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AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 515076
Providencia de emplazamiento judicial. Procedimiento Abreviado núm. 707/2022 Juzgado contencioso administrativo nº 1
Mediante Oficio de los Servicios Jurídicos de fecha12 de julio de 2023 se remite decreto del Juzgado Contencioso Administrativo núm. 1 por el que comunica que por parte de la sra. María Antonia Tobal Rodríguez y el sr. Carlos Sánchez Gallardo, se ha interpuesto contencioso administrativo contra la desestimación presunta por silencio administrativo de las reclamaciones presentadas el 13 de julio de 2022 en las cuales se solicita el abono de las indemnizaciones por kilometraje y por ocupar puestos de trabajo situados en la OAC de Son Ferriol, OAC Arenal, i Son Reus.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, el regidor de Hacienda, Innovación y Función Pública dicta la siguiente
PROVIDENCIA
PRIMERO.- Notificar a todas las personas que puedan estar interesadas, que por parte de la sra. María Antonia Tobal Rodríguez y el sr. Carlos Sánchez Gallardo, se ha interpuesto contencioso administrativo contra la desestimación presunta por silencio administrativo de las reclamaciones presentadas el 13 de julio de 2022 en las cuales se solicita el abono de las indemnizaciones por kilometraje y por ocupar puestos de trabajo situados en la OAC de Son Ferriol, OAC Arenal, i Son Reus, que se sigue en el Procedimiento Abreviado 707/2022 ante el Juzgado de lo contencioso administrativo núm. 1 de Palma; y de conformidad con el artículo 49 de la Ley 29/98; de 13 de julio, Reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, emplazar a las personas interesadas para que, si lo consideran oportuno, puedan comparecer y personarse como demandados, en el plazo de 9 días; haciéndole saber que, si se persona ante el juzgado contencioso administrativo núm. 1 con posterioridad al plazo indicado, será tenido como partes para los trámites no precluidos sin necesidad de retrotraer ni interrumpir el curso del procedimiento, y que si no se personan, el procedimiento continuará con los trámites sin la necesidad de practicar las notificaciones, tal como resulta de lo dispuesto en el artículo 50 de la mencionada ley.
SEGUNDO.- Una vez realizada notificación mediante publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) procédase a remitir el justificante al juzgado de lo contencioso administrativo núm.2 de Palma.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (28 de julio de 2023)
La jefa del Departamento de Personal p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3.000/2014 (BOIB núm. 30, de 04/03/2014) Esperanza Vega Terrón
Palma, en la fecha de la firma electrónica (31 de julio de 2023)
La concejal de Área de Hacienda, Función Pública y Gobierno Interior P.d. Decreto de Alcaldía núm. 202312178, de 22/06/2023 (BOIB núm. 89, de 01/07/2023) y Acuerdo de la Junta de Gobierno,de 05/07/2023 Maria de las Mercedes Celeste Palmero P.d. Decreto de Alcaldía núm. 202311880, de 19/06/23 (BOIB núm. 84, de 22/06/2023)