciencia IdISBa» tiene como objetivo establecer programas de captación de talento investigador que impulsen la contratación en la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears (IdISBa), en régimen de concurrencia competitiva, de personal investigador y de apoyo a la investigación que puedan contribuir en la inversión, la investigación e innovación en la producción de resultados en salud en la Fundación IdISBa.
El artículo 23.2 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece los criterios que han de seguir los entes públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma en la contratación de personal laboral.
Los artículos 17 y 18 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, disponen que se tienen que aplicar los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad en las contrataciones.
La introducción del contrato indefinido de actividades científico-técnicas por medio del Real Decreto Ley 8/2022, de 5 de abril, convalidado por la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, de reforma de la ley de la ciencia, tiene entre sus objetivos mejorar la estabilidad laboral del personal investigador, técnico o de gestión de proyectos de investigación y es la modalidad que proponemos para la contratación del personal que resulte adjudicatario de esta convocatoria.
Aunque el artículo 20.1 de la ley de la ciencia recoge de forma expresa una remisión general para todas las modalidades de contrato de trabajo del personal investigador, en la que se incluye el contrato de actividades científico-técnicas (ET y sus normas de desarrollo, convenios colectivos aplicables, y en su caso el EBEP), debemos considerar que la norma específica que debe aplicarse es el artículo 23 bis, y la otra normativa referenciada actuará como norma supletoria de aplicación en cada caso. En este efecto, el IdISBa propone para el personal investigador que resulte adjudicatario la formalización de un contrato de actividades científico-técnicas, que regula el artículo 23 bis de la ley de la ciencia, cuyo objeto es «la realización de actividades vinculadas a líneas de investigación o de servicios científico-técnicos, incluyendo la gestión científico-técnica de estas líneas que se definen como un conjunto de conocimientos, inquietudes, productos y proyectos construidos de manera sistemática en torno a un eje temático donde confluyan actividades realizadas por uno o más grupos de investigación, y requerirá su desarrollo siguiendo las pautas metodológicas adecuadas en forma de proyectos de I+D+i».
El apartado segundo B del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de febrero de 2007, de modificación del ámbito de aplicación y de determinación del alcance de control del punto 5 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 1995, prevé la contabilidad y la rendición de cuentas de las empresas públicas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en lo referente a la selección de personal de los entes públicos de la Comunidad Autónoma.
Por todo ello, y en el ejercicio de las competencias que me atribuye el artículo 28.1 y de los estatutos fundacionales vigentes,
CONVOCO
El proceso para la contratación de un investigador o una investigadora posdoctoral para el programa FOLIUM del proyecto «CONSCIENCIA IdISBa: consolidar la ciencia IdISBa», de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears para la línea de investigación «Genómica traslacional para medicina de precisión en cáncer de mama» con los requisitos, las características y los criterios de selección siguientes:
I. Requisitos de la plaza
No se valorarán los CVA o CV de las personas que no cumplen con los requisitos.
II. Funciones
III. Presentación de solicitudes
Las solicitudes se pueden presentar en el registro físico de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears o mediante el correo electrónico[1] de la Unidad de Recursos Humanos: idisba.convocatorias@ssib.es. Se debe indicar el código de expediente «FOLIUM-CANCER2023» en el asunto del correo electrónico. Las solicitudes presentadas por cualquier otro medio, correo o formato no se considerarán presentadas.
El plazo de recepción de solicitudes será de 15 días hábiles desde el día siguiente de la fecha de publicación de la convocatoria.
Las personas aspirantes tendrán que presentar junto con la solicitud, la documentación acreditativa de los requisitos y de los méritos que aleguen en la forma que establecen estas bases. No se podrá valorar ningún mérito que no se haya acreditado con la aportación de la documentación correspondiente dentro del plazo de presentación de solicitud.
IV. Admisión de las personas aspirantes
Una vez vencido el plazo de presentación de solicitudes y de la documentación relativa a los requisitos para participar en el procedimiento de selección, se publicará una resolución (en la página web del IdISBa) mediante la cual se aprueba la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión.
Las personas aspirantes excluidas u omitidas dispondrán de un plazo de 3 días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación de la resolución provisional de cada etapa selectiva, para subsanar los defectos o adjuntar la documentación que sea preceptiva. En el caso de no subsanar o adjuntar la documentación indicada, se entenderá que desisten en su solicitud.
Finalizado el plazo indicado en el párrafo anterior, se dictará una resolución mediante la cual se aprobará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas del proceso selectivo.
Casos de exclusión: presentar la solicitud fuera de plazo o no reunir los requisitos.
V. Reserva en favor de las personas con discapacidad
Existe en el IdISBa una reserva del 7 % de los puestos de trabajo para personas con discapacidad, de acuerdo con el Real Decreto Ley 5/2015 del TREBEP. No obstante, esta plaza no está reservada para este fin.
VI. Modalidad de contratación
Contrato indefinido conforme con el artículo 23 bis de la ley de la ciencia, en el programa «CONSCIENCIA IdISBa: consolidar la ciencia IdISBa».
Remuneración: 33 411,86 euros brutos anuales en 12 pagas.
VII. Acreditación de los requisitos y méritos
Los requisitos y méritos que aleguen las personas aspirantes se tienen que acreditar con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes mediante la presentación de copia o copia cotejada de la siguiente documentación:
a) Solicitud.
b) Fotocopia del DNI o NIE y primera página del pasaporte.
c) Titulación académica: copia de ambas caras del título.
d) Presentación del título de doctor o doctora, o del certificado de estudios en el que conste la calificación obtenida en la tesis doctoral y la fecha en la que se obtuvo el título de doctor o doctora.
e) Experiencia profesional: mediante certificado firmado por la persona responsable de la entidad en la que se prestaron los servicios, con especificación del tiempo de experiencia en los diferentes ámbitos que se valoran en esta convocatoria. Si no es posible, mediante contrato o vida laboral.
f) Presentación de un CVA de máximo 4 páginas. Se presentará en formato electrónico PDF, generado de una de las siguientes formas: i) de forma automática desde el editor CVN , ii) desde cualquier institución certificada en la norma curriculum vitae normalizado (CVN) de la FECYT que ofrezca el servicio CVA o iii) CV libre con interlineado simple, Arial 11, de 4 páginas. Como mínimo, han de aparecer los requisitos e indicadores requeridos en la convocatoria(ver sección IX. Procedimiento de selección):
g) Certificados de participación como IP en proyectos de investigación, firmados por la Dirección del centro que corresponda.
h) Certificado o contrato laboral de la institución científica receptora de las estancias.
i) Copia de los certificados o diplomas acreditativos de premios, menciones y distinciones, participación en patentes y otros.
j) Copia de certificado de conocimientos orales y escritos de idiomas: mediante certificado expedido por el órgano competente (EOI, Conselleria, UIB, u otras universidades o centros de acreditación de reconocido prestigio). En el caso de candidatos extranjeros cuya primera lengua sea el inglés, deben presentar certificados de la entidad donde se ha graduado en sus estudios básicos.
Las personas aspirantes han de presentar todos los documentos acreditativos de sus méritos ordenados de acuerdo con los apartados del baremo de méritos y numerados correlativamente (junto con el autobaremo de acuerdo con la plantilla que figura en el anexo 3 que acompaña a estas bases).
VIII. Tribunal calificador
El tribunal calificador puede declarar, previo informe motivado, la convocatoria desierta a causa de la falta de adecuación de candidatos y candidatas.
IX. Procedimiento de selección
En una primera etapa se hará una selección mediante la valoración de méritos acreditados, de acuerdo con el baremo que aparece a continuación en el apartado a. En una segunda etapa las cinco mejores candidaturas pasarán a una defensa personal de acuerdo con el apartado b.
a) Méritos (6 puntos máx.)
1. Experiencia investigadora (2 puntos máx.)
2. Movilidad investigadora (1.5 puntos máx.)
Estancias predoctorales o posdoctorales en instituciones de investigación distintas del centro de obtención del doctorado:
3. Otros méritos (1.5 puntos máx.)
4. Conocimientos de idiomas (1 punto máx.)
b) Defensa oral (4 puntos máx.)
La persona candidata hará una exposición y defensa oral de 15 minutos mediante una presentación PowerPoint donde se valorará:
La presentación deberá ser remitida (en el plazo que se establezca al publicar la lista de personas admitidas y excluidas de la convocatoria) en formato PDF al correo electrónico de la Unidad de Recursos Humanos: idisba.convocatorias@ssib.es.
X. Empate de candidaturas
En caso de empate, prevalecerá el proyecto que haya obtenido mayor valoración siguiendo el orden de apartados de la convocatoria.
XI. Normas generales y otras disposiciones
1. En caso de renuncia de la persona aspirante, se seguirá el estricto orden de puntuación obtenida por el resto de aspirantes.
2. Los contratos financiados con cargo a las ayudas objeto de esta convocatoria son incompatibles con la vigencia de cualquier otro contrato laboral del personal contratado.
3. En los trabajos publicados como consecuencia de la actividad desarrollada, se hará constar la financiación por el plan anual 2022 del Impuesto del Turismo Sostenible y la gestión de la beca por el IdISBa.
4. Los resultados que se originen como consecuencia del proyecto subvencionado deberán ser publicados en acceso abierto.
5. En todo aquello no señalado en la presente convocatoria se seguirán las instrucciones que disponga la Dirección Científica o el Comité Científico Interno del IdISBa, que resolverán las incidencias generadas por esta convocatoria.
XII. Recursos
El orden jurisdiccional social es el competente para resolver las controversias derivadas de estas bases, de acuerdo con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, sin que se pueda interponer otro recurso en vía administrativa ni ninguna reclamación previa a la vía judicial social.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (31 de agosto de 2023)
El director gerente de la Fundación Sergi Camacho Clavijo
ANEXO 2 Formulario de inscripción para la oferta de contratación de un investigador o investigadora posdoctoral para el programa FOLIUM del proyecto «CONSCIENCIA IdISBa: consolidar la ciencia IdISBa», de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears
Nombre: Apellidos:
DNI:
Dirección:
Teléfono de contacto:
Correo electrónico:
EXPONGO:
Que he tenido conocimiento de la convocatoria del proceso selectivo para la contratación de una investigadora o investigador posdoctoral para el programa FOLIUM del proyecto «CONSCIENCIA IdISBa: consolidar la ciencia IdISBa», de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears, para la línea de investigación «Genómica traslacional para medicina de precisión de cáncer de mama».
DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA
DECLARO:
Así, por todo lo expuesto,
SOLICITO:
Mi admisión para formar parte del proceso de selección para la contratación como investigador o investigadora posdoctoral para el programa FOLIUM del proyecto «CONSCIENCIA IdISBa: consolidar la ciencia IdISBa» de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears.
Palma, _____________________
Firma
ANEXO 3 — AUTOEVALUACIÓN DE MÉRITOS
Proceso selectivo para la contratación de personal investigador posdoctoral para el programa FOLIUM del proyecto «CONSCIENCIA IdISBa: consolidar la ciencia IdISBa» |
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NOMBRE |
|
PUNTOS MÁX. |
PUNTOS |
DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ADJUNTA* |
1. Experiencia profesional |
2 |
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Publicaciones de artículos indexadas en el JCR |
2 |
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Autoría preferente en primer decil. (0.2 p. por publicación) |
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Autoría no preferente en primer decil. (0.1 p. por publicación) |
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Autoría preferente en primer cuartil. (0.1 p. por publicación) |
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Autoría no preferente en primer cuartil. (0.05 p. por publicación) |
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||
Otras publicaciones indexadas en el JCR |
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Autoría preferente. (0.04 p. por publicación) |
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Autoría no preferente. (0.01 p. por publicación) |
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Proyectos de investigación financiados en convocatorias competitivas |
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Como IP en proyectos nacionales. (0.15 p. por proyecto nacional) |
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Como IP en proyectos internacionales. (0.30 p. por proyecto internacional) |
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2. Movilidad investigadora |
1.5 |
|
|
|
Estancias extranjeras. (0.15 p. por mes) |
1.5 |
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|
|
Estancias nacionales. (0.075 p. por mes) |
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||
3. Otros méritos |
1.5 |
|
|
|
Premio extraordinario de doctorado, diplomatura, licenciatura, grado, máster o posgrado. (0.25 puntos por premio) |
1.5 |
|
|
|
Participación en patentes. (0.5 p. por patente) |
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4. Conocimientos de idiomas |
1 |
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Certificado de catalán. (0.15 p. por el B2 o 0.25 p. por el C1 o superior) |
0.25 |
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|
Certificado de inglés. (0.25 p. por el B2 o 0.75 p. por el C1 o superior) |
0.75 |
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TOTAL |
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* Es necesario especificar con claridad cada uno de los documentos acreditativos que se adjuntan a la solicitud para el correcto cómputo de los puntos. (Ej.: certificado B2 inglés de la EOI). |
[1] Los documentos adjuntos al correo electrónico deben estar en formato PDF y comprimidos en un único ZIP.