Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU
Núm. 531657
Aprobación definitiva del exp 2023/012964 de crédito extraordinario financiado mediante anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de crédito extraordinario, financiado mediante anulaciones o bajas de crédito en otras aplicaciones, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Altas en aplicaciones de gastos
C.Func. |
C.Econ. |
Denominación de la partida |
IMPORTE |
9121 |
48212 |
Subvención VOX |
1.703,85 € |
T O T A L |
1.703,85 € |
Esta modificación se financia con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, en los siguientes términos:
Bajas o Anulaciones en Concepto de Gastos
C.Func. |
C.Econ. |
Denominación de la partida |
IMPORTE |
9121 |
48209 |
Subvención Grupo Municipal Unides Podem |
777,55 € |
9431 |
48102 |
Cuota Federació d'Entitats Locals Illes Balears |
926,30 € |
T O T A L |
1.703,85 € |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears con sede en Palma, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Firmado digitalmente en Santa Eulària des Riu, (23 de agosto de 2023)
La alcaldesa (María del Carmen Ferrer Torres)