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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TERRITORIO Y MOVILIDAD

Núm. 540194
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares sobre la Modificación de la Declaración Ambiental Estratégica Ordinaria de la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana, Ibiza (113E/2015)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 25.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, en sesión de 27 de abril de 2023,

MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA

Informes recibos de las administraciones consultadas

Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (16/2/2023) «[...] a efectos de poder emitir un informe adecuado de conclusiones, se solicita sea enviado en castellano un ejemplar completo y diligenciado»

La CMAIB, el 7 de marzo de 2023, trasladó al Ayuntamiento de Ibiza esta petición pero no se ha recibido respuesta.

Consejería Fondos Europeos, Universidad y Cultura. Dirección General Modernización y Administración Digital 820/2/2023)

[...] Una vez consultada la documentación aportada, esta DG considera que la modificación propuesta no afecta al vigente PDS de Telecomunicaciones de las Islas Baleares y su normativa asociada.

Consell de Ibiza. Sección de Medio Ambiente y Servicio de Territorio (24/2/2023)

[...] se considera adecuado proceder a la modificación solicitada porque se cumplen los requisitos del art. 28.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de EA.

Consejería Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática. Servicio de Cambio Climático y Atmósfera (14/2/2023)

[...] Se mantienen las conclusiones del informe 064/21-CA: se tendría que incorporar la perspectiva climática en la Declaración ambiental.

Para cumplir con la Ley 10/2019, de 22 de febrero, de cambio climático y transición energética y sus objetivos, se tendría que incorporar la documentación justificativa necesaria en cuanto a los puntos 3.3. y 3.4 de este informe.

El mencionado informe 064/021-CA es el que se emitió el 12 de abril de 2021 sobre la solicitud de prórroga de la DAE.

Consejería Medio Ambiente y Territorio:

- Dirección General de Recursos Hídricos. Servicio de Estudios y Planificación (16/3/2023)

Conclusiones:

Por todo esto, en relación a la solicitud de modificación de la Declaración Ambiental Estratégica de la revisión del PG de Ibiza informo que:

1. La solicitud que hace el Ayuntamiento de Ibiza hace referencia a un informe del SEP realizado en base a los «documentos de 2ª aprobación provisional de la revisión del PG de Ibiza. Noviembre 2021» donde dice el solicitante que ha incorporado los condicionantes de la DAE. No se ha acreditado esta 2ª aprobación provisional, y la modificación de la DAE que se solicita el 18 de enero de 2023 es sobre la aprobación provisional del PG de Ibiza de 9 de abril 2018.

2. Este documento de 2.ª aprobación del PG de Ibiza, que presenta una serie de condicionantes para su ejecución, se informó favorablemente el 27 de mayo de 2022 sobre suficiencia de recursos hídricos, mientras que la disponibilidad quedaba supeditada a la regularización de las extracciones correspondientes.

3. Este documento de 2.ª aprobación del PG de Ibiza compilación a la Memoria de ordenación y su Anexo el resumen de las conclusiones del PGSA para desarrollar las dos fases de ejecución establecidas en el PG (fase I y fase II). La fase I con el convenio actual con Abaqua de abastecimiento de aguas desalinizadas y la regularización de las concesiones, cumpliendo los condicionantes de la Resolución de concesión, tiene garantizada la suficiencia hídrica y la disponibilidad. Para desarrollar la fase II se tenían que ejecutar una serie de medidas de reducción de la demanda hídrica y verificar que se lograban sus objetivos.

4. A pesar de que este desarrollo condicionado de la fase II está recogido en la Memoria de Ordenación, también tendría que estar incorporado a los documentos normativos del documento de 2ª aprobación provisional del PG y a las correspondientes fichas de UA o a la ficha 39 «G-Gestión Uas 2021» se tendría que recoger alguna redacción que hiciera referencia a que el desarrollo de estas no se puede llevar a cabo solo con la aprobación del PG, sino que también es condición necesaria el cumplimiento de una serie de condicionantes que se tienen que verificar previamente a su desarrollo.

5. El PGSA no planteaba ningún incremento de plazas turísticas y esto se tenía que trasladar al PS. En los documentos de segunda aprobación provisional del PG se ha trasladado una contención transitoria de capacidad turística como un objetivo a la Memoria de Ordenación, a pesar de que entra a regular la actividad turística, y una apuesta por una congelación de plazas en el modelo turístico. Falta una redacción clara que establezca que las plazas turísticas no crecerán, y que esta redacción esté recogida en los documentos normativos del PS.

6. El objetivo de reducción de la demanda del 15% respecto a datos del 2019 para poder ejecutar la fase II, fijado por el 28 de octubre de 2025, se ve comprometido por la evolución que está teniendo la demanda real.

- ABAQUA. Área de Planificación y Construcción de Saneamiento (20/3/2023)

[...] se concluye que la modificación de la DAE no afectará de manera significativa la capacidad de saneamiento y depuración del Sistema General de Saneamiento y Depuración (SGSD) asociado a la EDAR de Ibiza, puesto que no afecta a las consideraciones del informe de capacidad de saneamiento y depuración de 30 de agosto de 2018.

- ABAQUA. Área de Construcción y Gestión de Abastecimiento y Desaladoras (21/3/2023):

El informe emitido el 28 de febrero de 2019 por esta misma Área manifiesta:

«Con la puesta en servicio de la desaladora de Santa Eulalia des Riu y la finalización de las obras de conexión de la desaladora de Santa Eulalia des Riu con la red de abastecimiento en alta de la isla de Ibiza, se puede garantizar técnicamente un suministro de 15,700 m3/día a la red municipal de Ibiza durante los meses de los años futuros, pudiéndose incrementar esta cantidad fuera del período comprendido entre el 15 de julio y el 15 de septiembre»

​​​​​​​Conclusiones:

Quién subscribe se remite al Informe sobre capacidad de suministro o dotación diaria de agua desalada a suministrar en la red municipal de Ibiza, emitido el 15 de enero de 2019 y al Informe relativo a solicitud de datos del suministro de agua desalada del municipio de Ibiza de los años 2017 y 2018 por meses y cantidad de agua que es posible suministrar por día fuera del periodo comprendido entre el 15 de julio y el 15 de septiembre en el municipio de Ibiza, emitido el 28 de febrero de 2019.

De acuerdo con la capacidad de producción de las plantas desaladoras existentes en la actualidad en la isla de Ibiza, los caudales recogidos en los informes mencionados son caudales máximos y ABAQUA no puede garantizar caudales superiores.

Ministerio de Defensa (23/3/2023)

«El Ejército de Tierra ha informado que la eliminación de dicha condición daría vía libre a llevar a cabo los nuevos crecimientos urbanísticos previstos en la Revisión del PGOU, acrecentando los problemas actuales de abastecimiento de agua potable, lo que afectaría de forma negativa al suministro de agua potable por las potenciales y significativas restricciones de suministro de agua que afectarían a la Residencia Militar «Héroes de Filipinas», por lo que se emite informe DESFAVORABLE a la citada modificación.»

Consideraciones técnicas

1.Hay que recordar que la Revisión del PGOU de Ibiza (exp. 113E/2015) fue incluida en el Orden del día del Subcomité de EA de 22/11/2018 dónde, después de un largo debate que consta en el acta, el Presidente propuso dejar el punto sobre la mesa a la espera que se resuelvan las diferencias entre la propuesta del ayuntamiento de Ibiza y el informe de la DGRRHH. El informe técnico emitido por la misma técnica que suscribe el presente informe (19/10/2018) para elevar a este Subcomité proponía:

Por todo lo anterior, se propone formular la declaración ambiental estratégica favorable respecto de la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana, Ibiza con las siguientes condiciones:

1. No se pueden llevar a cabo los nuevos crecimientos previstos en la presente Revisión dado que no está asegurado ni el abastecimiento de agua ni la capacidad de depuración de las aguas residuales.

2. [...]

2.También se trató en el Subcomité Técnico de Evaluaciones Ambientales del 13 de diciembre de 2018 (donde se leyó la misma propuesta del informe técnico del 19 de octubre de 2018); no obstante, después de un largo debate y a propuesta del Ayuntamiento, el Presidente retira el punto del Orden del día.

3.El 19 de marzo de 2019 se emitió un nuevo informe técnico que se elevó al Subcomité Técnico de Evaluaciones Ambientales del 21 de marzo de 2019 y al Pleno de 28 de marzo de 2019

Por todo lo anterior, se propone formular la declaración ambiental estratégica favorable respecto a la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana, Ibiza (documentación aprobada provisionalmente el 9 de abril de 2018 y la modificación de varios aspectos aprobadas en el Pleno del Ayuntamiento del 29 de noviembre de 2018) con las siguientes condiciones:

1. No se pueden llevar a cabo los nuevos crecimientos previstos en la presente Revisión dado que no está asegurado el abastecimiento de agua; actualmente se dispone de 15.700 m³/día de agua desalada y 183'34 m³/día de agua subterránea que puede proveer a 63.533 personas teniendo en cuenta la dotación máxima que prevé el PHIB de 250 litros/persona y día. 2. [...]

4. Las conclusiones del informe de ABAQUA de 30 de agosto de 2018, según el cual se emitió la DAE en el Pleno de la CMAIB de marzo de 2019, son:

Considerando que:

1. A día de hoy la EDAR de Ibiza presenta un caudal de diseño de 20.000 m³/día y una capacidad para 93.333 h.e..

2. En los últimos años (2016-2017) ha tratado un caudal medio de 15.494 m³/día, lo que representa un 77'5% de su capacidad. El caudal máximo tratado durante la temporada turística de estos años ha sido de 19.366 m³/día y de 193.499 h.e., superando los parámetros de diseño de la planta.

3.Actualmente, la EDAR de Ibiza no tiene capacidad suficiente para gestionar la totalidad de las aguas residuales asociadas al crecimiento de población previsto (en suelo urbano y urbanizable) en los municipios de Ibiza, Santa Eulària des Riu y Sant Antoni de Portmany, para los núcleos que conforman el ámbito de influencia de la EDAR de Ibiza.

4.El Ministerio de Medio Ambiente, Medio rural y Marino está ejecutando las instalaciones (caudal de diseño de 25.200 m³/día y una población equivalente de 150.000 h.e.) para hacer frente a las necesidades futuras, si bien no se prevé que entre en funcionamiento antes del año 2020.

Se informa favorablemente la Revisión del PGOU de Ibiza (aprobado inicialmente el 14 de abril de 2016) con las siguientes condiciones:

a) La conexión efectiva de los crecimientos y/o consolidación previstos en el sistema general de saneamiento y depuración asociado a la EDAR de Ibiza no se podrá realizar hasta que no entre en funcionamiento la nueva EDAR de Ibiza (que ejecuta el MAPAMA).

b) El Ayuntamiento de Ibiza tendrá que elaborar un Plan Municipal de Mejora de Saneamiento y Drenaje.

c) Se tendrán que reflejar en el planeamiento municipal las infraestructuras de saneamiento y depuración en alta, calificando como SG todas las instalaciones consideradas en el anexo I del presente informe."

Es decir la suficiencia de depuración no estaba garantizada y se ha constatado que en el condicionante n.º 9 de la DAE incluye los condicionantes b) y c) del informe de ABAQUA pero no se incluyó el condicionante a).

Para conocer el estado en el que se encuentra la construcción de la ampliación de la EDAR de Ibiza, la técnica que suscribe el presente informe realizó una consulta verbal al Área de Planificación y Construcción de Saneamiento (ABAQUA) y me indicaron que las obras de ejecución de la nueva EDAR de Ibiza todavía no han finalizado y que la previsión del final de obra está previsto para febrero de 2024; el plazo de puesta en marcha es de 6 meses y la entrega de las obras al MITECO está prevista para agosto de 2024.

Por lo que, aprovechando la modificación de la DAE, se propone que de oficio, se incluya el condicionante que proviene del informe emitido por ABAQUA el 30 de agosto de 2018 (a pesar de que ya aparecía en el cuerpo de la DAE, en el apartado 4 donde hay un resumen de los informes emitidos por las administraciones afectadas):

 

​​​​​​​Conclusiones

Una vez realizada la consulta a las administraciones afectadas y analizados los informes recibidos se concluye:

CONSIDERANDO

1.Que la Revisión del PGOU de Ibiza se tramitó como Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria, según lo que prevén los arts. 17 y sig. de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

2.Que el Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares (CMAIB) de 28 de marzo de 2019 acordó emitir informe favorable con condicionantes, que se publicó en el BOIB n.º 54 de 25 de abril de 2019.

3.Que el 2 de febrero de 2023 el Ayuntamiento de Ibiza solicita a la CMAIB la modificación de la DAE dejando sin efecto la condición primera que establece que no se pueden llevar a cabo los nuevos crecimientos previstos dado que no está asegurado el abastecimiento de agua, adjuntando nueva documentación.

4.Que el art. 28 de la Ley 21/2013 prevé que se puede modificar la DAE a petición del promotor, en este caso el Ayuntamiento.

5.Que la CMAIB ha realizado la consulta a las administraciones afectadas prevista en el art. 28.4 de la Ley 21/2013.

6.Que se ha constatado que no se había incorporado un condicionante establecido por ABAQUA en su informe de 30 de agosto de 2018, que sirvió para emitir la correspondiente DAE con la siguiente redacción:

La conexión efectiva de los crecimientos y/o consolidación previstos en el sistema general de saneamiento y depuración asociado a la EDAR de Ibiza no se podrá realizar hasta que no entre en funcionamiento la nueva EDAR de Ibiza (que ejecuta el MAPAMA).

el Pleno de la CMAIB aprueba la modificación del Acuerdo de 28 de marzo de 2019 en el siguiente sentido:

  • Donde dice:

1. No se pueden llevar a cabo los nuevos crecimientos previstos en la presente Revisión dado que no está asegurado el abastecimiento de agua; actualmente se dispone de 15.700 m³/día de agua desalada y 183'34 m³/día de agua subterránea que puede proveer a 63.533 personas teniendo en cuenta la dotación máxima que prevé el PHIB de 250 litros/persona y día.

  • Tiene que decir:

1.a. Teniendo en cuenta que el crecimiento previsto en número de viviendas, hasta el año 2032, se establece en dos fases (fase I-1.412 viviendas- y fase II-1.820 viviendas):

- La conexión efectiva de los crecimientos y/o consolidación previstos (fase I o fase II) al sistema general de saneamiento y depuración asociados a la EDAR de Ibiza no se podrá realizar hasta que no entre en funcionamiento la nueva EDAR de Ibiza.

- El desarrollo de la fase II queda supeditado a una reducción del 15% de la demanda de agua respecto de 2019 (que supone un ahorro de 701.725 m³).

Este condicionante para poder desarrollar la fase II se tiene que incorporar a los documentos normativos del Documento de 2ª Aprobación Provisional del PGOU; además, a las fichas de UA y a la ficha 39 «G-Gestión Uas 2021» se tiene que recoger una redacción que haga referencia a que el desarrollo de estas UA no se puede llevar a cabo solo con la aprobación del PGOU, sino que también es condición necesaria el cumplimiento de los objetivos previstos en el Documento de 2ª Aprobación Provisional del PGOU (noviembre 2021) y en el Plan de Gestión Sostenible del Agua (aprobado definitivamente por el Pleno del Ayuntamiento el 28 de octubre de 2021), que se tendrán que verificar por parte de la administración hidráulica.

1. b. No habrá crecimiento de plazas turísticas, quedando congeladas las existentes en 2019 (13.571 plazas turísticas); esta condición tendrá que quedar reflejada en las disposiciones normativas correspondientes.

(Firmado electrónicamente: 21 de agosto de 2023) ​​​​​​​La directora general de Coordinación y Armonización Urbanística Maria Paz Andrade Barberá Por suplencia de la presidencia de la CMAIB  (BOIB núm. 106 de 29 de julio 2023)