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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 523701
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que aprueba el proyecto y se declara, en concreto, de utilidad pública del proyecto «Green Hysland» de instalación de recepción y canalización de transporte de hidrógeno por inyección en red de gasoductos en la isla de Mallorca

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Texto

Hechos

1. El 8 de agosto de 2023, se aprobó y declaró la utilidad pública, con condicionantes, como red de distribución energética según el artículo 2 de la Ley 13/2012, de 20 de noviembre, de medidas urgentes para la activación económica en materia de industria y energía, nuevas tecnologías, residuos, aguas, otras actividades y medidas tributarias, el proyecto firmado por el ingeniero de caminos, canales y puertos, Juan Alberto Andrada Barroso (col. n.º 30.048) y visado el 4 de noviembre de 2021 por el Colegio de Ingenieros, Caminos, Canales y Puertos, con n.º de visado 2021/04005/01, y su adenda n.º 1 firmada por el ingeniero industrial José Roig Gómez, visada el 1 de diciembre de 2022 por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid con n.º de visado 202205310.

2. Los servicios de la Dirección General de Energía y Cambio Climático detectaron errores materiales en la resolución del 8 de agosto de 2023.

Fundamentos de derecho

1. Ley 13/2012, de 20 de noviembre, de medidas urgentes para la activación económica en materia de industria y energía, nuevas tecnologías, residuos, aguas, otras actividades y medidas tributarias.

2. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3. Decreto 96/2005, de 23 de septiembre, de aprobación definitiva de la revisión del Plan Director Sectorial Energético de las Illes Balears (BOIB n.º 143, de 27 de septiembre de 2005).

4. Decreto Legislativo 1/2020, de 28 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Illes Balears.

5. Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

6. Decreto 16/2023, de 20 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

7. Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 20 de julio de 2023 de delegación de competencias y de suplencia de los órganos directivos de la Conserjería.

8. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o la disposición. Así mismo, la rectificación de errores tiene que especificar, si procede, los efectos jurídicos que se derivan y se tiene que notificar o publicar preceptivamente cuando haga referencia a actos que han sido notificados o publicados.

9. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Corregir los errores detectados en la resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía del 8 de agosto de 2023 en los términos siguientes:

Donde dice:

Finca

Titular

Pol.

Par.

SE. (m2)

Long. serv. ml

Serv. perm. (m2)

Ocup. temp.

IB-PM-18

Camí

 

 

 

 

 

 

Debe decir:

Finca

Titular

Pol.

Par.

SE. (m2)

Long. serv. ml

Serv. perm. (m2)

Ocup. temp.

IB-PM-18

Camí

38

9002

 

5

10

41

2. Notificar esta Resolución al titular de la instalación, a todas las personas interesadas y publicarla en Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energia dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears dentro del plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-administrativa.

 

Válido a la fecha de firma del documento electrónico (12 de agosto de 2023)

Por la Consejería de Empresa, Empleo y Energía Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático. El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación de competencia del consejero de Empresa, Empleo y Energía (BOIB n.º 103, de 22/07/2023