Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 505905
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 4 de agosto de 2023 por el que se aprueba el calendario de fiestas para el año 2024 en el ámbito de las Illes Balears

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con el Real Decreto 98/1996, de 26 de enero, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de trabajo —ejecución de la legislación laboral— (BOE n.º 52, de 29 de febrero), y con el Decreto 31/1996, de 7 de marzo, de asunción y distribución de competencias transferidas por la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de trabajo —ejecución de la legislación laboral— (BOIB n.º 35, de 19 de marzo), corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la determinación de las fiestas laborales de ámbito local y la substitución de las fiestas a que se refiere el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, de regulación de jornadas, horas extraordinarias y descansos (BOE n.º 180, de 29 de julio), según la redacción dada por el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre (BOE n.º 267, de 7 de noviembre).

Asimismo, el artículo 2 del Decreto 75/1998, de 31 de julio, por el que se regula el calendario de fiestas de la comunidad autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 105, de 15 de agosto), dictado al amparo de lo dispuesto con carácter necesario en la normativa del Estado, determina que el Consejo de Gobierno, mediante un acuerdo, puede substituir las fiestas señaladas en la letra d del artículo 1 por otras que, por tradición, le sean propias, así como la posibilidad de substituir el descanso laboral del lunes de las fiestas que coinciden en domingo por otras que sean tradicionales en las Illes Balears.

Por otra parte, la Mesa Social Tripartita de las Illes Balears, en la reunión de fecha 31 de julio de 2023 ha dado la conformidad al calendario de fiestas que se acuerda.

Por todo ello, a propuesta del consejero de Empresa, Ocupación y Energía, en la sesión del día 4 de agosto de 2023 el Consejo de Gobierno adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:

1

1 de enero

Año Nuevo

 Lunes

2

6 de enero

Epifanía del Señor

Sábado

3

1 de marzo

Día de las Illes Balears

Viernes

4

28 de marzo

Jueves Santo

Jueves

5

29 de marzo

Viernes Santo

Viernes

6

1 de abril

Lunes de Pascua

Lunes

7

1 de mayo

Día del Trabajo

Miércoles

8

15 de agosto

Asunción de la Virgen

Jueves

9

12 de octubre

Fiesta Nacional

Sábado

10

1 de noviembre

Todos los Santos

Viernes

11

6 de diciembre

Día de la Constitución

Viernes

12

25 de diciembre

Día de Navidad

Miércoles

Primero. Aprobar, de conformidad con lo dispuesto en la normativa estatal y autonómica vigente, el calendario de los días festivos para el año 2024 en el ámbito de las Illes Balears, que son los que se relacionan a continuación:

Segundo. Dar cuenta del presente Acuerdo al Ministerio de Trabajo y Economía Social, de conformidad con la disposición final segunda del Decreto 75/1998, de 31 de julio, por el que se regula el calendario de fiestas de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Tercero. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Palma, 4 de agosto de 2023

La secretaria del Consejo de Gobierno Antònia Maria Estarellas Torrens