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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE ARTÀ

Núm. 540354
Aprobación definitiva de la modificación de la base de ejecución núm. 40 del presupuesto municipal para el año 2023

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Transcurrido el plazo de quince días de exposición pública del acuerdo de modificación de la base núm. 40 de las bases de ejecución que acompañan al presupuesto general de la entidad para 2023 sin que se haya presentado ninguna reclamación, el mismo se ha convertido en definitivo en aplicación de lo previsto en el art. 169.1 del RD Legislativo 2/2004 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

En cumplimiento de lo previsto en el art. 169.3 del citado Real Decreto, se publica a continuación la base núm. 40 en su redacción definitiva:    

"Base 40. Gastos de representación, indemnizaciones y asistencia a sesiones de los miembros de la Corporación.

a) Indemnizaciones por gastos ocasionados por el ejercicio del cargo

Todos los miembros de la corporación, excepto los que cobran dedicación exclusiva o parcial tienen derecho a recibir indemnizaciones por los gastos ocasionados por el ejercicio del cargo cuando sean efectivas y después de justificarlo documentalmente según las normas de aplicación general a las administraciones públicas, las cuales se especifican en las bases correspondientes de este capítulo y las que se determinan a continuación:

Dietas por responsabilidad de gestión y por día efectivamente dedicado al cargo en perjuicio de las ocupaciones habituales remuneradas, por los miembros de la corporación que no tengan dedicación exclusiva:

- 95.12 €/brutos (1/2000: 47,56 €) (máximo equivalente a cinco dietas), con el aumento anual aplicado por la Ley de presupuestos generales del Estado a los empleados públicos.

b) Asistencias a sesiones de órganos colegiados   

Los miembros de la corporación que no tienen dedicación exclusiva percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de los que formen parte en las cuantías que se especifican:

- Asistencias a Junta de Gobierno Local: 100 €/brutos;

- Comisiones Informativas y Plenos: 77 €/brutos;

Ambas cantidades con el aumento anual aplicado por la Ley de presupuestos generales del Estado a los empleados públicos.”

Esta aprobación puede ser impugnada ante la jurisdicción contencioso administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del texto refundido de la ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de la jurisdicción citada.

 

Artà, fecha de la firma electrónica (28 de agosto de 2023)

El alcalde Manuel Galán Massanet