Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 505919
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 4 de agosto de 2023 por el que se da por enterado del nombramiento del director gerente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA)
La disposición adicional octava de la Ley 8/2004, de 23 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de función pública, autorizó al Gobierno de las Illes Balears a crear una empresa pública con la forma de entidad de derecho público que debe someter su actuación al ordenamiento jurídico privado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1.b).1 de la Ley 3/1989, de 29 de marzo, de entidades autónomas y empresas públicas y vinculadas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Dicha empresa debe quedar adscrita a la consejería competente en materia de agricultura y pesca, con la finalidad institucional de ejecutar la política de fomento de la consejería competente en materia de agricultura y pesca, constituirse como organismo pagador de las ayudas y gestionar el Registro General de Explotaciones Agrarias de las Illes Balears.
El Consejo de Gobierno de las Illes Balears, en la sesión del dia 10 de junio de 2005, mediante el Decreto 64/2005, creó el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), como empresa pública con autonomía funcional y de gestión, adscrita a la consejería competente en materia de agricultura y pesca del Gobierno de las Illes Balears.
El artículo 21 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece que el nombramiento y el cese de las personas titulares de la gerencia y de los otros órganos unipersonales de dirección de las entitades del sector público instrumental autonómico que no sean organismos autónomos, se deben hacer de acuerdo con lo que establezca la normativa aplicable y los estatutos del organismo, y en caso de que no correspondan al Consejo de Gobierno, se debe comunicar a dicho órgano y publicar en el BOIB el acuerdo por el que se da por enterado.
Así mismo, en virtud del artículo 12.2 del Decreto 64/2005, el director gerente del FOGAIBA debe ser nombrado y separado libremente por el presidente de dicho organismo, de acuerdo con la normativa que regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección.
Considerando la última reestructuración del Gobierno de las Illes Balears mediante el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por la que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consellerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la consellería competente en materia de agricultura y pesca es la Consellería de Agricultura, Pesca y Medio natural.
De acuerdo con el artículo 5 del Decreto 64/2005, de 10 de junio, la persona titular de la consejería competente en materia de Agricultura y Pesca ejerce la presidencia del FOGAIBA.
El 1 de agosto de 2023 el presidente del FOGAIBA dictó resolución por la cual se nombra al señor Joan Josep Coll Bibiloni, con DNI **3595**, director gerente del FOGAIBA.
Por todo esto, a propuesta del consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural, el Consejo de Gobierno en la sesión del día 4 de agosto de 2023 adopta el Acuerdo siguiente:
Primero. Darse por enterado del nombramiento del señor Joan Josep Coll Bibiloni, como director gerente del FOGAIBA.
Segundo. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 4 de agosto de 2023
La secretaria del Consejo de Gobierno Antònia Maria Estarellas Torrens