Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 547798
Notificación de la Resolución de Revocación de resolución de denegación de las ayudas, prórroga 2020 de fecha 10 de agosto de 2023, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantia Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 26 y 27 de febrero de 2015, por la cual se convocan subvenciones para el Fomento de la Agricultura Ecológica y Fomento de pastos para el aprovechamiento de la Ganadería Ecológica, para el año 2015
El apartado 9.3 de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 26 y 27 de febrero de 2015 por la cual se convocan subvenciones para el Fomento de la Agricultura Ecológica y Fomento de pastos para el aprovechamiento de la Ganadería Ecológica, para el año 2015, especifica que la resolución expresa se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos que prevee el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, d'1 d'octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantia Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), en cumplimiento del que dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El vicepresidente en Materia de Pesca del FOGAIBA, con fecha de 10 de agosto de 2023, dicta lo siguiente:
“INFORME/ PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE REVOCACIÓN DE RESOLUCIÓN DE DENEGACIÓN
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020
Medida 11.2.1. Fomento de la Agricultura Ecológica
Medida 11.2.2. Fomento de pastos para el aprovechamientop de la Ganadería Ecológica
Convocatoria 2015 - Prórroga 2020
Documento: Resolución
Código SIA: 2405393
Emisor (DIR3): A04026954
Código BDNS: 494509
Antecedentes
1.Con fecha 26 de febrero de 2015, se publicó en el BOIB núm. 29 la Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014- 2020.
2.Con fecha de 28 de febrero de 2015 se publicó, en el BOIB núm. 30, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas al fomento de la agricultura ecológica.
3.Con fecha 28 de febrero de 2015 se publicó, en el BOIB núm. 30, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas al fomento de los pastos para el aprovechamiento de la ganadería ecológica.
4.Con fecha 11 de junio de 2015 se publicó, en el BOIB núm. 87, una modificación de las Resoluciones citadas anteriormente. También, con fecha 30 de junio de 2016, se publicó, en el BOIB núm. 86, otra modificación de las resoluciones citadas.
5.Con fecha 2 de febrero de 2017 se notifica a la interesada Francina dels Àngels Mateu Juan (DNI ***1905**), mediante la publicación en el BOIB núm. 14, la Resolución de concesión de la ayuda para el fomento de la agricultura ecológica para el período 2015-2019. Posteriormente, se notifica mediante BOIB núm. 70, con fecha 8 de junio de 2017, la Resolución de concesión de la ayuda para el fomento de los pastos para el aprovechamiento de la Ganadería Ecológica para el período 2015-2019.
6.Con fecha 06 de febrero de 2020 se publicó, en el BOIB núm. 16, la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2020, de las ayudas para prorrogar los compromisos asumidos para el fomento del agricultura ecológica.
7.Con fecha 06 de febrero de 2020 se publicó, en el BOIB núm. 16, la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2020, de las ayudas para prorrogar los compromisos asumidos para el fomento de pastos para el aprovechamiento de la ganadería ecológica.
8.Con fecha 7 de octubre de 2021 se publicó, en el BOIB núm. 137, la Resolución de denegación de la prórroga de las ayudas para el fomento de la agricultura ecológica para el año 2015 al año 2020 y para el fomento de pastos para el aprovechamiento de la ganadería ecológica para la sol solicitante Francina dels Àngels Mateu Juan (DNI ***1905**).
9.Con fecha 5 de noviembre de 2021 la interesada presenta un recurso de alzada contra la Resolución de denegación antes mencionada, y con fecha 12 de julio de 2022 la consellera de Agricutura, Pesca y Alimentación la estima parcialmente.
10.En consecuencia, corresponde revorcar la Resolución de denegación y retrotraer el procedimiento, a fin de que se tenga en consideración el error detectado y conceder la ayuda si cumple todos los requisitos exigidos y en los mismos términos que dicta la convocatoria.
Fundamentos jurídicos
1.Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 28 de febrero de 2015 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas al fomento de la agricultura ecológica .
2.Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 22 de julio de 2016 (BOIB núm 95 de 28 de julio) por la que se modifican los créditos y las cofinanciaciones de diversas convocatorias de subvenciones del FOGAIBA, correspondientes a las medidas contempladas en el Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
3.Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 6 de febrero de 2020, por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2020, de las ayudas para prorrogar los compromisos asumidos para el fomento de la agricultura ecológica.
4.Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.
5.Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 352/78, (CE) núm. 165/94, (CE) núm. 2799/98, (CE) núm. 814/2000, (CE) núm. 1290/2005 y (CE) núm. 485/2008 del Consejo.
6.Reglamento delegado (UE) núm. 640/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, por el que se completa el Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que se refiere al sistema integrado de gestión y control ya las condiciones sobre la denegación o retirada de los pagos y sobre las sanciones administrativas aplicables a los pagos directos, a la ayuda al desarrollo rural ya la condicionalidad .
7.Reglamento de ejecución (UE) núm. 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
8.Reglamento de ejecución (UE) núm. 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad.
9.Real decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.
10.Real decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos o determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión o de apoyo a la cosecha en verde, en el sector vitivinícola.
11.Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
12.Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
13.Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.
14.Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
15.Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020 .
16.Ley 3/2019, de 31 de enero, agraria de las Islas Baleares.
17.Decreto 65/2007, de 25 de mayo, de constitución, organización y funcionamiento del Organismo Pagador de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), a la comunidad autónoma de las Islas Baleares BOIB núm. 082 de 2007; en virtud de la Orden de la consejera de Agricultura y pesca de 23 de diciembre de 2005, por la que se dispone la asunción de la ejecución de la política de mejora y fomento de los sectores agrario y pesquero por parte del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares, establece en el artículo 1 que el FOGAIBA asume la ejecución de la política de la Consellería de Agricultura y Pesca referente a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrario y pesquero , a partir del 1 de enero de 2006.
18.Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
19.Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
Propuesta de Resolución
Por todo ello, se informa favorablemente y se propone al vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:
1.Revocar la resolución de denegación de la ayuda de la Medida 11.2.1. Ayudas para el fomento de la agricultura ecológica y medición 11.2.2. Ayudas para el fomento de pastos para el aprovechamiento de la ganadería ecológica de prórroga de los compromisos para el año 2020 del PDR de la beneficiaria Francina dels Àngels Mateu Juan (DNI ***1905**).
2.Notificar esta resolución a los beneficiarios mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, y los artículos 121 y 122, de la Ley 39/2015, de '1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
La jefa de la Sección II
Maria José Lorente García
Conforme con el informe, se propone
La jefa del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural
Gema Canós Franch
Conforme a la propuesta, dicto resolución
El vicepresidente del FOGAIBA en materia de Pesca
Antonio Grau Jofre
Por suplencia del vicepresidente del FOGAIBA en materia agraria (Decreto 64/2005, de 10 de junio de 2005)”
Palma, a fecha de la firma electrónica (31 de agosto de 2023)
El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni