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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE ESPORLES

Núm. 532197
Expediente 742/2023 de modificación de crédito - crédito extraordinario aprobado definitivamente

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Texto

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 177 de la Ley 2/2004 de 5 de marzo y visto que no se han presentado reclamaciones, queda aprobado definitivamente y se expone al público, el expediente 742 de modificación de crédito - crédito extraordinario que fue aprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento en fecha 09/05/2023.

Considerando que existen gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente por los cuales el crédito consignado en el vigente Presupuesto de la Corporación es insuficiente y no ampliable, y dado que se dispone de remanente líquido de Tesorería según los estados financieros y contables resultantes de la liquidación del ejercicio anterior, por la Alcaldía se propuso la concesión de un suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería.

Considerando que se emitió propuesta de alcaldía en la cual se especificaban la modalidad de modificación del crédito, la financiación de la operación y su justificación.

Considerando que se emitió informe jurídico sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir.

Considerando que se emitió informe de Intervención por el cual se informó favorablemente la propuesta de Alcaldía y se elaboró Informe de Intervención sobre el cálculo de la Estabilidad Presupuestaria.

Realizada la tramitación legalmente establecida, se propone al Pleno la adopción del siguiente.

ACUERDO

PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º ___/___ del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, como sigue a continuación:

Suplemento en aplicaciones de gastos
Partida gastos Concepto Importe
130-16000 Seguridad Social 3.580,87
130-22103 Combustibles y carburantes 2.454,00
130-22199 Otros suministros 34,90
136-21301 Maquinaria, instalaciones 1.727,02
150-21306 Vías y jardines 3.880,01
150-22100 Energía eléctrica 6.848,27
150-22199 Otros suministros 874,67
1532-21300 Maquinaria, instalaciones 198,44
161-22100 Energía eléctrica 1.906,42
161-22106 Revisiones sanitarias agua 1.560,47
161-22199 Otros suministros 23,61
161-62300 Adquisición sensores 5.438,00
1621-22700 Recogida residuos 13.196,78
1622-22700 Gestión residuos 3.026,76
1623-22700 Tratamiento residuos 3.454,78
163-22700 Limpieza viaria 4.055,44
164-21200 Cementerio 3.774,00
164-22100 Energía eléctrica 137,77
165-21305 Iluminación 16.494,10
231-22100 Energía eléctrica 2.087,88
231-22199 Otros suministros 40,40
241-22690 Taller Sant Pere 217,08
241-22691 Taller Son Trias 158,65
320-21200 Edificio Escuela 119,55
320-21300 Maquinaria, instalaciones 508,20
320-22100 Energía eléctrica 1.689,58
323-22100 Energía eléctrica 503,17
323-22110 Material limpieza 53,72
323-22799 Comedor escoleta 2.743,51
326-22110 Material limpieza 53,57
3321-22199 Otros suministros 131,00
334-21201 Casa des Poble 127,05
334-22100 Energía eléctrica 188,55
334-22198 Espacios y materiales municipales 53,86
337-22799 Gestión refugio SonTrias 3.999,98
338-22609 Fiestas populares 3.968,94
340-21201 Campo de Fútbol 3.574,27
340-22100 Energía eléctrica 2.594,08
4311-22699 Fira dolça 2.987,49
4311-22706 Estudios y trabajos técnicos 4.500,00
912-10001 Otras remuneraciones 1.680,00
912-22699 Gastos protocolo 3.182,65
920-21300 Maquinaria, instalaciones 568,70
920-21602 Control fichajes 254,10
920-22100 Energía eléctrica 2.430,76
920-22201 Comunicaciones postales 61,04
920-22699 Otros gastos diversos 2.370,60
920-22706 Estudios y trabajos técnicos 363,00
920-22797 Riesgos laborales 1.360,00
924-21300 Alarma y cámaras de seguridad 290,40
924-22699 Juventud 307,27
    115.835,36

 Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

 87000 Remanente de Tesorería para gastos generales 115.835,36 €

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el cual se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

 a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

 b) La insuficiencia del saldo de crédito no comprometido en la partida correspondiente, que tendrá que verificarse en el nivel en que este establecida la vinculación jurídica.

 

Esporles, documento firmado electrónicamente (11 de agosto de 2023

El alcalde Josep Maria Ferrà Terrassa)