Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 502799
Decreto de la presidencia del Consejo Insular de Menorca núm. 137/2023, de 1 de agosto, relativo a la designación de los órganos de gobierno del Instituto de la Juventud de Menorca (exp. 0345-2023-0000007)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Los apartados 9 y 16 del artículo 70 del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares disponen que los consejos insulares tienen competencias propias en materia de juventud y ocio.

Anteriormente, la Ley 21/2006, de 15 de diciembre, ya había atribuido a los consejos insulares de Menorca y de Eivissa y Formentera, dentro de su ámbito territorial, la función ejecutiva y la gestión de las competencias asumidas por la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en las materias de juventud y ocio.

De acuerdo con la disposición adicional primera de la Ley 21/2006, de 15 de diciembre, antes mencionada, se transfirió al Consejo Insular de Menorca la titularidad del Instituto de la Juventud de Menorca, con todos sus recursos humanos, económicos y materiales, así como con los derechos y obligaciones correspondientes.

El Instituto de la Juventud de Menorca, en virtud de la disposición adicional decimoquinta de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 1.b).1 de la Ley 3/1989, de 29 de marzo, de entidades autónomas y empresas públicas vinculadas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (actualmente, artículos 51 a 54 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares), fue creado mediante el Decreto 35/2006, de 31 de marzo, como una empresa pública con naturaleza de entidad de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, adscrita a la consejería competente en materia de juventud, y que debe someter su actuación al ordenamiento jurídico privado, sin perjuicio de su sumisión al derecho administrativo en los supuestos en que la legislación vigente así lo disponga.

En su día, el Decreto de Presidencia núm. 695/2006, de 28 de diciembre, adaptó la organización del Instituto de la Juventud de Menorca para encajarlo dentro del entramado organizativo del Consejo Insular de Menorca, y que este decreto fue ratificado por el Pleno en la sesión ordinaria de día 29 de enero de 2007

Dicha adaptación organizativa se hizo teniendo en cuenta lo que establecía el Decreto de Presidencia núm. 694/2006, de 28 de diciembre, relativo al ejercicio de las competencias atribuidas al Consejo Insular de Menorca en materia de juventud y ocio.

Dado que el Decreto de Presidencia núm. 694/2006, de 28 de diciembre, ya no está vigente y que, hoy en día, la estructura departamental se encuentra regulada por los decretos de Presidencia núm. 91/2023 y núm. 92/2023, de 10 de julio; (BOIB núm. 95, de 11.7.2023).

Teniendo en cuenta lo establecido en el Título III (artículos 41 a 47) de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, dedicado al sector público instrumental insular donde se incluyen las sociedades mercantiles públicas, deben adscribir orgánicamente a la presidencia del consejo insular o a un departamento.

Como presidente del Consejo Insular de Menorca y vista la propuesta que ha efectuado el consejero ejecutivo jefe del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes;

RESUELVO:

Primero. Adscribir el Instituto de la Juventud de Menorca en el Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes.

Segundo. Aprobar la siguiente adaptación organizativa del Instituto de la Juventud de Menorca:

La Presidencia del Instituto corresponde al consejero ejecutivo jefe del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes.

El Consejo de Dirección queda integrado por el presidente y por los siguientes miembros vocales:

Sr. Rafael Quintana Villalonga, director insular de Juventud y Deportes.

Sr. Jaime Reurer Morlá, director insular de Educación, Cultura y Patrimonio.

Sra.. Núria Marquet Josa, técnica de Juventud del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes.

Sr. Juan Reyes Pons Carreras, director insular de Servicios Generales.

Tercero. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este decreto, lo contradigan o sean incompatibles con el mismo.

Cuarto. Disponer la publicación de este decreto en el Boletín Oficial de las Illes Balears y dar cuenta al Pleno para que lo ratifique en la primera sesión que tenga.

 

Maó,  2 de agosto de 2023

Por delegación del presidente, La secretaria Rosa Salord Oleo (DP 129/2023, de 27 de julio) (Boib núm. 106, de 29 de julio de 2023)