Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SINEU
Núm. 525582
Indemnizaciones por asistencia a las sesiones de los órganos colegiados
En fecha 6 de julio de 2023, el Pleno del Ayuntamiento adoptó el siguiente Acuerdo:
«De conformidad con lo que establecen los artículos 74 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, Municipal y de Régimen Local de las Islas Baleares, 75 de la LBRL y 13 del ROF los miembros de las corporaciones que no tengan dedicación exclusiva ni parcial podrán percibir indemnizaciones por asistencia a las sesiones de los órganos colegiados en las cuantías y condiciones que acuerde el Pleno de la Corporación
Asímismo, todos los miembros de la Corporación, incluidos los que desarrollen sus cargos en régimen de dedicación exclusiva o parcial, tendrán derecho a recibir indemnizaciones por los gastos ocasionados por el ejercicio del cargo, cuando sean efectivos, y previa justificación documental.
Por todo esto, se propone al Pleno que adopte el siguiente ACUERDO:
PRIMERO.- Establecer el siguiente régimen de indemnizaciones por asistencias en las sesiones de los órganos colegiados:
a) Sesiones del Pleno: 60€/sesión
b) Sesiones de la Junta de Gobierno Local: 120€/sesión
c) Sesiones Comisiones Informativas: 40€/sesión».
Lo que se publica de conformidad con el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
(Firmado electrónicamente: 4 de agost de 2023
El alcalde Tomeu Mulet Florit)