Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA
Núm. 537326
Resolución de concesión de las subvenciones relativas a la convocatoria de subvenciones para entidades que promuevan y fomenten la custodia del territorio en la Serra de Tramuntana, para el año 2023
Referencia Base de Datos Nacional de Subvenciones: 689429
El vicepresidente del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial ha dictado, el día 23 de agosto de 2023, la resolución siguiente:
<< Antecedentes
1. La vicepresidenta del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial, resolvió en fecha 24 de abril de 2023, entre otros, aprobar la convocatoria de subvenciones para entidades que promuevan y fomenten la custodia del territorio en la Serra de Tramuntana para el año 2023.
2. La indicada convocatoria de subvenciones se publicó en el BOIB nº. 54, de día 27 de abril de 2023.
3. Durante el periodo de un mes para presentar solicitudes, desde el 28 de abril de 2023 hasta el 29 de mayo de 2023, se presentaron 7 solicitudes.
4. Revisada la documentación administrativa y técnica presentada, la Comisión Técnica de Evaluación, se reunió el día 20 de junio de 2023 para valorar las solicitudes presentadas. De esta sesión se emitió acta que fundamenta la propuesta de resolución de otorgamiento de las subvenciones, en los términos de la base duodécima de la convocatoria mencionada.
5. El jefe de servicio jurídico del Servicio de Gestión de Parajes Culturales del Departamento de Presidencia, el día 21 de agosto de 2023, emitió el informe sobre el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria por parte de las entidades sin ánimo de lucro propuestas como beneficiarias y ha emitido informe jurídico favorable sobre los aspectos jurídicos de la propuesta de resolución de concesión de las subvenciones que nos ocupa; así como informó que la concesión de estas subvenciones cumplen con la normativa aplicable y con la convocatoria de subvenciones.
6. La Intervención Delegada ha fiscalizado de conformidad este expediente en fecha 22 de agosto de 2023.
Fundamentos de derecho.
1. El procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas por la presente convocatoria pública se ha llevado a cabo mediante régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad, no discriminación y publicidad, en los términos de la base quinta de la convocatoria.
2. Para determinar el importe que se propone conceder a cada beneficiario se ha valorado su solicitud, de acuerdo con los criterios de puntuación previstos en la base undécima de la convocatoria y los límites regulados en la base segunda, en concordancia con la base decimoquinta de la convocatoria.
3. La base duodécima de la convocatoria prevé la existencia de la Comisión Técnica de Evaluación que tiene, entre otros, la función de examinar y valorar las solicitudes de subvención, de acuerdo con los criterios establecidos a la convocatoria, y también le corresponde emitir el acta que tiene que fundamentar la propuesta de resolución de la convocatoria. Con estas finalidades el mencionado órgano colegiado se reunió formalmente el día 20 de junio de 2023.
Se advierte que en esta acta se denomina al solicitante del expediente CST-07/2023-LC como Asociación de Variedades Locales, cuando tendría que ser Asociación para el fomento de la conservación y producción de vegetales autóctonas y tradicionales de las Islas Baleares. Este cambio de nombre ocurre porque esta entidad prevé en sus estatutos la denominación Asociación de Variedades Locales como nombre divulgativo. Por lo que se entiende que la denominación que se refleja en el acta de la Comisión técnica de Evaluación es correcta, aunque en la tramitación de este expediente se intentará reflejar su nombre oficial.
4. La base tercera de la convocatoria regula la condición de beneficiario de estas subvenciones, y establece, entre otros, que no pueden ser beneficiarios los que, en el momento que el órgano instructor de la convocatoria tiene que hacer la propuesta de acuerdo definitiva, no están al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Administración del Estado y con el Consejo de Mallorca y de las obligaciones con la Seguridad Social.
En el sentido indicado, el informe jurídico, emitido el día 21 de agosto de 2023 se pronuncia favorablemente sobre el cumplimiento de estos requisitos, por parte de las entidades sin ánimo de lucro propuestas como beneficiarias.
5. La base decimotercera de la convocatoria, en su apartado primero determina que la instrucción del expediente corresponde al jefe de servicio jurídico del Servicio de Gestión de Parajes Culturales y que el indicado órgano instructor es el competente para dictar la propuesta de resolución de la convocatoria.
6. La propuesta de resolución se ajusta a lo que establece la base decimotercera de la convocatoria, en el sentido que tiene que incluir la relación de personas beneficiarias, con indicación de su CIF, el concepto, el presupuesto, la cuantía solicitada, los puntos obtenidos y el importe concedido, además del resto de solicitudes desestimadas o excluidas.
7. La base segunda de la convocatoria dispone que, para hacer frente a esta convocatoria, se destina la cantidad total de setenta y cinco mil euros (75.000,00 €). El importe máximo subvencionable para cada proyecto será de 10.000,00 €.
8. El órgano competente para la resolución de la presente convocatoria es la vicepresidencia del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial, tal como se establece en la base decimotercera de la convocatoria.
Por todo lo que se ha expuesto y de acuerdo con la base decimotercera de la convocatoria, resuelvo:
Resolución
1. Conceder a las entidades sin ánimo de lucro que se detallan en el Anexo 1 adjunto, la cantidad total de sesenta y siete mil ciento treinta y seis euros con once céntimos (67.136,11 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 00.33615.48900 del presupuesto de gastos del Consorcio Serra de Tramuntana para el año 2023 (A 220230000191), y disponer el gasto a favor suyo. En el anexo 1 consta el importe que se concede y la operación contable D provisional que va asociada en cada expediente. Por lo tanto, no hay ninguna solicitud desestimada o excluida.
2. Anular la diferencia de crédito del documento contable A 220230000191 de la partida presupuestaria 00.33615.48900 del presupuesto de gastos del Consorcio Serra de Tramuntana para el año 2023 y de los suyos anteriores, por un importe de siete mil ochocientos sesenta y tres euros con ochenta y nueve céntimos (7.863,89 €) – (A/ 920230000412).
3. Requerir a los beneficiarios de que justifiquen la subvención recibida al plazo más rápido posible una vez ejecutado el proyecto subvencionado, y como muy tarde, antes de día 15 de diciembre de 2023, de acuerdo con la base decimoséptima de la convocatoria.
4. Remitir esta resolución en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, y publicarla al Boletín Oficial de las Islas Baleares y a la página web del Consorcio de la Serra de Tramuntana (www.serradetramuntana.net).
5. Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa se puede interponer, el recurso potestativo de reposición ante la presidencia del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial dentro del plazo de un mes, contador a partir del día siguiente en el de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Contra la desestimación expresa del recurso potestativo de reposición podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente en el de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.
Contra la desestimación por silencio del recurso potestativo de reposición podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).
Una vez transcurridos tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución, se podrá interponer el recurso contencioso administrativo, contra la desestimación presunta del recurso potestativo de reposición, sin limitación temporal, mientras no haya resolución expresa.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualesquiera otros recursos que se estime oportuno y pertinente. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.>>
Palma, fecha en la firma electrónica (23 de agosto de 2023)
El jefe de servicio jurídico del Servicio de Gestión de Parajes Culturales Pere Josep Rosiñol Andreu
ANEXO 1 Línea de custodia del territorio 2023
Nº EXP |
BENEFICIARIO |
CIF |
DESCRIPCIÓN PROYECTO |
IMPORTE PRESS. |
IMPORTE SOLICITADO |
CANTIDAD DEFINITIVA A CONCEDER |
PUNTUACIÓN |
OPERACIÓN CONTABLE D PROVISIONAL |
CST-01/2023-LC |
Amics de la Terra Balears |
***4793** |
Custodia del territorio en la finca de Son Torrella. Municipio de Escorca |
10.152,20 |
10.000,00 |
10.000,00 |
9 |
920230000405 |
CST-02/2023-LC |
Associació TAIB |
***4907** |
Feim Barranc. Conservación del Patrimonio natural y cultural del Barranco de Biniaraix, año 2023 |
8.000,00 |
8.000,00 |
8.000,00 |
15 |
920230000406 |
CST-03/2023-LC |
Fundació Vida Silvestre Mediterrània |
***1273** |
Mejora de una finca ecológica en custodia del Territorio a través de acciones de gestión patrimonial, potenciación de la biodiversidad y participación ciudadana. Año 2023 |
9.997,42 |
9.997,42 |
9.997,42 |
13 |
920230000407 |
CST-04/2023-LC |
GOB |
***0896** |
Custodia en la Serra de Tramuntana: La Trapa |
9.986,49 |
9.986,49 |
9.986,49 |
17 |
920230000408 |
CST-05/2023-LC |
Fundació Maria Ferret |
***6317** |
Descubriendo Cala en Basset |
10.000,00 |
10.000,00 |
10.000,00 |
10 |
920230000409 |
CST-06/2023-LC |
Associació Més que Pedra |
***7951** |
Patrimonio, Custodia y educación. Juntos Restauramos Piedra en seco en los Camins de Orient |
9.634,20 |
9.634,20 |
9.634,20 |
13 |
920230000410 |
CST-07/2023-LC |
Associació per al foment de la conservació i producció de vegetals autòctones i tradicionals de les Illes Balears |
***2721** |
Renovación del sistema de riego y visita divulgativa a la colección de fruteros tradicionales de la Serra de Tramuntana en Can Monserrat |
9.518,00 |
9.518,00 |
9.518,00 |
13 |
920230000411 |