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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA

Núm. 520991
Imdemnizaciones a regidores por asistencia a órganos colegiados del Ayuntamiento de Algaida

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Ayuntamiento de Algaida en sesión extraordinaria celebrada en fecha 04 de julio de 2023, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

“De acuerdo con el artículo 75.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, todos los miembros de las corporaciones locales tienen derecho a percibir indemnizaciones, que tendrán la cuantía y las condiciones que acuerde el Pleno.

De acuerdo con el que se ha expuesto, se propone en el Ayuntamiento Plenario el siguiente acuerdo:

  1. Se meritará el derecho a percibir indemnización por la asistencia a las sesiones del Pleno de la Corporación, de la Junta de Gobierno, de las Comisiones Informativas y de las Mesas de Contratación. Los miembros de la Corporación que ejerzan su cargo en régimen de dedicación exclusiva o parcial no meritarán indemnizaciones por asistencias.

  2. La asistencia a las reuniones que dan derecho a percibir indemnización se acreditará por el Secretario de los órganos colegiados.

  3. Las indemnizaciones se meritarán en función del número de sesiones a las que se acuda con independencia del día de su celebración.

  4. Las indemnizaciones por asistencia se satisfarán mensualmente, mediante el ingreso en cuenta o libreta que determinen los regidores.

  5. El presente acuerdo será de aplicación con efectos de 27 de junio de 2023.

  6. Se fijan las siguientes cuantías de las indemnizaciones:

Órgano

Cuantía por asistencia

Plenario

100,00 €

Comisión informativa

90,00 €

Junta de Gobierno Local

100,00 €

Mesa de contratación

60,00 €

 

(Firmado electrónicamente: 10 de agosto de 2023)

La alcaldesa Margarita Fullana Arrom