Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ARTÀ
Núm. 510825
Aprobación definitiva del acuerdo de Pleno de corrección de errores en las plantillas de personal en lo que respecta al personal de la policía local
Habiéndose aprobado por el Pleno Municipal de fecha 2 de mayo de 2023, el acuerdo de corrección de errores en las plantillas de personal en lo que concierne al personal de la policía local y habiéndose sometido el expediente a información pública por plazo de quince días, sin que se hayan presentado alegaciones, se considera definitivamente aprobado el acuerdo:
<< PRIMERO
1. ENMENDAR el error material detectado en la plantilla de plazas de funcionarios de 2023, aprobada en sesión del Pleno del ayuntamiento de fecha 28 de noviembre de 2022,
Donde dice:
PLANTILLA DE PERSONAL PARA 2023
Debe decir:
PLANTILLA DE PLAZAS DE PERSONAL PARA 2023
2. ENMENDAR los errores materiales detectados en la plantilla de plazas de funcionarios de 2023, aprobada en sesión del Pleno del ayuntamiento de fecha 28 de noviembre de 2022, en el apartado correspondiente a mandos de la policía local,
Donde dice:
Jefe del cuerpo de Policía Local
Debe decir:
Subinspector
Y donde dice:
Oficial de la policía local
Debe decir:
Oficial
3. Estas enmiendas son preceptivas porque legalmente en la plantilla de plazas de funcionarios de cualquier institución local sólo pueden constar las denominaciones legales de las plazas incluidas en la clasificación oficial en cuerpos, escalas, subescalas y categorías previstas en las leyes estatales y autonómicas, según se ha acreditado en los informes que constan en el expediente.
SEGUNDO
1. ENMENDAR el error material detectado en la plantilla presupuestaria incluida en el presupuesto municipal de 2023, aprobado en sesión del Pleno del ayuntamiento de fecha 28 de noviembre de 2022, en la rúbrica “1321-Policía municipal”, donde en una única columna constan de forma no sistemática las plazas ocupadas o bien la denominación del puesto de trabajo como sigue:
CÓDIGO |
PLAZA DE PLANTILLA |
---|---|
1090 |
JEFE DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL |
1017 |
OFICIAL DE LA POLICÍA LOCAL |
1055 |
OFICIAL DE LA POLICÍA LOCAL |
1997 |
OFICIAL DE LA POLICÍA LOCAL |
Debe sustituirse por una tabla con una columna más como sigue:
CÓDIGO |
PLAZA DE PLANTILLA DE PLACES |
PUESTO DE TRABAJO |
---|---|---|
1090 |
SUBINSPECTOR |
JEFE DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL |
1017 |
OFICIAL |
OFICIAL DE LA POLICÍA LOCAL |
1055 |
OFICIAL |
OFICIAL DE LA POLICÍA LOCAL |
1997 |
OFICIAL |
OFICIAL DE LA POLICÍA LOCAL |
2. INSTAR a la Alcaldía que, dado que la enmienda afecta a la estructura del presupuesto, por parte del servicio de recursos humanos y de la intervención y servicios económicos se gestione esta enmienda con carácter extrapresupuestario de forma provisional, y que se incorpore al presupuesto en una próxima modificación presupuestaria que se tramite para la aprobación de este Pleno.
TERCERO
1. INSTAR a la Alcaldía que por parte del servicio de recursos humanos municipal se publiquen estos acuerdos en los diarios oficiales que es legalmente procedente, y que se elabore una plantilla de plazas consolidada que se publique en el portal municipal de transparencia.
2. INSTAR a la Alcaldía que por parte del servicio de recursos humanos municipal se revise la totalidad de la plantilla de plazas, la plantilla presupuestaria y la relación de puestos de trabajo municipales, a fin de verificar que no existan otros errores materiales como los que se han corregido en el acuerdo precedente, y en todo caso aplicar el cambio decidido en el acuerdo precedente de cambio de estructura de la plantilla presupuestaria a todo el personal municipal de plantilla, y que preparen otros acuerdos análogos del Pleno de el ayuntamiento para la aprobación de estas enmiendas.
3. INSTAR a la Alcaldía que por parte del servicio de recursos humanos municipal se elaboren y publiquen en el portal municipal de transparencia documentos consolidados de la plantilla de plazas y de la documentación pública de la relación de puestos de trabajo municipal cada vez que éste Pleno apruebe alguna enmienda o modificación, para dar cumplimiento exacto a las prescripciones legales en materia de transparencia y buen gobierno.>>
Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
No obstante, podrá interponerse cualquier otro recurso que se considere procedente.
Artà, fecha de la firma electrónica (8 de agosto de 2023)
El alcalde Manuel Galán Massanet