Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
Núm. 504102
Modificación de la Relación de Puestos de Trabajo y de la plantilla orgánica del Ayuntamiento de Alcudia respecto al personal eventual
El Pleno del Ayuntamiento de Alcúdia, en sesión celebrada el día 3 de agosto de 2023 aprobó la propuesta de modificación de la Relación de Puestos de trabajo y de la plantilla orgánica del Ayuntamiento de Alcúdia relativa a las plazas de personal eventual con los acuerdos que a continuación se transcriben:
“ACUERDOS
Primero.- Modificar la Relación de Puestos de trabajo del ayuntamiento referida en las plazas de personal eventual en el siguiente sentido:
a) Suprimir los dos puestos de personal eventual existentes: Coordinador de Comercio, Ferias y Mercados (código 1201) y Coordinador de Alcaldía (código 1200).
Dicha supresión será efectiva en el momento que se apruebe definitivamente la modificación de la plantilla que recoja las nuevas plazas de personal eventual. No obstante, se suprimen los requisitos de acceso previstos en la RPT desde la adopción del presente acuerdo.
b) Crear los puestos de trabajo del personal eventual de esta corporación que se relacionan a continuación, con las correspondientes retribuciones, e incorporarlos a la Relación de Puestos de trabajo:
Segundo.- Modificar la plantilla orgánica del ayuntamiento de Alcúdia, de personal funcionario eventual, en el siguiente sentido:
Donde dice:
A.4. Personal Eventual
A.4.1. Coord. Alcaldía 1 C1
A.4.2. Coord. Comercio, ferias y mercados 1 C1
Tiene que decir:
A.4. Personal eventual:
A.4.1. Coordinador de Urbanismo, 1
A.4.2. Coordinador de Obras Propias, a tiempo parcial (60%), 1.
A.4.3. Coordinador de Comunicación y Coordinación Municipal, 1.
A.4.4. Coordinador de Educación, Deportes, Igualdad y Promoción Económica, 1.
A.4.5. Coordinador de Medio Ambiente y Sostenibilidad, 1
A.4.6. Coordinador de Seguimiento de contratos municipales, 1.
A.4.7. Coordinador de Tejido Empresarial, 1
Tercero.- Remitir edicto de la presente resolución para que se publique al Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Cuarto.- De acuerdo con los artículos 126.3 RTLL y 169 TRLRHL, la modificación de la plantilla se someterá a información pública durante un plazo de 15 días hábiles a contar del siguiente a la publicación del anuncio en el BOIB, a los efectos de que las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar alegaciones.
Transcurrido este plazo, si no se han presentado alegaciones, se entenderá elevado a definitivo este acuerdo de aprobación inicial.
En todo caso, la efectiva provisión de los dichos puestos de trabajo queda supeditada a la aprobación definitiva de la plantilla y a que exista crédito adecuado y suficiente.
Alcúdia, a la fecha de la firma electrónica (3 d'agost de 2023)
La alcaldesa Josefina Linares Capó”