Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 505926
Departamento de Personal. Negociado de Selección y Provisión. Convocatoria pública para la provisión temporal en comisión de servicios por el sistema de libre designación del puesto de trabajo de Jefe de Departamento de Ecología, Agricultura y Bienestar Animal
La Concejala de Hacienda, Función Pública y Gobierno Interior por decreto número 14.451 de 4 de agosto de 2023, ha resuelto lo siguiente:
Convocar por el sistema de LIBRE DESIGNACIÓN en comisión de servicios, cuyo puesto de trabajo se relaciona a continuación, cuya cobertura provisional es urgente e inaplazable, de acuerdo con las determinaciones y entre el personal funcionario de carrera que pertenezcan a la escala, subescala o clase de funcionarios que se indica:
Puesto de trabajo:
JEFE DE DEPARTAMENTO DE ECOLOGÍA, AGRICULTURA Y BIENESTAR ANIMAL
Código: F30170006
NÚMERO DE PUESTOS A CUBRIR: 1
SE/SUB/CLASE :
PERSONAL FUNCIONARIO QUE PUEDE TOMAR PARTE:
Funcionarios/as de carrera de todas las Administraciones públicas de las Islas Baleares, del Grupo A, subgrupo A1, de las escalas, clases y especialidades siguientes:
Técnico /a de Administración General (TAG).
Escala: Administración Especial:
REQUISITOS :
FUNCIONES:
Los departamentos tienen como funciones genéricas las que están determinadas por el objetivo que tiene el órgano superior en el que se integran y, en especial las siguientes:
- Dirigir, organizar, programar, coordinar y controlar las gestiones y trámites propios de la competencia del Departamento.
- Asesorar y apoyar a los órganos superiores y directivos de la Concejalía.
- Controlar, coordinar y supervisar al personal adscrito al Departamento, e impulsar, programar, organizar e implantar métodos de trabajo y planificación en el ámbito de su Departamento.
- Dirigir, organizar y evaluar de manera continua los recursos del Departamento, procurando la consecución de su misión y objetivos de manera eficaz, en orden a los principios de legalidad, agilidad administrativa y transparencia.
- Proponer medidas para la modernización, simplificación de trámites y mejora de la gestión y métodos de trabajo en la materia propia del Departamento.
- Elaborar y emitir los informes que le encomienden los órganos superiores en la materia propia del Departamento.
- Colaborar y coordinarse con el resto de departamentos y servicios municipales en las materias y programas de carácter transversal.
- Impulsar, implantar y realizar el seguimiento de proyectos de mejora y simplificación administrativa de los servicios de su competencia mediante las diferentes herramientas existentes.
- Velar por la actualización de la información municipal de su competencia en las diferentes modalidades (presencial, telefónica, correo electrónico, páginas web y sede electrónica).
- Responsabilizarse de la ejecución de los acuerdos adoptados que afecten al Departamento.
- Responsabilizarse de las propuestas de acuerdo o de resolución del suyo Departamento, y supervisar el resto de actos administrativos que éste Departamento emita.
- Velar por el cumplimiento de la legislación vigente y de las normas previstas en los reglamentos.
- Colaborar con los órganos de gobierno y directivos en la definición de líneas estratégicas, definición de objetivos y temporalización de los planes de actuación, así como impulsarlas y ejecutarlas, en la materia propia de su Departamento.
- Supervisar la tramitación de los procedimientos de los recursos interpuestos contra los actos administrativos emitidos por su Departamento.
- Aceptar la delegación de firma como fedatario público de los decretos y resoluciones -en materia de procedimientos reglados y siempre que no se hayan emitido informes contrarios durante la tramitación del expediente- dictados por los concejales de área, concejales de área delegada, ejecutivos de gobierno, presidentes y gerentes de organismos autónomos, así como el resto de funciones que le atribuye el Decreto de alcaldía núm. 3000, de 26 de febrero de 2014, BOIB nº 30 de 4 de marzo de 2014.
- Responsabilizarse de las DMS y DMI de su departamento y de las incidencias del portal del personal.
- Conocer y aplicar la normativa vigente que afecte a los asuntos del Departamento así como en las herramientas informáticas para llevarla a cabo.
- Cumplir y hacer cumplir al personal bajo su mando, las directrices, normas, procedimientos y acciones preventivas establecidas en materia de Prevención de Riesgos Laborales y asumir las funciones que le sean encomendadas en materia de actuación en emergencias, colaborando con el Servicio de Prevención cuando le sea requerido.
- Cualquiera otra tarea que le sea encomendada por los órganos de Gobierno de entre las que corresponden a la escala, subescala, clase, especialidad o categoría de adscripción del puesto de trabajo.
Además de las funciones genéricas de jefe de departamento:
- Llevar a cabo las reuniones de seguimiento con los/las coordinadores/ras de la gestión de playas del servicio de salvamento y seguridad.
- Supervisar la carta de servicios de playas.
- Responsabilizarse del proceso de calidad de la gestión del medio ambiente.
- Formar parte de las reuniones de Policía, Medio Ambiente y Urbanismo (PUMA).
- Llevar a cabo tareas relacionadas con Emaya.V
- Asistir al Director del Centro Sanitario Municipal.
- Cualquier otra que le sea encomendada en materia de Ecología y Agricultura.
Duración
La comisión de servicios tiene carácter temporal y finalizará en cualquiera de los siguientes supuestos:
La limitación temporal prevista en el apartado b) no será de aplicación a las comisiones de servicios en puestos de trabajo reservados a personal en situación de servicios especiales o en cualquier otra situación administrativa que comporte la reserva del puesto de trabajo.
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Esta convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la web municipal (www.palma.cat )
Solicitudes y plazo de presentación
Las personas interesadas pueden presentar sus solicitudes para tomar parte en esta convocatoria en el Registro General de este Ayuntamiento. Asimismo adjuntarán su currículum con la relación de sus méritos profesionales y académicos; la administración podrá en cualquier momento exigir o comprobar la acreditación de los méritos alegados. Todo esto sin perjuicio de hacerlo en cualquiera de las formas previstas en el art. 16.4 de la Llei 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común.
El plazo de presentación de solicitudes será de SIETE DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).
Resolución y publicación.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Departamento de Personal dictará resolución con indicación de las personas seleccionadas de acuerdo con el informe emitido por el órgano al que se encuentre adscrito el puesto de trabajo convocado, sin perjuicio de que pueda declararse desierta si ninguno de los aspirantes reúne la idoneidad adecuada para su empleo. Esta resolución se publicará asimismo en la web municipal.
Notificada la resolución a la persona interesada, si ésta renuncia, se podrá proponer por el órgano competente un nuevo/a candidato/a de entre las personas aspirantes.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer por parte de las personas interesadas recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que las haya aprobado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En caso de no interponer el recurso potestativo de reposición se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, según el artículo antes mencionado y 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el Juzgado contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOIB.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (4 de agosto de 2023)
La jefa de Servicio de Planificación y Provisión p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014 (BOIB núm. 30, de 04/03/2014) Raquel Cucarella Ribera