Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE MAÓ
Núm. 524140
Nombramiento personal laboral fijo
Mediante el Decreto núm. 616, de fecha 7 de agosto de 2023, del Ayuntamiento de Maó, he dispuesto nombrar como personal laboral fijo a la persona aspirante que ha superado el proceso de selección de la convocatoria de fisioterapeuta del Ayuntamiento de Maó, del grupo A, subgrupo A2, de la escala de Administración Especial Técnica, vínculo jurídico laboral, por el procedimiento de concurso. Concretamente, se trata de la persona relacionada a continuación, que ya ha superado el período de prácticas:
Lo que hacemos público a los efectos del artículo 62 del Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y del artículo 25.2 del Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
El personal nombrado deberá formalizar el contrato en el plazo de 3 días, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB.
Requerimos a la persona contratada que se deberá incorporar a su puesto de trabajo el mismo día de la formalización del contrato y que deberá permanecer un mínimo de 3 años en el destino de adscripción, para poder participar en concursos de provisión de puestos de igual nivel.
Establecemos que, dado que esta convocatoria no tendrá otra por el procedimiento de concurso oposición, conforme al artículo 10.2 de las bases específicas, las personas aspirantes que no han superado el proceso selectivo por el sistema de concurso formarán una bolsa de personal interino. En estas bolsas deben integrarse las personas candidatas que hayan obtenido la puntuación mínima de 10 puntos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse, alternativamente: o bien recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o bien recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de la publicación del presente anuncio, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998 , de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o cuando se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Maó, en la fecha de la firma electrónica (16 de agosto de 2023)
El alcalde Héctor Pons Riudavets