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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

CONSORCIO BOLSA DE ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS

Núm. 517225
Resolución del Presidente del Consorcio Bolsa de Alojamientos Turísticos por la que se revoca la delegación de funciones en la vicepresidència del Consorcio Bolsa de Alojamientos Turísticos

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Texto

Antecedentes

1. En fecha 13 de diciembre de 2021, el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears aprobó el Decreto 50/2021 de 13 de diciembre de traspaso al Consell de Mallorca de las funciones y servicios inherentes a las competencias propias de este Consejo Insular que ejercía la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en materia de ordenación turística (BOIB núm. 171, de 14 de diciembre de 2021). En el apartado C del Anexo del Decreto se dispuso que, con efectos de 1 de abril de 2022, se traspasaban al Consejo de Mallorca las funciones y servicios propios del Consorcio Bolsa de Alojamientos Turísticos como nueva administración de adscripción.

2. En fecha 14 de febrero de 2022, la Junta Rectora del Consorcio Bolsa de Alojamientos Turísticos adoptó el acuerdo de aprobar la modificación de los estatutos del Consorcio, previa autorización del Consejo de Gobierno, acuerdo que ratificó el Pleno del Consejo de Mallorca en sesión celebrada el día 25 de febrero de 2022, que se convirtió en definitivo trascurrido el plazo de exposición pública exigido por la normativa (BOIB núm. 45, de 2 de abril de 2022).

3. El artículo 12.1 de los estatutos del CBAT, prevé como funciones de la persona que ocupa la presidencia del Consorcio, entre otras:

“d) Dar la conformidad a los actos y certificados de los acuerdos adoptados por la Junta Rectora.

f) Aprobar y firmar en nombre del Consorcio cualquier tipo de acto, contrato o convenio que formalice el Consorcio para el desarrollo de sus actividades.

i) Ser el órgano de contratación del Consorcio y firmar los contratos derivados de procedimientos de licitación.

m) Aprobar los pliegos que deben regir la contratación.”

4. Mediante Resolución 1_2022, de 4 de abril de 2022 (BOIB Núm. 77 de 14 de junio de 2022) el presidente del Consorcio Bolsa de Alojamientos Turísticos acordó delegar de forma indefinida en el vicepresidente del Consorcio Bolsa de Alojamientos Turísticos de las funciones previstas en las letras d), f), i), m) del artículo 12.1 de los Estatutos.

5. El día 8 de julio de 2023 se constituyó el Consejo de Mallorca como consecuencia de las elecciones del pasado 28 de mayo de 2023 y por Decreto de la Presidencia de día 10 de julio de 2023 se crearon los departamentos que deben estructurar el Gobierno del Consejo de Mallorca, y también por Decreto de Presidencia de la misma fecha se nombraron a los consejeros ejecutivos y las consejeras ejecutivas; nombrándose al Sr. José Marcial Rodríguez Díaz, consejero ejecutivo de Turismo.

6. En la actualidad, la eficiente implantación de la administración electrónica, especialmente la gestión de expedientes y la firma digital de documentos, hace que la delegación interorgánica de funciones no sea necesaria.

Consideraciones jurídicas

El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, establece que la delegación interorgánica es revocable en cualquier momento, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 28 para la avocación, correspondiendo la revocación al mismo órgano que la haya otorgado.

Asimismo, en el artículo 27 de la citada Ley se dice que la revocación, producirá efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Por todo lo expuesto

Resuelvo

Primero. Revocar la delegación de las funciones previstas en las letras d), f), i), m) del artículo 12.1 de los vigentes estatutos del Consorcio Bolsa de Alojamiento Turísticos, acordada a favor del vicepresidente del Consorcio Bolsa de Alojamientos Turísticos mediante la resolución 1_2022, de fecha 4 de abril de 2022 (BOIB Núm. 77 de 14 de junio de 2022).

Segundo. Notificar esta resolución a la vicepresidenta del Consorcio Bolsa de Alojamientos Turísticos y dar cuenta de la misma a la próxima Junta Rectora del Consorcio Bolsa de Alojamientos Turísticos.

Tercero. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (9 de agosto de 2023)

El presidente del Consorcio Bolsa de Alojamientos Turísticos i consejero ejecutivo de turismo Firmado por delegación de la Junta Rectora del Consorcio, acuerdo de fecha 06/06/2022, BOIB Núm. 77, de 14 de junio de 2022 (José Marcial Rodríguez Díaz)