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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 549214
Resolución del consejero de Educación y Universidades de 22 de agosto de 2023 por la que se rectifican los errores y se modifica la Resolución de día 26 de junio de 2023 del consejero de Educación y Formación Profesional por la que se conceden y deniegan ayudas en especie para la participación del alumnado del cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria y del sexto curso de Educación Primaria de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en el marco de cuatro programas de inmersión lingüística en lenguas extranjeras durante el verano de 2023

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Texto

Hechos

1. Por resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de día 9 de febrero de 2023 (BOIB núm. 24 de 23 de febrero) se convocaron ayudas en especie para la participación de alumnado del cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria y del sexto curso de Educación Primaria de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en el marco de cuatro programas de inmersión lingüística en lenguas extranjeras durante el verano de 2023.

2. Asimismo, en fecha 28 de abril de 2023 se firmaron los contratos correspondientes a los diferentes programas de inmersión lingüística con diferentes empresas en el procedimiento que se sigue de conformidad con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público vinculado a esta convocatoria. Dado el precio de adjudicación y el importe total máximo de cada lote del contrato de referencia, se pueden conceder hasta un total de 631 ayudas en especie: hasta 137 para la modalidad A, hasta 10 para la modalidad B , hasta 29 para la modalidad C y hasta 455 para la modalidad D.

3. En fecha 1 de julio de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares número 89 la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 26 de junio de 2023 por la que se conceden y deniegan ayudas en especie para la participación de el alumnado del cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria y del sexto curso de Educación Primaria de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en el marco de cuatro programas de inmersión lingüística en lenguas extranjeras durante el verano de 2023. En concreto, para la modalidad D (curso: ¡Mejora tu inglés en verano!) se concedieron un total de 402 ayudas en especie.

4. Los cursos de la modalidad D (curso: ¡Mejora tu inglés en verano!) se han realizado en las localidades de las Islas Baleares que se mencionan a continuación en las siguientes fechas:

Mallorca

- Palma: del 3 al 14 de julio (1º turno) y del 17 al 28 de julio (2º turno).

- Inca: del 3 al 14 de julio

- Llucmajor: del 17 al 28 de julio

- Manacor: del 17 al 28 de julio

Menorca

- Ciutadella: del 17 al 28 de julio

- Maó: del 3 al 14 de julio

Ibiza

- Ibiza: del 3 al 14 de julio

- Santa Eulària des Riu: del 17 al 28 de julio

5. El apartado 2 del punto decimotercero de la convocatoria determina que con el alumnado incluido en los listados de reserva se irá sustituyendo, por riguroso orden, al alumnado de las listas de beneficiarios que no confirme la asistencia en los términos del punto decimoctavo, renuncie o no participe en los programas por cualquier otro motivo.

6. Asimismo, en cuanto a las obligaciones de los beneficiarios de las ayudas en especie, de una lectura a sensu contrario del apartado 5 del punto vigésimo segundo de la convocatoria, se desprende que los alumnos beneficiarios han dispuesto de un plazo de hasta 4 días hábiles antes del inicio del curso correspondiente para renunciar a ellas sin incurrir en incumplimiento total o parcial a efectos de la revocación y el reintegro de las ayudas en especie.

7. En cumplimiento de las obligaciones establecidas en el pliego de prescripciones técnicas que rige los contratos de referencia, las empresas adjudicatarias han gestionado la aceptación de las ayudas en especie por parte de los interesados propuestos como beneficiarios, la renuncia y sustitución de los mismos en los términos que dictan el punto decimotercero y el decimoctavo de la convocatoria y han remitido a la conselleria la lista definitiva de beneficiarios que han aceptado la ayuda en especie dentro del plazo especificado por la convocatoria y los correspondientes anexos cumplimentados.

8. No obstante lo anterior, a mediados del mes de agosto la empresa adjudicataria del lote 4 del contrato de referencia, relativo a la modalidad D (curso: ¡Mejora tu inglés en verano!), ha comunicado y acreditado a la consejería los hechos que se mencionan a continuación y que afectan a la resolución de concesión de 26 de junio de 2023 y sus anexos IV y VIII:

a) La empresa ha comunicado unos errores de hecho relativos a seis alumnos que figuran en la lista de alumnos en lista de reserva o que han renunciado a la ayuda de la modalidad D (anexo VIII), pero que aceptaron las ayudas en especie dentro de plazo y que deberían figurar en la lista de beneficiarios de la modalidad D (anexo IV).

b) La empresa también ha comunicado la renuncia de diez alumnos beneficiarios, seis de los cuales han renunciado dentro del plazo establecido en la convocatoria por lo cual sus renuncias pueden ser aceptadas y se les debe denegar la concesión de las ayudas en especie.

c) Asimismo, la empresa ha comunicado una nueva aceptación de la ayuda en especie por parte de un alumno que figura en la lista de reserva de la modalidad D (anexo VIII) y que se produjo con posterioridad a la resolución del consejero de 26 de junio.

9. Como consecuencia de todo lo anterior, se hace necesario rectificar y modificar la Resolución de día 26 de junio de 2023 del consejero de Educación y Formación Profesional por la que se conceden y deniegan ayudas en especie para la participación del alumnado del cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria y del sexto curso de Educación Primaria de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en el marco de cuatro programas de inmersión lingüística en lenguas extranjeras durante el verano de 2023 y sus anexos IV y VIII relativos a las ayudas en especie de la modalidad D (curso: ¡Mejora tu inglés en verano!).

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas podrán, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

2. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o disposición.

3. Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre).

4. Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre).

5. Orden de la consejera de Educación y Cultura, de 1 de julio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB núm. 100, de 11 de julio).

6. Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 9 de febrero de 2023 por la que se convocan ayudas en especie para la participación del alumnado del cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria y del sexto curso de Educación Primaria de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en el marco de cuatro programas de inmersión lingüística en lenguas extranjeras durante el verano de 2023 (BOIB núm. 24, de 23 de febrero).

7. Resolución de día 26 de junio de 2023 del consejero de Educación y Formación Profesional por la que se conceden y deniegan ayudas en especie para la participación del alumnado del cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria y del sexto curso de Educación Primaria de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en el marco de cuatro programas de inmersión lingüística en lenguas extranjeras durante el verano de 2023 (BOIB núm. 89, de 1 de julio).

 

Por todo ello, a la vista de la propuesta de resolución del director general de Planificación, Ordenación e Infraestructuras Educativas, dicto la siguiente

Resolución

Primero. Rectificar los errores advertidos en los anexos IV y VIII de la Resolución de día 26 de junio de 2023 del consejero de Educación y Formación Profesional por la que se conceden y deniegan ayudas en especie para la participación del alumnado del cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria y del sexto curso de Educación Primaria de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en el marco de cuatro programas de inmersión lingüística en lenguas extranjeras durante el verano de 2023 relativos a los alumnos beneficiarios siguientes, que se eliminan del anexo VIII y se incorporan al anexo IV:

Apellidos y nombre

DNI o NIE

Isla

Localidad

SANCHEZ VALLS, MIREIA

****0407**

MALLORCA

PALMA

SARMIENTO BERROCAL, ALEJANDRO  NICOLAS

****3103**

MALLORCA

LLUCMAJOR

BENÍTEZ PÉREZ, ANA MAR

****6576**

MALLORCA

PALMA

CALDENTEY COLOMAR, ALEIX

****1126**

MALLORCA

MANACOR

FABIO MONTES, RUBÉN

-

MALLORCA

PALMA

CASTELL ESCOLANO, HERA

****2482**

MENORCA

CIUTADELLA

Segundo. Aprobar la concesión de las ayudas en especie al alumnado siguiente, sin perjuicio de lo indicado en el apartado 8 c) de los hechos de esta Resolución:

Apellidos y nombre

DNI o NIE

Isla

Localidad

VALLS PLANAS, ADRIÀ

****2386**

MALLORCA

INCA

Tercero. Aceptar las renuncias dentro de plazo de los alumnos que se mencionan a continuación y denegarles la concesión de las ayudas en especie:

Apellidos y nombre

DNI o NIE

Isla

Localidad

BARANDICA PRATS, ASIER

****0336**

EIVISSA

EIVISSA

PEREZ MOLL, INES

****1575**

MALLORCA

LLUCMAJOR

AMER PUIGGROS, ELISABET

-

MALLORCA

MANACOR

ARMELLA MORRO, PAULA

****1157**

MALLORCA

PALMA

BRAJER MARUGAN, AITANA

****3627**

MALLORCA

PALMA

FONS SERVERA, FRANCINA AINA

****6346**

MALLORCA

MANACOR

Cuarto. Modificar los anexos IV y VIII de la Resolución de día 26 de junio de 2023 del consejero de Educación y Formación Profesional por la que se conceden y deniegan ayudas en especie para la participación del alumnado del cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria y del sexto curso de Educación Primaria de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en el marco de cuatro programas de inmersión lingüística en lenguas extranjeras durante el verano de 2023 en los términos indicados anteriormente.

Quinto. Ordenar la publicación de esta Resolución y los anexos IV y VIII modificados de la Resolución de día 26 de junio de 2023 del consejero de Educación y Formación Profesional por la que se conceden y deniegan ayudas en especie para la participación del alumnado del cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria y del sexto curso de Educación Primaria de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en el marco de cuatro programas de inmersión lingüística en lenguas extranjeras durante el verano de 2023 en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución -que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

 

​​​​​​​También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29 /1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 22 de agosto de 2023

El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany

Documentos adjuntos