Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES
Núm. 512261
Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por el que se nombra personal eventual de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes
El artículo 20 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears, dispone que es personal eventual el que, en virtud de nombramiento legal, ocupa, con carácter temporal, puestos de trabajo considerados de confianza o de asesoramiento especial de la Presidencia o de los consejeros o de las consejeras, no reservados a personal funcionario de carrera. También establece que el presidente o la presidenta y los consejeros o las consejeras nombran y cesan libremente a su personal eventual y que los nombramientos deben publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Mediante el Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, se dispuso el nombramiento del consejero de Turismo, Cultura y Deportes.
El Decreto12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de les Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de les consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.
El Consejo de Gobierno, en la sesión de 10 de julio de 2023, ha aprobado la Relación de Puestos de Trabajo del Personal Eventual, en la que constan los puestos de personal eventual.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero. Nombrar al señor Miguel Ángel Ramis Ventayol, con número de DNI XXX0471XX, como Asesor Técnico de la Secretaria Autonómica de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, con efectos del día 10 de agosto de 2023.
Segundo. A efectos de dietas e indemnizaciones por razón de servicio, es de aplicación lo dispuesto en el Decreto 16/2016, de 8 de abril, por el que se aprueba el texto consolidado del Decreto por el que se regulan las indemnizaciones por razón del servicio del personal al servicio de la Administración autonómica de las Illes Balears o la norma que le sustituye, y el artículo 17.1 de la Ley 11/2022, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2023.
Tercero. A efectos de retribuciones por antigüedad o trienios, se reconoce el derecho a la percepción de los conceptos expuestos que la persona interesada acredite en las diferentes administraciones públicas.
Cuarto. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 8 de agosto de 2023
El consejero de Turismo, Cultura y Deportes Jaume Bauzá Mayol