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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SINEU

Núm. 525577
Dedicaciones y retribuciones

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Texto

En fecha 6 de julio de 2023, el Pleno del Ayuntamiento adoptó el siguiente Acuerdo:

De conformidad con lo que establece el artículo 75.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local (LBRL), los miembros de las Corporaciones Locales percibirán retribuciones por el ejercicio de sus cargos cuando los desarrollen con dedicación exclusiva, que serán dados de alta en el Régimen general de la Seguridad Social, asumiendo las Corporaciones el pago de las cuotas empresariales que corresponda.

En el supuesto de tales retribuciones, su percepción será incompatible con la otros retribuciones con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas y de los entes, organismos o empresas a ellas dependientes, así como el desarrollo otras actividades, en los términos de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.

De conformidad con lo que establece el artículo 75.2 LBRL, los miembros de las Corporaciones locales que desarrollen sus cargos con dedicación parcial por realizar funciones de presidencia, vicepresidencia u ostentar delegaciones, o desarrollar responsabilidades que así lo requieran, percibirán retribuciones por el tiempo de dedicación efectiva de las mismas y serán dados de alta en el Régimen general de la Seguridad Social en tal concepto, asumiendo las Corporaciones el pago de las cuotas empresariales que corresponda. Estas retribuciones no podrán superar en ningún caso los límites fijados por las Leyes de Presupuestos Generales del Estado. En los Acuerdos plenarios de determinación de los cargos con dedicación parcial y de las retribuciones de los mismos, se tendrá que determinar el régimen de dedicación mínima necesaria para la percepción de las mencionadas retribuciones.

En cuanto al régimen retributivo, se encuentra regulado en el artículo 75.bis.1 de la LBRL y, en cuanto a la dedicación exclusiva, se tiene que tener en cuenta la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad sobre las cuantías máximas compensables por el Gobierno de las Islas Baleares a los ayuntamientos y a las entidades locales menores de las Islas Baleares por la dedicación exclusiva o parcial del alcalde o de otro miembro electo para el año 2023.

El artículo 75 ter. de la LBRL regula la limitación del número máximo de los cargos públicos de las Entidades Locales con dedicación exclusiva, que en el caso de Sineu es de 3.

No existe limitación en el número máximo de cargos públicos con dedicación parcial.

Visto los antecedentes y que el Ayuntamiento te concedida una compensación económica por importe de 41.844,81 euros para retribuir la dedicación exclusiva del alcalde al servicio de la gestión pública local para 2023, otorgada por la consejera de Presidencia, Función Pública e igualdad.

Se propone al Pleno que adopte el siguiente

ACUERDO

PRIMERO.- Establecer el siguiente régimen de dedicaciones:

Nombre

Cargo

Dedicación

Retribuciones

Tomeu Mulet Florit

Alcalde

Exclusiva

41.844,82

Pere Joan Jaume Florit

Regidor de Urbanismo, Medio Rural i Medio Ambiente

Parcial 10%

7.359,58

Francisca Ramis Lladó

Regidora de Promoción Económica y Desarrollo Local

Parcial 10%

7.359,58

Rosa Ana Rebassa Real

Regidora de Salud, Bienestar Social y Participación Ciudadana

Parcial 10%

7.359,58

Los importes indicados se corresponden con importes brutos anuales a percibir en 14 pagas. Estos importes se incrementarán anualmente de conformidad con las Leyes de Presupuestos Generales del Estado.

SEGUNDO.- Dar de alta en el Régimen general de la Seguridad Social a los cargos indicados en el punto 1.

Lo cual se publica de conformidad con el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

 

(Firmado electrónicamente: 13 de julio de 2023

El alcalde Tomeu Mulet Florit)