Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FUNDACIÓ INSTITUT D'INVESTIGACIÓ SANITÀRIA ILLES BALEARS (IDISBA)
Núm. 538212
Resolución del director gerente de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears por la que se convoca un proceso selectivo para la cobertura de una plaza de personal laboral de la categoría de Técnico/-a Superior Doctor/-a en Terapias Avanzadas, del grupo profesional A, para el programa “Clínic» del proyecto Talent Plus. Construyendo Salud Generando Valor, proyecto financiado por el Plan Anual 2018 del Impuesto de Turismo Sostenible. Código de expediente: 2023-31-NAFBSTIB
El Decreto 68/2012, de 27 de julio, por el que se regula el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), establece en su artículo 15 la competencia para ordenar la inserción de edictos en el BOIB y, en su punto 4 , especifica que las instituciones o entes públicos no mencionados en los tres primeros puntos deben acreditar los órganos y las personas que, de acuerdo con su normativa específica, están facultados para ordenar o solicitar la inserción de textos en el BOIB. Si no existe acreditación específica, debe entenderse que corresponde a quien ejerza la representación del órgano, el ente o la institución que emana el texto.
Por otra parte, de acuerdo con el artículo 27 de los estatutos de la Fundación, la Dirección Gerencia de la Fundación tiene la competencia para desarrollar la política de personal aprobada por el Patronato y, a tal fin, seleccionar al personal, suscribir o rescindir los contratos, ejecutar los acuerdos del Patronato en materia de retribuciones, acordar las sanciones, ejercer la jefatura superior del personal al servicio de la Fundación y mantener las relaciones con los órganos de representación de personal, además de todas aquellas actuaciones que en esta materia le sean encomendadas, sin perjuicio de las funciones que corresponden a la presidencia.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de la convocatoria, con código de expediente 2023-31-NAFBSTIB, para la contratación de un/-a Técnico/-a Superior Doctor/-a en Terapias Avanzadas, del grupo profesional A, para el programa «Clínic» del proyecto Talent Plus. Construyendo Salud Generando Valor, proyecto financiado por el Plan Anual 2018 del Impuesto de Turismo Sostenible.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (24 de agosto de 2023)
El director gerente de la Fundación Sergi Camacho Clavijo
ANEXO 1 Convocatoria del proceso selectivo para la cobertura de una plaza de personal de la categoría de Técnico/-a Superior Doctor/-a en Terapias Avanzadas, del grupo profesional A, para el programa «Clínic» del proyecto Talent Plus. Construyendo Salud Generando Valor, proyecto financiado por el Plan Anual 2018 del Impuesto de Turismo Sostenible (2023-31-NAFBSTIB).
La Fundación tiene encomendadas, entre otras, las funciones de gestionar medios y recursos en el servicio de ejecución de programas de investigación «Clínic» a, básica y aplicada, el desarrollo tecnológico y la innovación en el campo de la salud.
Para poder llevar a cabo estas funciones, la Fundación necesita efectuar la convocatoria para la contratación de un/-a Técnico/-a Superior Doctor/-a en Terapias Avanzadas, del grupo profesional A, para el programa «Clínic» del proyecto Talento Plus. Construyendo Salud Generando Valor, proyecto financiado por el Plan Anual 2018 del Impuesto de Turismo Sostenible.
El proyecto Talent Plus tiene como objetivo la captación de talento investigador para crear un ecosistema investigador de excelencia que promueva la internacionalización y la investigación con un alto valor añadido e impulsar nuevas líneas de investigación que den respuesta a las demandas en salud de la población de las Islas Baleares actualmente no cubiertas.
En concreto, el investigador o investigadora a contratar participará en un proyecto de desarrollo de las actividades necesarias para la implantación de las Normas de Correcta Fabricación (NCF) en las instalaciones de producción celular del IdISBa-Banco de Tejidos de la Fundación Banco de Sangre y Tejidos de las Islas Baleares.
El artículo 23.2 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece los criterios que deben seguir los entes públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma en la contratación de personal laboral, previendo que «la selección del personal se ajustará a los sistemas y procedimientos que se establezcan en la Ley de la función pública de las Illes Balears».
Los artículos 17 y 18 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, disponen que deben aplicarse los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad en las contrataciones.
El apartado segundo B del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de febrero de 2007, de modificación del ámbito de aplicación y de determinación del alcance de control del punto 5 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 1995, prevé la contabilidad y la rendición de cuentas de las empresas públicas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en lo que se refiere a la selección de personal de los entes públicos de la Comunidad Autónoma.
Por todo ello, y en el ejercicio de las competencias que me atribuye el artículo 28.1 y de los estatutos fundacionales vigentes,
CONVOCO
El proceso para la selección y posterior contratación de un/-a Técnico/-a Superior Doctor/-a en Terapias Avanzadas, del grupo profesional A, para el programa «Clínic» del proyecto Talent Plus. Construyendo Salud Generando Valor, proyecto financiado por el Plan Anual 2018 del Impuesto de Turismo Sostenible.
I. Requisitos de participación
Hay que tener nacionalidad española, de otros Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados a los que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También serán admitidos el cónyuge, los descendientes y los descendientes del cónyuge, tanto de los españoles y españolas como de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que los cónyuges no estén separados de derecho y los descendientes sean menores de 21 años o mayores de esa edad pero vivan a cargo de sus progenitores.
Las personas extranjeras a las que se refieren los apartados anteriores, así como aquéllas con residencia legal en España, podrán acceder a las administraciones públicas como personal laboral en igualdad de condiciones que españolas y españoles.
Las personas con discapacidad reconocida serán admitidas a la realización de las pruebas libres sin necesidad de acreditar sus condiciones psíquicas, físicas y sensoriales antes de que empiecen, sin perjuicio de que, superado el proceso selectivo, al presentar la documentación para ser nombradas o contratadas , tengan que acreditar, al igual que el resto de personas aspirantes, su capacidad para desarrollar las funciones y tareas de los puestos que se convocan y para prestar el servicio público correspondiente.
Asimismo, en caso de que se acceda por la cuota de reserva de personas con discapacidad, deberá tener legalmente reconocida una discapacidad de grado igual o superior al 33% y acreditarla. Este supuesto sólo se contempla en el concurso-oposición de estabilización.
Sin embargo, y de acuerdo con el Decreto 66/1999, de 9 de marzo, sobre el acceso a la función pública de las personas con discapacidad y de los equipos de valoración multiprofesional, las personas que se presenten a un proceso selectivo, sea libre o por el turno reservado, y soliciten alguna adaptación para realizar las pruebas, deberán hacerlo constar expresamente en la solicitud de participación y especificar de qué tipo (tiempo o medios materiales). En este caso, también tendrán que aportar la certificación pertinente donde conste el tipo y grado de disminución.
A estos efectos, los órganos técnicos de selección decidirán sobre las peticiones de adaptaciones que se efectúen. A tal fin podrán solicitar un informe sobre la solicitud de adaptación a los equipos de valoración multiprofesional.
No se valorarán los CV de las personas que no cumplan con los requisitos.
II. Funciones
III. Presentación de solicitudes
Las solicitudes se pueden presentar en el registro físico de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears o mediante el correo electrónico [1]de la Unidad de Recursos Humanos: idisba.convocatorias@ssib.es . Se indicará el código de expediente «2023-31-NAFBSTIB» en el asunto del correo electrónico. Las solicitudes presentadas por cualquier otro medio, correo o formato no se tendrán por presentadas.
El plazo de recepción de solicitudes será de 15 días hábiles desde el día siguiente de la fecha de publicación de la convocatoria.
Las personas aspirantes tendrán que presentar junto con la solicitud la documentación acreditativa de los requisitos y de los méritos que aleguen en la forma que establecen estas bases. No podrá valorarse ningún mérito que no se haya acreditado con la aportación de la documentación correspondiente dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos que puedan advertirse en la solicitud podrán corregirse en cualquier momento de oficio oa petición del interesado o de la interesada.
IV. Admisión de las personas aspirantes
Una vez transcurrido el plazo para presentar las solicitudes y la documentación requerida para participar en el procedimiento de selección, la Dirección Gerencia del IdISBa dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión. Esta resolución se publicará en la página web del IdISBa ( www.idisba.es ).
Las personas aspirantes excluidas u omitidas dispondrán de un plazo de 3 días hábiles, contados a partir del día siguiente de su publicación, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión, así como adjuntar, en caso pertinente, la documentación que sea preceptiva. En caso de no subsanar o adjuntar la documentación indicada, se entenderá que desisten en su solicitud.
Finalizado este plazo, se dictará resolución mediante la cual se aprobará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas del proceso selectivo. En esta resolución se indicarán las instrucciones para que quien quiera proceder con la entrevista pueda confirmar su asistencia.
Se abrirá un plazo de 3 días hábiles para presentar alegaciones en las puntuaciones obtenidas en la lista definitiva.
V. Reserva a favor de las personas con discapacidad
Existe en el IdISBa una reserva del 7% de los puestos de trabajo para personas con discapacidad, de acuerdo con el Real decreto ley 5/2015 del TREBEP. Sin embargo, esta plaza no está reservada para este fin.
VI. Tribunal calificador
El tribunal calificador puede declarar, previo informe motivado, la convocatoria desierta por la no adecuación de candidatos y candidatas.
El tribunal calificador de este proceso selectivo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, así como al resto de disposiciones vigentes.
Corresponderá al tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de este proceso de selección, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
VII. Resolución de la convocatoria y publicación de la bolsa
Una vez finalizado el proceso selectivo, el tribunal calificador elaborará una resolución definitiva de todas las personas aspirantes, ordenada según la puntuación total obtenida, de mayor a menor. Esta resolución será publicada en la web de la Fundación ( www.idisba.es ).
La contratación se realizará de acuerdo con el orden de prelación.
VIII. Modalidad de contratación
IX. Acreditación de requisitos y méritos
Los requisitos y méritos que aleguen las personas aspirantes deben acreditarse mediante la presentación de copia o copia compulsada de la siguiente documentación:
Los méritos deben acreditarse con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Las personas aspirantes deben presentar todos los documentos acreditativos de sus méritos ordenados de acuerdo con los apartados del baremo de méritos y numerados correlativamente (junto con el autobaremo que acompaña a estas bases).
La documentación acreditativa de todos los méritos tendrán que presentarse junto con la solicitud. En caso de haber presentado inicialmente copias no compulsadas, deberá presentarse en la entrevista la documentación original acreditativa de todos los méritos.
X. Proceso de selección
Valoración de méritos acreditados por las personas aspirantes, de acuerdo con el siguiente baremo, además de una entrevista personal:
1. Experiencia profesional (3 puntos máx.)
2. Formación relacionada (3 puntos máx.)
3. Actividad científica (2 puntos máx.)
4. Conocimiento de idiomas (1 puntos máx.)
5. Entrevista personal (1 punto máx.)
La entrevista versará sobre temas relacionados con la presente oferta de trabajo. La persona candidata deberá aportar a la entrevista los documentos originales para poder cotejarlos en caso de no haberlos aportado compulsados previamente con la solicitud.
El día y la hora de la entrevista se publicarán en la web de la Fundación: www.idisba.es . La persona candidata debe confirmar la realización de la entrevista para que le sea adjudicada una hora concreta. En el supuesto que
la entrevista se realice por medios virtuales, la documentación original deberá presentarse cuando así lo requiera la Unidad de Recursos Humanos.
No realizar la entrevista supondrá la exclusión del proceso selectivo.
XI. Recursos
El orden jurisdiccional social es el competente para resolver controversias derivadas de estas bases, de acuerdo con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, sin que pueda interponerse otro recurso en vía administrativa ni ninguna reclamación previa a la vía judicial social.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (24 de agosto de 2023)
El director gerente de la Fundación Sergi Camacho Clavijo
ANEXO 2 Formulario de inscripción para la convocatoria del proceso para la selección y posterior contratación de un/-a Técnico/-a Superior Doctor/-a en Terapias Avanzadas, del grupo profesional A, para el programa «“Clínic» del proyecto Talento Plus. Construyendo Salud Generando Valor, proyecto financiado por el Plan Anual 2018 del Impuesto de Turismo Sostenible (2023-31-NAFBSTIB).
Nombre: Apellidos:
DNI/NIE:
Dirección:
Teléfono de contacto:
Dirección electrónica:
EXPUESTO:
Que he tenido conocimiento de la convocatoria para la selección y posterior contratación de un/-a Técnico/-a Superior Doctor/-a en Terapias Avanzadas, del grupo profesional A, para el programa “Clínic» o del proyecto Talent Plus. Construyendo Salud Generando Valor, proyecto financiado por el Plan Anual 2018 del Impuesto de Turismo Sostenible (2023-31-NAFBSTIB).
DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA
DECLARO:
Así, por todo lo expuesto,
SOLICITO:
Mi admisión por formar parte del proceso selectivo y posterior contratación de un/- Técnico/a Superior Doctor/a en Terapias Avanzadas, del grupo profesional A, para el programa «Clínic» del proyecto Talent Plus. Construyendo Salud Generando Valor, proyecto financiado por el Plan Anual 2018 del Impuesto de Turismo Sostenible (2023-31-NAFBSTIB).
En ____________, el _____ de _______________ de ______________
Firma
ANEXO 3 — AUTOEVALUACIÓN DE MÉRITOS
Convocatoria del proceso selectivo y posterior contratación de un/-a Técnico/-a Superior Doctor/-a en Terapias Avanzadas , del grupo profesional A, para el programa «Clínic» del proyecto Talent Plus. Construyendo Salud Generando Valor, proyecto financiado por el Plan Anual 2018 del Impuesto de Turismo Sostenible (2023-31-NAFBSTIB). |
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NOMBRE |
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PUNTOS MÁX. |
PUNTOS |
DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ADJUNTA* |
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1. Experiencia profesional |
3 |
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Experiencia previa como responsable de control de calidad en sala blanca (0,05 puntos por mes trabajado). |
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Experiencia previa como técnico de control de calidad en sala blanca (0,04 puntos por mes trabajado). |
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Experiencia previa como responsable de producción en sala blanca (0,03 puntos por mes trabajado). |
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|
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||
Experiencia previa como técnico de producción en sala blanca (0,02 puntos por mes trabajado). |
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||
Experiencia previa en actividades de control en la producción de medicamentos estériles (0.1 puntos por mes trabajado). |
1.5 |
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|
||
Experiencia previa en actividades científicas especializadas o de investigación en relación al tema del proyecto (0.1 puntos por mes trabajado). |
1 |
|
|
||
2. Formación relacionada |
3 |
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Máster en el ámbito de la calidad en Terapias Avanzadas (2 puntos). |
|
|
|
||
Formación adicional con aprovechamiento en el ámbito de la calidad en Terapias Avanzadas (0,02 puntos por cada 10 horas acreditadas o cada ECTS). |
1 |
|
|
||
Máster en el ámbito de las Terapias Avanzadas (1 punto). |
|
|
|
||
Formación adicional con aprovechamiento en el ámbito de las Terapias Avanzadas (0,01 puntos por cada 10 horas acreditadas o cada ECTS). |
0.5 |
|
|
||
3. Actividad científica |
2 |
|
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||
Publicaciones científicas en revistas indexadas (0.1 puntos por publicación como primer o último autor o como autor de correspondencia, y 0.03 puntos por publicación como autor en posición distinta a las anteriores). |
1.5 |
|
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||
Participación acreditada en proyectos de investigación sanitaria (0.1 puntos por participación como investigador principal y 0.03 puntos por participación como investigador colaborador). |
1.5 |
|
|
||
Participación en ensayos clínicos de medicamentos de terapias avanzadas (0.1 puntos por participación como investigador principal y 0.03 puntos por participación como investigador colaborador). |
1.5 |
|
|
||
3. Conocimiento de idiomas |
1 |
|
|
||
Conocimiento de catalán de nivel C1 o superior |
0.5 |
|
|
||
Conocimiento acreditado de inglés de nivel C1 |
0.5 |
|
|
||
Conocimiento acreditado de inglés de nivel C2 |
1 |
|
|
||
4. Entrevista |
1 |
X |
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TOTAL |
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* Es necesario especificar con claridad cada uno de los documentos que adjunte para el correcto cómputo de la puntuación. (pe: certificado B2 de inglés de la EOI)
[1]Los documentos adjuntos al correo electrónico deben estar en formato PDF y comprimidos en un único ZIP. |