Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
Núm. 529375
Convocatoria de ayudas económicas al estudio (CFP/BTX/ 2023) dirigida a estudiantes de bachillerato y ciclos formativos de grado medio y grado superior de Alcúdia para el curso 2022/2023
En sesión ordinaria celebrada día 3 de agosto de 2023, el pleno del ayuntamiento de Alcúdia aprobó por unanimidad la propuesta de la concejala de participación ciudadana y juventud, relativa a la aprobación de las bases reguladoras de subvenciones de concurrencia competitiva relacionadas con las ayudas económicas estudios superiores 2023, dirigidas a estudiantes de bachillerato y ciclos formativos de grado medio y superior de Alcúdia curso 2022-2023.
De acuerdo con el artículo 9.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por medio del presente edicto se publican las bases referidas al Bolletí Oficial de les Illes Balears (BOIB) y a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
Del mismo modo, se inicia el periodo de presentación de solicitudes a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOIB y durante los diez (10) días hábiles posteriores.
Alcúdia, en fecha de firma (9 de agosto de 2023)
La concejala de Participación Ciudadana y Juventud Azahara Machado Torres
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CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS AL ESTUDIO (CFP/BTX / 2023) DIRIGIDA A ESTUDIANTES DE BACHILLERATO Y CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Y GRADO SUPERIOR DE ALCÚDIA PARA EL CURSO 2022/2023
El Ayuntamiento de Alcúdia, convoca una línea de AYUDAS ECONÓMICAS PARA ESTUDIANTES QUE HAYAN CURSADO BACHILLERATO Y CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Y GRADO SUPERIOR y que no se pueden realizar dentro del municipio de Alcúdia (o bien que hayan quedado fuera plaza por falta de oferta educativa disponible en el municipio)* durante el curso 2022/2023, en régimen de concurrencia competitiva.
(*) Sólo en el supuesto de que un alumno se haya visto forzado a matricularse en un centro de fuera del municipio aunque la oferta educativa exista en Alcúdia, por mor de la falta de plazas disponibles en un instituto alcudiense.
Todos estos supuestos deberán acreditarse con certificación oficial emitida por el centro escolar de referencia.
Finalidad
Este tipo de ayudas económicas se plantean para dar apoyo económico única y exclusivamente a los estudiantes que obligatoriamente no pueden realizar sus estudios dentro del municipio de Alcúdia, ya que estos no se imparten dentro del término, como son: Todos los grados universitarios, bachilleratos artísticos (artes artísticas y musicales), ramas específicas de formación profesional reglada (media y superior) y beneficiarios del Programa de movilidad internacional Erasmus Plus.
OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS
Las presentes bases tienen por objeto establecer los criterios y procedimientos para la concesión de ayudas económicas a los estudiantes que hayan cursado bachillerato y ciclos formativos de grado medio y grado superior y que no se pueden realizar o -hayan quedado excluidos por falta de plazas disponibles dentro del municipio de Alcúdia- (*) durante el curso 2022/2023 en régimen de concurrencia competitiva y siguiendo los principios de objetividad y publicidad, en las condiciones que se establecen en las siguientes bases.
(*) Este supuesto deberá acreditarse.
Se establecen estas ayudas con la finalidad de dar apoyo económico para los gastos que supone para los estudiantes de bachillerato y ciclos formativos de grado medio y grado superior de Alcúdia la realización de sus estudios fuera del municipio.
En todo lo no previsto en estas bases, le será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; Real Decreto 887 /2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre; Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la base de datos nacional de subvenciones y la publicidad de las subvenciones y otras ayudas públicas; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público; la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales; el RDL 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales y el resto de la normativa aplicable para la concesión de subvenciones.
La consignación presupuestaria máxima para esta convocatoria de ayudas a los estudios de bachillerato y Formación Profesional será de 11.000€ a distribuir entre las solicitudes que se registren dentro de plazo y reúnan los requisitos, y se liquidarán mediante un solo pago, que se hará efectivo una vez se haya concluido la tramitación administrativa de la presente convocatoria.
Se determina una cuantía unitaria máxima de 450 € por estudiante beneficiario a cargo de la partida presupuestaria JO 327 481003 (BECAS TRANSPORTE Y LIBROS UNIVERSITARIOS) de los presupuestos generales del Ayuntamiento de Alcúdia para el presente ejercicio.
REQUISITOS DE LOS SOLICITUDES LICITANTES
Pueden solicitar las ayudas económicas de la presente convocatoria las personas que reúnan los requisitos siguientes:
EXCLUSIONES Y OTRAS CONSIDERACIONES
Quedan excluidos de la presente convocatoria,
Compatibilidad de la ayuda económica
El Ayuntamiento de Alcúdia declara expresamente la compatibilidad de esta convocatoria de subvenciones de ayudas económicas con cualquier otro tipo de ayudas, becas o subvenciones, cualquiera que sea su naturaleza, carácter o denominación, y cualquiera que sea la persona, organismo o entidad convocante. No obstante, esta compatibilidad debe entenderse sin perjuicio del régimen de incompatibilidad que puedan establecer las bases de otras ayudas, becas o subvenciones que la persona interesada pretenda solicitar, siempre que la cuantía total de todas las ayudas no supere los gastos vinculados con la actividad académica subvencionada.
Causas de denegación de la ayuda
La ayuda económica se denegará (o se revocará en caso de que ya hubiera sido concedida) por las siguientes causas:
La renuncia o anulación de la matrícula durante el periodo lectivo podrá dar lugar a la pérdida de todos los derechos vinculados a la presente convocatoria de ayudas económicas.
Revocación de las ayudas económicas
La ocultación o falseamiento de los datos que sirvan de base para la concesión de la ayuda por parte del solicitante darán lugar al reintegro o revocación de la ayuda económica. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se establecen en las presentes bases y convocatoria dará lugar a la revocación de la ayuda económica concedida, con la obligación de la devolución de las cantidades percibidas.
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
El Departamento de Juventud es el órgano competente para instruir este procedimiento de tramitación de las solicitudes de ayudas económicas objeto de esta convocatoria.
Por todo ello, este departamento, una vez aprobadas las correspondientes bases iniciará un periodo de presentación de solicitudes que comprenderá los diez (10) días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), según modelo Anexo I.
La presentación de solicitudes implica la aceptación de cada uno de los términos que se reflejan en las presentes bases.
Los alumnos interesados que quieran solicitar la ayuda económica que se estipula en las presentes bases, deberán presentar la solicitud conjuntamente con la documentación requerida mediante los canales de registro que a continuación se detalla, o bien en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, atendiendo a que, en todos los casos deberá entregarse dentro de los plazos establecidos:
TRAMITACIÓN PRESENCIAL
AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA (Seu des Moll - Port d'Alcúdia)
Registro de Entrada
Dentro del horario de atención al público.
TRAMITACIÓN TELEMÁTICA
(Mediante certificado digital, sistema identificación "Clave firma", DNI electrónico, o bien los sistemas de identificación aceptados en la Sede electrónica municipal del Ayuntamiento de Alcúdia )
Accediendo a la web municipal www.alcudia.net -> Sede electrónica -> Trámites (Instancia genérica) aportando toda la documentación requerida a las presentes bases dentro de los plazos fijados en la convocatoria.
RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA
Una vez que acabe el plazo para presentar las solicitudes de subvención, se comprobará si éstas reúnen los requisitos exigibles; en caso contrario y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, se requerirá a la persona interesada para que, en un plazo de 10 días hábiles resuelva la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si no se hace así se tendrá por desistida su petición, la cual se archivará previa resolución que deberá ser dictada en los términos del art. 68 de la Ley 39/2015, procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Esta relación contendrá los datos identificativos de la persona solicitante y el detalle de las enmiendas a realizar, y se publicará en el tablón de anuncios de la web del Ayuntamiento de Alcúdia (https://www.alcudia.net).
Una vez la Comisión Evaluadora haya analizado la documentación para enmendar las deficiencias y a la vista de las alegaciones presentadas, en el plazo de 3 días hábiles, elaborará un informe que debe servir de base para elaborar la resolución definitiva de concesión o denegación de las ayudas. Éste expresará la lista de personas beneficiarias y la cantidad de la ayuda otorgada, así como las solicitudes excluidas con indicación de la causa de exclusión.
Como órganos competentes y una vez que el Plenario municipal haya aprobado las bases, recaerá en el Alcalde a vista del informe del órgano colegiado, aprobar la Resolución de la convocatoria, que será expuesta en los lugares de información señalados en estas bases.
El procedimiento de concesión de la presente línea de subvención es por concurrencia competitiva.
Las ayudas concedidas serán objeto de publicación en el tablón de anuncios, en la página web de este Ayuntamiento, y en la base de datos nacional de subvenciones (BDNS) y no serán objeto de notificación individual.
No se requiere justificación en base al art. 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. Las subvenciones que se concedan en atención a la concurrencia de una determinada situación en el perceptor no requerirán otra justificación que la acreditación por cualquier medio admisible en derecho de esta situación previamente a la concesión, sin perjuicio de los controles que pudieran establecerse para verificar su existencia.
Resolución
Plazo de resolución
De acuerdo con el artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento no excederá los seis meses, contados a partir de la publicación de la convocatoria en el BOIB.
Contra la resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dicte. En caso de no interponer el recurso potestativo de reposición se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde su publicación.
Cesión de datos de los beneficiarios a otras administraciones
El Ayuntamiento de Alcúdia deja patente que durante la tramitación administrativa de esta convocatoria y con relación a los beneficiarios de las ayudas económicas, entregará los datos de otorgamiento y beneficiarios que sean pertinentes a las administraciones estatales y tributarias que correspondan atendiendo a la legislación vigente.
Pago de las ayudas
El Ayuntamiento de Alcúdia abonará el importe de la ayuda concedida mediante pago único, que se hará efectivo una vez concluida la tramitación administrativa de la presente convocatoria para su adjudicación, y atendiendo a lo que se determine por los procedimientos y de la intervención y tesorería municipal.
DETERMINACIÓN DE CUANTÍAS
La cuantía total destinada a cada ayuda económica se determinará en dos fases:
1º CUANTÍA INICIAL (QI)
Se calculará, dividiendo el total de crédito presupuestario (11.000,00€) entre el número total de asignaturas matriculadas y aprobadas del conjunto de solicitudes presentadas.
2º CUANTÍA COMPLEMENTARIA (QC)
Si una vez que se haya calculado la cuantía inicial, quedará remanente presupuestario en la fase (QI), se realizará una segunda tabulación con el remanente existente en el apartado anterior, siguiendo los mismos criterios del apartado anterior, es decir:
Se calculará, dividiendo el total del remanente existente en el apartado anterior entre el número total de asignaturas matriculadas y aprobadas del conjunto de solicitudes presentadas.
CUANTÍA FINAL (QF)
El cómputo de la cuantía total final (QF) de cada ayuda económica se determinará atendiendo a la Cuantía Inicial (QI) estipulada, y llegado el caso de existir remanente, con el sumatorio de los apartados Cuantía Inicial (QI) más la Cuantía Complementaria (QC),
LIMITACIONES DE CUANTÍAS
Limitación primera: Atendiendo a lo dispuesto en los requisitos de la presente convocatoria, por parte del solicitante de haberse matriculado y alcanzar un aprobado de un mínimo de 3 asignaturas en caso de bachillerato y de 2 asignaturas (o bien el prácticum formativo en centros de trabajo ) en el caso de formación profesional durante el curso académico 2022/2023
Limitación segunda: Se determina una cuantía máxima destinada a cada solicitud aceptada en la presente convocatoria, independientemente de las asignaturas matriculadas y aprobadas en cada caso por parte del alumno de 450€
Documentación que se debe presentar:
Los documentos marcados con uno (*) se podrán autorizar por parte del solicitante para que el Ayuntamiento de Alcúdia realice la consulta de forma telemática y/o por los canales que tenga al alcance, o bien también, haga las comprobaciones de consulta de anteriores convocatorias. En caso de que por cualquier motivo las comprobaciones autorizadas presenten errores o no sea posible realizarlas el Ayuntamiento requerirá a los solicitantes que hagan las aportaciones pertinentes.
No obstante, el Ayuntamiento de Alcúdia deja patente que durante la tramitación administrativa de esta convocatoria realizará las comprobaciones de datos dentro de sus propios sistemas informáticos, o bien otros de interoperabilidad administrativa que considere oportunas con relación a las solicitudes por los canales físicos, telemáticos y de interoperabilidad administrativa de que disponga.
1. Solicitud completa y correctamente cumplimentada y presentada dentro de los períodos establecidos en las presentes bases.
2. Copia del DNI/NIF del solicitante o documento equivalente, en caso de menores de edad deberá presentarse fotocopia del padre/madre o tutores legales.
3. CERTIFICADO, expedido por el centro educativo correspondiente donde se especifiquen los siguientes datos:
4. Justificación oficial del pago de la matrícula del curso 2022/2023
5. Certificación oficial entregada por la entidad bancaria de la existencia de cuenta corriente en que aparezca el solicitante como titular.
6. (*) Documentación acreditativa del solicitante de estar al corriente de las obligaciones tributarias estatales , autonómicas y locales según las disposiciones legales vigentes. (En caso de menores aportar documentación también de los padres y/o tutores legales).
7. Alumnos fuera plaza de la oferta de formación profesional del municipio de Alcúdia dentro del curso 2022/2023: Certificación expositiva oficial entregada por el instituto de referencia en el que se determine esta circunstancia.
COMISIÓN TÉCNICA DE SEGUIMIENTO DE LA CONVOCATORIA
Con el fin de cumplir la tramitación administrativa de la presente convocatoria se creará una comisión técnica a razón de órgano colegiado con la finalidad de dar trámite, resolver dudas, interpretar las presentes bases, valoración de los expedientes o cualquier otra circunstancia referente a la resolución de la presente convocatoria.
Esta comisión estará formada como mínimo por tres técnicos del Ayuntamiento de Alcúdia de distintas áreas municipales (Educación, Servicios Sociales, Deportes, Patrimonio, Promoción económica u otras de naturaleza transversal) denominados de forma expresa, a esta comisión se podrán incorporar otros técnicos que se determine.
Esta comisión trabajará de forma periódica y permanente hasta la culminación y resolución definitiva de la presente convocatoria.
Las presentes bases y convocatoria deberán ser publicadas en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la página web corporativa. Igualmente, se publicarán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la página web municipal la resolución de concesión de las ayudas.
ACCESO A LOS MODELOS Y SOLICITUDES
El modelo de solicitud, las presentes bases y toda la información complementaria se podrá encontrar en los siguientes lugares:
1- Ayuntamiento de Alcúdia
Participación Ciudadana
Sede des Moll
Teodor Canet, 32 –07400 Port d'Alcúdia- Mallorca
010@alcudia.net // www.alcudia.net
Tel: 971 89 70 40 - 010
2- En la web municipal: www.alcudia.net
ANNEXO I SOLICITUD
DIRIGIDA A ESTUDIANTES DE BACHILLERATO Y CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Y GRADO SUPERIOR DE ALCÚDIA PARA EL CURSO 2022/2023
El Ayuntamiento de Alcúdia, convoca una línea de AYUDAS ECONÓMICAS PARA ESTUDIANTES QUE HAYAN CURSADO BACHILLERATO Y CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Y GRADO SUPERIOR y que no se pueden realizar dentro del municipio de Alcúdia (o bien que hayan quedado fuera plaza por falta de oferta educativa disponible en el municipio)* durante el curso 2022/2023.
(*) Sólo en el supuesto de que un alumno se haya visto forzado a matricularse en un centro de fuera del municipio a una oferta educativa existente en el municipio de Alcúdia, debido a la falta de plazas disponibles en un instituto del municipio de Alcúdia.
Todos estos supuestos se tendrán que acreditar con certificación oficial emitida por el centro escolar de referencia.
DATOS PERSONALES
Nombre y apellidos____________________________________________________________
DNI: ______________________________ Fecha de nacimiento: _____________________
Dirección: ___________________________________________________________________
Población: ____________________________________ Código postal: __________________
Correo electrónico: __________________________________ Teléfono: _________________
DATOS PERSONALES DEL PADRE, MADRE O TUTOR LEGAL 1
Nombre y apellidos____________________________________________________________
DNI: ______________________________ Fecha de nacimiento: _____________________
Dirección: ___________________________________________________________________
Población: ____________________________________ Código postal: __________________
Correo electrónico: __________________________________ Teléfono: _________________
DATOS PERSONALES DEL PADRE, MADRE O TUTOR LEGAL 2
Nombre y apellidos____________________________________________________________
DNI: ______________________________ Fecha de nacimiento: _____________________
Dirección: ___________________________________________________________________
Población: ____________________________________ Código postal: __________________
Correo electrónico: __________________________________ Teléfono: _________________
DATOS ACADÉMICOS
Estudios que has realizado el curso 2022/2023 ______________________________________
Nombre del instituto: ____________________________ Curso: __________________
Matricula (marque la que corresponda)
( ) Alcúdia ( ) Altre població (*)
Número de asignaturas matriculadas totales en el curso 2022/2023: ______________________
Número de asignaturas aprobadas totales en el curso 2022/2023: ________________________
Según el artículo 28 de la Ley 39/2015 de procedimiento administrativo, certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias del solicitante (tributos municipales, autonómicos y de Seguridad Social). En caso de menores de edad indicar nombre de los padres/tutores legales y DNI. Seleccione la opción que desee:
( ) Sí, autorizo de manera expresa al Ayuntamiento de Alcúdia para hacer la consulta y que se incorpore en mi solicitud.
(en caso de menores de edad) Indicar nombre de los padres/tutores legales y DNI.
Nombre __________________________
Nombre __________________________
Observaciones:
_______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES
Pueden pedir las ayudas económicas de esta convocatoria las personas que reúnan los requisitos siguientes:
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Los documentos marcados con uno (*) se podrán autorizar por parte del solicitante para que el Ayuntamiento de Alcúdia realice la consulta de forma telemática y/o por los canales que tenga al alcance, o bien también, haga las comprobaciones de consulta de anteriores convocatorias. En el caso, que por cualquier motivo, las comprobaciones autorizadas presenten errores o no sea posible realizar las comprobaciones pertinentes el Ayuntamiento requerirá a los solicitantes que éste haga las aportaciones pertinentes.
No obstante, el Ayuntamiento de Alcúdia deja patente que durante la tramitación administrativa de esta convocatoria realizará las comprobaciones de datos dentro de sus propios sistemas informáticos, o bien otros de interoperabilidad administrativa que considere oportunas con relación a las solicitudes por los canales físicos, telemáticos y de interoperabilidad administrativa que éste disponga.
Documentación que se tiene que presentar:
1. Solicitud completa y correctamente cumplimentada y presentada dentro de los periodos establecidos en estas bases.
2. Copia del DNI/NIF del solicitante o documento equivalente, en caso de menores de edad deberá presentarse fotocopia del padre/madre o tutores legales.
3. CERTIFICADO, expedido por el centro educativo correspondiente donde se especifiquen los datos siguientes:
4. Justificación oficial del pago de la matrícula del curso 2022/2023
5. Certificación oficial entregada por la entidad bancaria de la existencia de cuenta corriente en que aparezca el solicitante como titular.
6. (*) Documentación acreditativa del solicitante de estar al corriente de las obligaciones tributarias estatales , autonómicas y locales según las disposiciones legales vigentes. (En caso de menores aportar documentación también de los padres y/o tutores legales).
7. Alumnos fuera plaza de la oferta de formación profesional del municipio de Alcúdia dentro del curso 2022/2023: Certificación expositiva oficial entregada por el instituto de referencia en el que se determine esta circunstancia.
DECLARACIÓN JURADA
En ______________con DNI/NIF_____________________ con respecto a la presente convocatoria de ayudas para estudios DIRIGIDA A ESTUDIANTES DE BACHILLERATO Y CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Y GRADO SUPERIORI DE ALCÚDIA, declara bajo responsabilidad solidaria que acepta las bases de la presente convocatoria, y además, que los datos aportados se avienen totalmente con la realidad. Por otro lado, autoriza al Ayuntamiento de Alcúdia para que pueda hacer todas las comprobaciones que considere oportunas con relación a la presente solicitud por los canales físicos, telemáticos y de interoperabilidad administrativa que éste disponga.
Alcúdia, _____
Firmado
Ayuntamiento de Alcúdia
Alcalde/a – presidente/a
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